Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 1998 (16/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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c.- Realizar las inspecciones que se considere necesarias, en cumplimiento de las labores de control y fiscalizacion propias de la Superintendencia MORDAZA o no de caracter reservado, y dispuestas por el Superintendente Adjunto. d.- Fiscalizar la constitucion, mantenimiento, operacion y aplicacion del Encaje Legal, asi como, la inversion de los recursos destinados a este. e.- Evaluar y fiscalizar la inversion de los recursos de los Fondos de Pensiones, del Fondo Complementario, del Fondo de Longevidad y del Encaje, proponiendo las acciones y medidas correctivas del caso. f.- Evaluar y fiscalizar los niveles, modalidades y composicion de las carteras de inversion, proponiendo las acciones y medidas correctivas del caso. g.- Proponer a traves del Superintendente Adjunto las sanciones y medidas cautelatorias que deban aplicarse a las personas naturales o juridicas que transgredan las disposiciones del Sistema Privado de Pensiones. h.- Las demas que se le asigne. Articulo 25º .- La Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones, cuenta con la estructura organica siguiente: Direccion - Intendente de Control de Instituciones e Inversiones Ejecucion - Division de Control de Instituciones - Division de Control de Inversiones Articulo 26º .- La Division de Control de Instituciones, area organica de MORDAZA nivel jerarquico depende de la Intendencia de Control. El Jefe de Division es nombrado por Resolucion de Superintendencia. Esta encargada de controlar y fiscalizar las relaciones que se originan entre una AFP y sus afiliados, y los procedimientos que interrelacionen a las AFP entre si, asi como los actos, contratos y beneficios que de estos se deriven. Articulo 27º .- La Division de Control de Inversiones, area organica de MORDAZA nivel jerarquico, dependiente de la Intendencia de Control. El jefe de Division es nombrado por Resolucion de Superintendencia. Esta encargada de controlar y fiscalizar la inversion de los recursos de los fondos asi como la composicion y modalidades de las carteras de inversion que manejen, de conformidad a las normas vigentes. Subcapitulo II: INTENDENCIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO Articulo 28º .- La Intendencia de Planeamiento y Desarrollo es un organo de linea, de tercer nivel jerarquico, que depende del Superintendente Adjunto. El Intendente es nombrado por Resolucion de Superintendencia. Esta encargada de realizar la investigacion MORDAZA del MORDAZA de inversiones y evacuar los estudios correspondientes inherentes a la competencia institucional, asi como promover y divulgar las caracteristicas y los beneficios que incorpora el Sistema Privado de Pensiones, y analiza nuevos mecanismos en beneficio del Sistema. Articulo 29º .- Son funciones de la Intendencia de Planeamiento y Desarrollo las siguientes: a.- Realizar los estudios e investigaciones de competencia institucional, con especial enfasis en el analisis de las inversiones en los mercados de capitales, formulando las propuestas correspondientes. b.- Proponer las acciones necesarias para el logro de la cooperacion tecnica internacional requerida para el desarrollo de la Institucion. c.- Promover y difundir estudios sobre las particularidades que presenta el Sistema Privado de Pensiones, asi como los beneficios que brinda a la economia en su conjunto. d.- Formular las propuestas, en coordinacion con la Administracion, de las acciones de capacitacion del

personal de la Superintendencia, en concordancia con las pautas dictadas por el Superintendente Adjunto. e.- Preparar las publicaciones y estadisticas propias del Sistema Privado de Pensiones. f.- Realizar los analisis, evaluaciones y formular los informes de riesgo de los instrumentos financieros a adquirirse con el Fondo de Pensiones. g.- Efectuar coordinaciones con la Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones a fin de realizar los estudios de autofinanciamiento de la Institucion, proponiendo al Superintendente Adjunto las acciones y medidas del caso. h.- Formular las propuestas y coordinar los programas de difusion y divulgacion de los aspectos propios del Sistema Privado de Pensiones y de la labor que le compete a la Superintendencia. i.- Proponer al Superintendente Adjunto la implementacion de nuevos mecanismos y modalidades propias a las operaciones y servicios que brindan las AFP en particular y el Sistema Privado de Pensiones en general. j.- Formular y evaluar los planes de mediano y largo plazo de la Superintendencia. k.- Proponer las normas reglamentarias del Sistema Privados de Pensiones, revisando y actualizando su contenido. l.- Las demas que se le designe. Articulo 30º .- La Intendencia de Planeamiento y Desarrollo cuenta con la siguiente estructura organica: Direccion - Intendente de Planeamiento y Desarrollo Ejecucion - Division de Investigacion y Planeamiento - Division de Riesgo de Inversion y Desarrollo Apoyo - Secretaria Tecnica Medica Articulo 31º .- La Division de Investigacion y Planeamiento, area organica de MORDAZA nivel jerarquico, depende de la Intendencia de Planeamiento y Desarrollo. El jefe de Division es nombrado por Resolucion de Superintendencia. Esta encargada de realizar estudios e investigaciones propias del Sistema Privado de Pensiones, asi como de efectuar los analisis de la normatividad respecto de las modificaciones a la regulacion de los fondos de pensiones, y desarrollar las labores relativas al planeamiento institucional. Se encarga tambien de la formulacion de propuestas reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones. Articulo 32º .- La Division de Riesgo de Inversion y Desarrollo, area organica de MORDAZA nivel jerarquico, depende de la Intendencia de Planeamiento y Desarrollo. El Jefe de Division es nombrado por Resolucion de Superintendencia. Esta encargada de realizar el analisis de riesgo de los instrumentos en los que se invierte el Fondo de Pensiones. Asimismo, se encarga de las publicaciones especializadas, elabora las estadisticas del sistema y promueve el desarrollo del sistema de informacion. De la misma forma se encarga de elaborar las propuestas y coordinar los programas de promocion del Sistema Privado de Pensiones. Articulo 33º .- La Secretaria Tecnica Medica es un organo de apoyo de MORDAZA nivel jerarquico, que depende del Intendente de Planeamiento y Desarrollo. Esta a cargo de un medico, quien ocupa el cargo de Secretario Tecnico Medico y es nombrado por Resolucion de Superintendencia. La Secretaria Tecnica Medica no cuenta con estructura organica desagregada y es la encargada de apoyar las funciones de la Superintendencia en los asuntos vinculados con los comites medicos y las normas que los regulan, asi como de asesorar en la elaboracion de normas y absolucion de consultas medico administrativas que se relacionen con las prestaciones que se otorgan en el SPP.

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