Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 1999 (22/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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gencia, integrada por tres Vocales Superiores, quienes del 22 al 24 de setiembre del actual, y sin alterar administrativamente el lineamiento presupuestario, asumiran el Despacho Judicial correspondiente a las dos MORDAZA Civiles mencionadas; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la politica del Poder Judicial emanada de la Comision Ejecutiva en coordinacion con la Secretaria Ejecutiva, asi como es resposable de adoptar las medidas administrativas correspondientes con el objeto de no paralizar la actividad jurisdiccional a efectos de que el servicio de Administracion de Justicia, orientado a los justiciables en las MORDAZA Superiores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, no se vea perjudicada; Que, por tales razones en uso de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la conformacion de la Sala Civil de Urgencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que asumira el Despacho Judicial correspondiente a la Sala Civil de Procesos Sumarios y No Contenciosos y la Sala Civil de Procesos Ejecutivos y Cautelares del 22 al 24 de Setiembre del ano en curso, conforme se detalla a continuacion SALA CIVIL DE URGENCIA S.S. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (T) Dra. MORDAZA del MORDAZA Encinas Lanos (P) Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera(P)

VISTO: El MORDAZA disciplinario numero cero cero tresnoventa y nueve, derivado de la investigacion numero diecinueve-noventa y ocho-U.O.M., seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tenicela, por su actuacion como Juez Titular del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Cerro de Pasco, del Distrito Judicial de MORDAZA y Pasco, instaurado con fecha cuatro de junio de mil novecientos noventa y nueve, por Resolucion numero cero veintiuno-noventa y nueve-CNM; en merito de la resolucion que obra de fojas ciento sesenta y cinco a ciento sesenta y siete, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, y a pedido de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial segun resolucion del catorce de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve; hechas las notificaciones de ley el procesado formulo su descargo, el mismo que corre en autos de fojas doscientos seis a trescientos diecisiete; actuados y valorados los medios probatorios admitidos durante la investigacion y el presente MORDAZA, contando con el informe de la Comision Permanente de Procesos Disciplinarios, el expediente ha quedado MORDAZA para emitir resolucion; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, debido a una inundacion ocurrida en las instalaciones de la Empresa Administradora Chungar S.A. en MORDAZA de 1998, resultaron tambien afectadas las instalaciones de la Compania Minera Huaron, lo que origino que el Fiscal Provincial formalizara denuncia contra cuatro funcionarios de la empresa Chungar, por delito contra la seguridad publica y otros en agravio de la Compania Minera Huaron y otros; iniciandose un MORDAZA penal dentro del cual uno de los inculpados, don Freddy MORDAZA MORDAZA Costa, Superintendente de la empresa Chungar, dedujo la excepcion de naturaleza de accion con fecha dos de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, ante el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Cerro de Pasco, a cargo del procesado; Segundo.- Que, con fecha tres de diciembre de mil novecientos noventa y ocho don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, apoderado de la empresa Chungar, presento ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial una queja contra el juez MORDAZA, indicando que este habia solicitado tres mil dolares a efecto de emitir un fallo favorable en la excepcion deducida por el superintendente de su representada; Tercero.- Que, se encuentra fehacientemente probado que con fecha tres de diciembre de mil novecientos noventa y ocho personal de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, conjuntamente con un representante del Ministerio Publico, intervinieron al Juez procesado, encontrando en dicho operativo, en el interior del bolsillo MORDAZA de la casaca que llevaba puesta, un sobre conteniendo sesenta billetes de cincuenta dolares cada uno, que hacian un total de tres mil dolares, verificandose que las series de los billetes hallados en poder del magistrado procesado coincidian con los de las fotocopias de autos; Cuarto.- Que, si bien el MORDAZA ha negado los cargos que se le imputan, senalando que no solicito dinero al quejoso, y que este ingreso a su despacho sorpresivamente, dejando el sobre de manila hallado en el operativo sobre su escritorio, retirandose inmediatamente, por lo que el salio detras del quejoso llevando el sobre en la mano a la altura del bolsillo de su sacon, siendo interceptado por una persona que le dio un empellon, haciendo que el sobre cayera dentro de su bolsillo; posteriormente, esta persona se identifico como un policia y se hicieron presentes el magistrado de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y el fiscal, haciendole saber que se trataba de un operativo; el procesado tambien senala que en ese momento trato de capturar al quejoso y pidio que lo detuvieran, pero no se le hizo caso; Quinto.- Que, los alegatos de defensa dados por el procesado resultan inconsistentes y faltos de credibilidad, ya que si el quejoso hubiera irrumpido sorpresivamente en su despacho, dejando sobre el escritorio el sobre de manila hallado en el operativo y retirandose momentos despues, no resulta creible que el doctor MORDAZA omitiera solicitar ayuda a su personal porque aquellos se encontraban ocupados realizando sus labores, asi como tampoco es aceptable que no hubiera requerido a viva voz al quejoso que se detuviera porque salio inmediatamente tras el; ademas, segun la manifestacion de fojas 31, dada por la tecnico judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que se encontraba laborando en el juzgado cuando sucedieron los hechos, el procesado salio de su despacho rapidamente sin correr detras del quejoso, pero sin decir nada y no era usual que el juez saliera tras una persona; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, sin la participacion del Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, considera que

Presidente

Articulo Segundo.- DISPONER que la Presidencia de la Sala para Procesos Abreviados y de Conocimiento de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, del 22 al 24 de setiembre del ano en curso ASUMA la redistribucion interna de la carga procesal correspondiente de los Senores Vocales que asistiran al Pleno Jurisdiccional Civil. Articulo Tercero.- DISPONER que la Presidencia de la Sala de Familia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA del 22 al 24 de setiembre del ano en curso ASUMA la redistribucion interna del despacho judicial correspondiente a los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ha sido autorizado para participar del Pleno Jurisdiccional Civil y de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Integrante de la Sala Civil de Urgencia. Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion y de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y de los Senores Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 12102

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Destituyen magistrado por su actuacion como Juez Titular del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Cerro de Pasco
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 036-99-PCNM P.D. Nº 003-99-CNM MORDAZA, 13 de agosto de 1999

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