Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 1999 (22/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 1999

hay motivos suficientes para aplicar en este caso la sancion de destitucion, por lo que en uso de sus facultades previstas por el Articulo ciento cincuenta y cuatro inciso tercero de la Constitucion Politica, Articulos primero y MORDAZA de la Ley numero veintiseis mil novecientos setenta y tres, y demas pertinentes de su Ley Organica, en sesion del seis de agosto de mil novecientos noventa y nueve, acordo, por unanimidad, aceptar el pedido de destitucion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tenicela, efectuado por la Comision Ejecutiva del Poder Judicial; y, RESUELVE: Primero.- Destituir al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tenicela, por su actuacion en el cargo de Juez Titular del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Cerro de Pasco, del Distrito Judicial de MORDAZA y Pasco. Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado para el ejercicio de la funcion de magistrado, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, al senor Fiscal de la Nacion y a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12084

Gerencia de Supervision y Desarrollo, estando a la afinidad de las tareas asignadas para el cumplimiento de sus funciones; Que, la senalada participacion sera financiada por el Proyecto de Modernizacion de la Contraloria General Nº 527-00356-USAID, no irrogando gastos al Tesoro Publico; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 24º y 40º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios del Ing. Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesional III de la Gerencia de Supervision y Desarrollo de la Contraloria General de la Republica, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 19 de setiembre al 2 de octubre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- El citado profesional presentara a la Escuela Nacional de Control, un informe sobre las caracteristicas, contenido y conclusiones de su participacion, asi como un ejemplar del material tecnico obtenido, dentro de los quince dias siguientes a la culminacion de la comision de servicios. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el presente viaje seran asumidos por el Proyecto de Modernizacion de la Contraloria General Nº 527-00356-USAID, no irrogando gastos al Tesoro Publico. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derechos a exoneracion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 12075

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de profesional de la Gerencia de Supervision y Desarrollo para participar en MORDAZA sobre gestion publica que se realiza en MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 113-99-CG MORDAZA, 20 de setiembre de 1999 Vistos; la comunicacion de la Direccion de Programacion del Sector Publico del Instituto Latinoamericano de Planificacion Economica y Social (ILPES) de 15.JUN.99; el Memorando Nº 270-99-CG/DECI-CIN de Cooperacion Internacional; CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicacion de vistos, la Direccion de Programacion del Sector Publico del Instituto Latinoamericano de Planificacion Economica y Social y la Asociacion MORDAZA de Presupuesto y Administracion Financiera Publica (ESAP), participan a este Organismo Contralor de la realizacion del II Curso MORDAZA Internacional sobre "Politicas Publicas: Transparencia en su Gestion" que se llevara a cabo en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 20 de setiembre al 1 de octubre del presente ano; con el objetivo de promover el intercambio de experiencias nacionales en materia del MORDAZA rol del Estado; la planificacion estrategica situacional como tecnica de gobierno; programacion fiscal; la implantacion de sistemas integrados de administracion financiera entre otros puntos de gestion publica; Que, la actividad academica programada, se inserta dentro de los objetivos trazados por la Contraloria General en su Plan Estrategico, orientado a impulsar la calidad de los servicios que brinda a la sociedad, para cuyo efecto es importante conocer las nuevas tendencias e instrumentos tecnicos de la administracion de los recursos del Estado bajo un enfoque de gestion estrategica, asi como la retroalimentacion proveniente del intercambio de experiencias de otros paises; siendo conveniente la participacion de un profesional de la

JNE
Declaran que regidores de los concejos distritales de San MORDAZA de Cochan y Tingo de Saposoa, deben continuar en el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION Nº 1505-99-JNE MORDAZA, 21 de setiembre de 1999 Visto el Oficio Nº 012-99-A/MDSSC, recibido el 7 de setiembre de 1999, remitido por MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA de Cochan, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, poniendo en conocimiento que por Resolucion de Concejo Nº 008-99-A/MDSSC del 6 de febrero de 1999, se declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de regidor en dicho Concejo Municipal, por causal de inconcurrencia injustificada a sesiones, para que el MORDAZA Nacional de Elecciones proceda con arreglo a ley. CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de San MORDAZA de Cochan, de la provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, con fecha 5 de febrero del ano en curso acordo por unanimidad declarar la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidor, por inconcurrencia injustificada a las sesiones de Concejo de fechas 8, 15, 22 y 29 de enero de 1999; conforme se aprecia de la MORDAZA certificada del acta de sesion de Concejo de fecha 5 de febrero de 1999 y la Resolucion de Concejo Nº 008-99-A/MDSSC del 6 de febrero de 1999, documentos que corren a fojas 11 y 2, respectivamente; Que, en aplicacion de lo dispuesto por los Articulos 27º, 43º y 113º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, para declarar la vacancia de un miembro del Concejo debe reunirse los elementos probatorios suficientes que acrediten la ocurrencia de alguna de las causales de vacancia, la cual debe ser aprobada por la mayoria del numero legal de miembros del Concejo Municipal, y posteriormente el acuerdo que la declare debe ser puesto en conocimiento del vacado; Que, para acreditar que el Concejo Distrital de San MORDAZA de Cochan ha declarado la vacancia del regidor

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