Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 1999 (22/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA del Acta de Entrega o Recepcion de la donacion recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORLANDINI Secretario General Presidencia del Consejo de Ministros 12035

AGRICULTURA
Modifican reglamento de la Ley Nº 26505, sobre inversion privada en el desarrollo de actividades economicas en tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas
DECRETO SUPREMO Nº 033-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Octava Disposicion Complementaria de la Ley Organica del Ministerio de Agricultura dada por Decreto Ley Nº 25902, se creo el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, con el objeto de titular y/o perfeccionar la titulacion para lograr la inscripcion registral de todos los predios rusticos adjudicados en aplicacion del Decreto Ley Nº 17716, normas complementarias y conexas; Que, por Decreto Supremo Nº 006-98-AG de fecha 24 de marzo de 1998 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, ampliandose sus objetivos, constituyendo estos no solo la regularizacion de la propiedad de los predios rurales resultantes de la reforma agraria, sino tambien el saneamiento fisico y legal de los predios rurales de particulares; Que, el Articulo 1º del Reglamento de la Ley Nº 26505, precisa la competencia de las dependencias del Ministerio de Agricultura; Que, se requiere que los procesos de regularizacion de la propiedad rural, en especial los indicados en los Articulos 17º y 18º del Decreto Supremo Nº 011-97-AG, MORDAZA asumidos progresivamente por el PETT como organo especializado en la materia; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Sustituyase el texto del Articulo 1º del Reglamento de la Ley Nº 26505 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-97-AG, por el siguiente:

"Articulo 1º.- Cuando en el texto del presente Reglamento se hace mencion a la Ley, se refiere a la Ley Nº 26505. La mencion a la dependencia del Ministerio de Agricultura esta referida a las Direcciones Regionales o Subregionales Agrarias o al Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT. Para el caso del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, debe entenderse que la dependencia del Ministerio de Agricultura es el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural, estando dicho Proyecto facultado a ampliar su ambito de competencia a otras Regiones o Subregiones Agrarias mediante Resolucion Directoral Ejecutiva, en cuanto a lo establecido en los Articulos 17º y 18º del Decreto Supremo Nº 01197-AG. Las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias seguiran siendo competentes mientras que el PETT no les notifique la Resolucion Directoral Ejecutiva a que se refiere el parrafo anterior. La mencion a los Registros Publicos esta referida al respectivo organo desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. La mencion al Registro Predial corresponde al Registro Predial MORDAZA, cuya competencia alcanza a los predios ubicados en el ambito del departamento de MORDAZA o en la Provincia Constitucional del Callao." Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 12118

Aprueban tarifas por uso de aguas superficiales con fines no agrarios
DECRETO SUPREMO Nº 034-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 12º de la Ley General de Aguas, dada por Decreto Ley Nº 17752, establece que los usuarios de agua de cada Distrito de Riego abonaran tarifas que seran fijadas por unidades de volumenes para cada uso; Que, asimismo, el Articulo 21º del Reglamento de los Titulos I, II y III de la Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, faculta al Ministerio de Agricultura a establecer anualmente mediante Decreto Supremo el valor de las Tarifas de Agua;

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CONGRESO LATINOAMERICANO

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