Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2001 (12/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2001

pasando a denominarse Decima Fiscalia Provincial Penal del MORDAZA Norte. Articulo Segundo.- Reordenar las obligaciones de Despacho de las Fiscalias Provinciales Penales del MORDAZA Norte con los Juzgados en la siguiente forma: Primera Fiscalia Provincial Penal despachara con el Primer Juzgado Especializado en lo Penal. MORDAZA Fiscalia Provincial Penal despachara con el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal. Tercera Fiscalia Provincial Penal despachara con el Tercer Juzgado Especializado en lo Penal. Cuarta Fiscalia Provincial Penal despachara con el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal. MORDAZA Fiscalia Provincial Penal despachara con el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal. Sexta Fiscalia Provincial Penal despachara con el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal. Septima Fiscalia Provincial Penal despachara con el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal. Octava Fiscalia Provincial Penal despachara con el Octavo Juzgado (carcel) Especializado en lo Penal. Novena Fiscalia Provincial despachara con el Decimo Tercer Juzgado (carcel) Especializado en lo Penal. La Decima Fiscalia intervendra en los asuntos propios del Noveno, Decimo, Decimo Primero y Decimo MORDAZA Juzgados de Ejecucion Penal y Reserva. Articulo Tercero.- Convertir la Primera y MORDAZA Fiscalias de Prevencion del Delito en el Area de MORDAZA en Primera y MORDAZA Fiscalias Provinciales Especializadas en la Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad, quienes asumiran con el personal Fiscal y administrativo asignado, las nuevas funciones que se les encarga. La Fiscalia de Prevencion del Delito se encargara de los asuntos de MORDAZA, en adicion a los que actualmente son de su competencia. Articulo Cuarto.- La Gerencia General del Ministerio Publico, se encargara de la implementacion, redistribucion y designacion del personal administrativo necesario. Articulo Quinto.- Facultese al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del MORDAZA Norte, para que adopte las medidas necesarias destinadas al cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los senores, Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del MORDAZA Norte, Gerencia General del Ministerio Publico y Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 26968

Articulo Primero.- Implementese el TURNO FISCAL de siete dias consecutivos para las nueve (9) primeras Fiscalias Provinciales Penales del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, que correra desde las 08.00 horas de cada lunes hasta las 07.59 horas del lunes siguiente. Dejase indicado que la Decima Fiscalia Provincial Penal del MORDAZA Norte no ingresa por ahora a dicho sistema al quedar encargada de conocer las causas de los Juzgados de Ejecucion Penal y Reserva. Articulo Segundo.- Son atribuciones del Fiscal Provincial Penal de Turno, las siguientes: - Iniciar investigaciones de oficio, previniendo en el conocimiento de los hechos. - Calificar y resolver los atestados o partes policiales con detenido, accion que estara a cargo del Fiscal Provincial de Turno apoyado por los Fiscales Adjuntos Provinciales de servicio en el Modulo de Turno Permanente. - Conducir y participar en las investigaciones policiales de los hechos delictivos producidos durante cada turno, hasta su conclusion. - Realizar las Diligencias Especiales previstas en la normatividad procesal penal. - Realizar las diligencias urgentes en el caso de delitos flagrantes. - Participar en los operativos policiales que corresponda, pudiendo en casos especificos coordinar con otros Fiscales para la participacion de sus Adjuntos o de la Fiscalia de Prevencion del Delito, si correspondiera. - Recibir denuncias verbales levantando el acta correspondiente, pudiendo disponer la actuacion de diligencias urgentes cuando fuere necesario. - Visitar los centros de detencion policiales y penitenciarios. - Las demas propias de la funcion fiscal, y entre ellas la de formalizar ante el Juzgado Especializado en lo Penal de Turno, las denuncias que corresponda, quedando entendido que -dictado el auto apertorio de instruccion- el conocimiento del MORDAZA seguira en adelante a cargo de la Fiscalia Provincial Penal que despacha con el Juzgado respectivo. Articulo Tercero.- Al termino del Turno semanal, el Fiscal Provincial Penal tendra derecho a un descanso inmediato por dos dias consecutivos. Articulo Cuarto.- Los Fiscales Adjuntos Provinciales de la Fiscalia Provincial Penal que se encuentra de turno en la semana, asumiran entre tanto el despacho corriente quedando encargados de calificar y disponer el tramite que corresponda a los documentos policiales sin detenido y denuncias de parte, asi como la asistencia a las diversas diligencias judiciales y demas obligaciones regulares del despacho. A tal efecto, quedaran organizados bajo la direccion delegada del Fiscal Adjunto mas antiguo con el apoyo del personal asignado, hasta tanto se reintegre el Fiscal Provincial al cabo de su turno y dias de descanso. Por su parte, el Modulo de Turno Permanente contara con sus propios Fiscales Adjuntos y personal de apoyo. Articulo Quinto.- Todo documento policial con detenido ingresa directamente por el Modulo de Turno Permanente, salvo que el hecho materia de investigacion ya sea de conocimiento de alguna Fiscalia Provincial en lo Penal. En este caso, debera ingresar directamente, en dias laborables y dentro del horario regular, a la Fiscalia que previno en el conocimiento de los hechos. Articulo Sexto.- Todo documento policial sin detenido, o denuncia de parte, ingresa de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 16.00 horas por la Mesa de Partes Unica de las Fiscalias Provinciales Penales del MORDAZA Norte de MORDAZA y luego de registrado se remite al despacho regular de la Fiscalia Provincial Penal que se encuentra de turno, para su calificacion y atencion por los Fiscales Adjuntos. Articulo Septimo.- El Fiscal Superior Decano del MORDAZA Norte de MORDAZA coordinara con las autoridades policiales de su jurisdiccion para la debida observancia de lo dispuesto en los articulos precedentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Crease el Modulo de Turno Permanente del MORDAZA Norte de MORDAZA, compuesto por: a) Un Pool de seis Fiscales Adjuntos Provinciales, encargandose al Decanato Superior conformar tres grupos que prestaran servicios con sujecion a la jornada legal de trabajo, apoyando al Fiscal Provincial de Turno en dicho

Implementan turno fiscal de siete dias consecutivos para diversas fiscalias provinciales penales del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 584-2001-MP-FN MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Publico tiene como una de sus principales funciones la conduccion y direccion de la investigacion preliminar de los delitos, establecida por la Constitucion en su Articulo 159º inciso 4); Que, para el mejor cumplimiento de dicha funcion, por Resolucion Nº 153-2001-CT-MP del 4 de MORDAZA ultimo se dispuso la implementacion del Turno Fiscal de siete dias consecutivos para las Fiscalias Provinciales Penales del Distrito Judicial de MORDAZA (sede central); Que, con el proposito de optimizar el servicio es pertinente disponer la implementacion de este Sistema de Turno en las Fiscalias Provinciales Penales del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de Lima; Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico;

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