Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2001 (12/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO :

Pag. 206591

Articulo 2º.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente, los respectivos liquidadores de los bancos mencionados en el Articulo 1º de la presente MORDAZA, transferiran a la Comision Administradora de Carteras creada por el Decreto de Urgencia Nº 032-95, dentro de los proximos treinta (30) dias utiles de publicada la presente Resolucion Ministerial, toda la documentacion, instrumentos, garantias y valores correspondientes a los creditos materia de la transferencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 255º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102 y en observancia a la Resolucion SBS Nº 455-99 - Reglamento de los Regimenes Especiales y de Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. Articulo 3º.- La Comision Administradora de Carteras atendera con cargo a los recursos que se generen por la recuperacion de los creditos transferidos, todos los gastos que demande el cumplimiento de la administracion y la cobranza que se le encarga, debiendo abonar el remanente en una cuenta especial que para este efecto se abrira en el Banco de la Nacion a nombre del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 4º.- Para el cumplimiento del presente encargo, la Comision Administradora de Carteras, en forma directa o a traves de sus representantes, gozara de todas las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 032-95 y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 093-95-EF/10, 142-95-EF/10, 098-96-EF/10 y 216-99-EF/10 y demas disposiciones legales aplicables. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26915

Designan representante del Ministerio ante la Junta Especial de Almonedas constituida por D.S. Nº 112-2001-EF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 228-2001-EF/10 MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 112-2001-EF se constituyo una Junta Especial de Almonedas, que estara presidida por un representante del Banco Central de Reserva del Peru, e integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Economia y Finanzas el cual sera designado por Resolucion del Titular; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministerio de Economia y Finanzas ante la mencionada Junta; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 112-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al arquitecto MORDAZA Valega Razzeto, como representante del Ministerio de Economia y Finanzas ante la Junta Especial de Almonedas, a que se refiere el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 112-2001-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26916

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 148-2000-EF, se aprobo el Presupuesto de Ingresos y Egresos de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el ano fiscal 2001, hasta por DOS MIL CIENTO DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 117 952 047.00); Que, el Articulo 4º del citado Decreto Supremo, establece que la mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el periodo de ejecucion presupuestaria del ano fiscal 2001, asi como la creacion o formalizacion de nuevos Organismos o Empresas Municipales, podra modificar el nivel del Presupuesto de Ingresos y Egresos de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 051-2001-EF/76.01, que regula el MORDAZA presupuestario de dichas Entidades para el ano fiscal 2001; Que, el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 148-2000-EF y el Articulo 23º de la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01 establecen que la modificacion del Presupuesto Consolidado de las citadas Entidades, se efectua en periodos trimestrales y se aprueba mediante Resolucion del Ministro de Economia y Finanzas, sobre la base de las Resoluciones del Titular de la Entidad o Acuerdos de Directorio u organo equivalente que impliquen modificacion por Credito Suplementario; Que habiendose culminado el primer trimestre del ano fiscal 2001, es necesario aprobar las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios; De conformidad con el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 148-2000-EF y el Articulo 23º de la Directiva Nº 0032001-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase un Credito Suplementario para el Ano Fiscal 2001, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios, por la suma de CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 704 374.00), de acuerdo al siguiente desagregado: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS Ingresos Corrientes Financiamiento TOTAL INGRESOS 4 652 966.00 51 408.00 --------------4 704 374.00 ============

EGRESOS Egresos Corrientes Egresos de Capital Servicio de la Deuda Saldo TOTAL EGRESOS

3 072 347.00 985 401.00 553 024.00 93 602.00 --------------4 704 374.00 ============

Aprueban credito suplementario para el ano 2001 en el presupuesto consolidado de organismos reguladores, supervisores, administradores de recursos, fondos, empresas municipales y otras entidades de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 229-2001-EF/76 MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2001

Articulo 2º.- El desagregado a nivel de Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios del Credito Suplementario aprobado por el articulo precedente se detalla en los Anexos Nºs. 01 y 02 que forman parte de la presente MORDAZA legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripcion Ingresos Egresos Anexo Anexo Nº 01 Anexo Nº 02

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.