Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2001 (16/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2001
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 301-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 046-94-TCC/ 15.04 se otorgo a CELCENTER S.A. concesion para la explotacion del Servicio Publico Final de Buscapersonas en el area de MORDAZA y Callao, habiendose suscrito el respectivo contrato el 17 de febrero de 1994; Que, la clausula decimo octava del contrato de Concesion suscrito con CELCENTER S.A. establece que quedara resuelto el contrato de concesion, entre otros, por causales que pudieran derivarse de la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento y normas conexas y complementarias; asimismo senala que la resolucion se producira a la fecha de recepcion del pronunciamiento del Ministerio, indicando la causal; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 023-2000MTC/15.03 se aprobo la transferencia de la concesion otorgada a CELCENTER S.A. para la explotacion del Servicio Publico Final de Buscapersonas a favor de BIPER EXPRESS S.A.C.; Que, el Articulo 135º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones en su numeral 5 establece como causal de resolucion de contrato la suspension de la prestacion del servicio sin autorizacion del Ministerio; Que, la misma MORDAZA senala que el procedimiento para hacer efectiva la resolucion se establecera en el contrato de concesion; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situacion mediante Resolucion que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, segun los terminos de su Informe Nº 127-2001MTC/15.03.UECT, senala que se ha constatado que la empresa BIPER EXPRESS S.A.C. ha suspendido la prestacion del servicio sin autorizacion de este Ministerio, y que en consecuencia el contrato sera resuelto de pleno derecho a la fecha de recepcion del pronunciamiento de este Ministerio indicando la causal; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar resuelto el contrato de concesion suscrito con la empresa BIPER EXPRESS S.A.C. para la prestacion del Servicio Publico de Buscapersonas, en el area de MORDAZA y Callao, en consecuencia sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 046-94-TCC/15.04, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

que el concesionario inicie la prestacion del servicio concedido del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones determina que vencido el plazo indicado en el contrato de concesion sin que se MORDAZA iniciado la prestacion del servicio de telecomunicaciones concedido, se producira de pleno derecho la resolucion del contrato de concesion; Que el Articulo 135º del mencionado Reglamento establece que el contrato de concesion se resuelve entre otros, por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestacion del servicio, senalando que el procedimiento para hacer efectiva la resolucion se establecera en el contrato de concesion; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situacion mediante Resolucion que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, segun los terminos de su Informe Nº 124-2001MTC/15.03.UECT, senala que la empresa CONTAKTO E.I.R.L. no ha iniciado en el plazo establecido en el numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de concesion, las operaciones del servicio concedido, y que en consecuencia queda resuelto de pleno derecho el mencionado contrato; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar resuelto el contrato de concesion suscrito con la empresa CONTAKTO E.I.R.L. para la prestacion del Servicio Publico de Buscapersonas, en el area de cobertura que comprende los distritos de MORDAZA y MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, en consecuencia sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 426-97-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 27130

Aprueban el Reglamento de Infracciones y Sanciones aplicables a personas naturales o juridicas que prestan servicios de Transporte Fluvial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 303-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2001

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 27134 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 302-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 426-97-MTC/ 15.03 se otorgo a CONTAKTO E.I.R.L. concesion para la explotacion del Servicio Publico de Buscapersonas, en el area de cobertura que comprende los distritos de MORDAZA y MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, habiendose suscrito el respectivo contrato el 16 de setiembre de 1997; Que, el numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de Concesion suscrito con CONTAKTO E.I.R.L. establece la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, caso contrario la concesion quedaria automaticamente sin efecto; Que, los Articulos 132º y 133º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, senalan que en el contrato de concesion se establecera en forma especifica el plazo para

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25862 corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, planificar, formular, dirigir, coordinar y evaluar las politicas relacionadas con su Sector, en MORDAZA con la politica general del Gobierno y los planes de desarrollo del pais; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC, se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial con el fin de lograr un ordenamiento administrativo, operativo y de control que facilite y promueve el desarrollo de las actividades de transporte fluvial en el pais; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Transitoria del referido Reglamento, mediante Resolucion Ministerial del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a propuesta de la Direccion General de Transporte Acuatico, se aprobara el respectivo Reglamento de Infracciones y Sanciones; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Infracciones aplicables a las personas naturales o juridicas que prestan servicios de Transporte Fluvial, el que consta de Siete Titulos, Veintiseis Articulos y Tres Disposiciones Complementarias, el que forma parte integrante de la presente Resolucion.

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