Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2001 (16/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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como un procedimiento para trabajar en la vecindad de lineas energizadas. 3.3.6.5 Cuando tenga que moverse un equipo especial y se encuentre que las distancias minimas especificadas en la tabla Nº 3: "Espaciamientos minimos para el movimiento de equipos" no puedan cumplirse, las lineas de suministro deberan ser desenergizadas, aisladas y puestas a tierra por personal calificado en electricidad. 3.3.6.6 El personal involucrado en el movimiento de equipos especiales en la vecindad de lineas aereas energizadas minimizara el peligro de descarga electrica por contacto accidental. Dichos movimientos seran considerados dentro de los procedimientos internos de seguridad de la empresa. 3.4 Instalacion de equipos 3.4.1 Medios de desconexion del MORDAZA apertura visible 3.4.1.1 En todos los circuitos que operen a tensiones que excedan los 300 V se instalara medios de desconexion del MORDAZA apertura visible u otros que indiquen que los contactos esten abiertos y deberan localizarse tan cerca como sea posible al punto de suministro. 3.4.1.2 No obstante los requerimientos del numeral 3.4.1.1, se permitira interruptores automaticos de MORDAZA moldeada sin apertura visible, siempre y cuando se tomen medidas para asegurar que todas las fases esten abiertas. 3.4.2 Tomacorrientes Todos los tomacorrientes en duchas o areas de MORDAZA deberan cumplir lo previsto por el Codigo Nacional de Electricidad. 3.4.3 Equipos movibles Las perforadoras, compresoras superiores a los 40 HP, perforadoras del MORDAZA "raise borer", equipos de profundizacion de piques y bombas sumergibles, que operen a tensiones por encima de los 300 V y esten conectados a una fuente de tension con un cable portatil de potencia deberan:

a) Usar cables portatiles de potencia que cumplan con los requerimientos de la MORDAZA NEMA No WC 58 y seran de los tipos SHC-GC, SHD-GC o similares; b) Tener una proteccion de MORDAZA a tierra y un monitoreo del conductor de tierra en el lado de la fuente; o el equipo movible estara unido a la red de tierra usando un conductor externo de capacidad equivalente a los conductores de tierra del cable portatil de potencia; y, c) Donde sea practicable, no estar sujeto a tensiones de MORDAZA a tierra que excedan los 100 V (Ver apendice A) 3.4.4 Acopladores de cables Los acopladores de cables que se usen para unir cables portatiles de potencia que operen a tensiones que excedan los 300 V deberan tener: a) Un dispositivo de sujetamiento mecanico, para unir el acoplador de cable, con una resistencia a la traccion mayor que el de los cables portatiles de potencia; b) Dispositivos liberadores de esfuerzo adecuados para el cable portatil de potencia; c) Medios para prevenir el ingreso de humedad; d) Una disposicion de pines de modo que: i) El pin del conductor de tierra cierre MORDAZA y MORDAZA despues que los pines de los conductores de fase; y, ii) El pin de monitoreo de la linea de tierra cierre despues y MORDAZA MORDAZA que los pines de los conductores de fases. 3.4.5 Sistemas de fajas transportadoras 3.4.5.1 Toda seccion accesible de una faja transportadora accionada electricamente debera tener un cordon de seguridad que se extienda a lo largo de la seccion y que este dispuesto de tal manera que pare la faja en caso de emergencia. El interruptor operado por el cordon de seguridad sera de reposicion manual. 3.4.5.2 Una faja transportadora usada en mina subterranea o una faja transportadora de mas de 15 m de longitud instalada en un edificio u otra estructura cerrada tendra un dispositivo de deteccion para parar el motor en el caso de que la faja se obstruya o se desvie.

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