Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2002 (13/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 13 de setiembre de 2002 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 1º.- Precisase que la Resolucion Suprema Nº 136-2002-JUS exceptua a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de la aplicacion del articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Articulo 2º.- La aplicacion de la presente Resolucion Suprema no irrogara gasto al Tesoro Publico. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Justicia 16515

Que, por Resolucion Suprema Nº 044-2002-JUS, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado de Lambayeque; Que, Visto el informe de la Presidenta del Consejo Judicial de Defensa del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, en el Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS y en el Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado de Lambayeque. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Justicia 16517

Designan Procurador Adjunto de la Procuraduria Publica del Poder Judicial
RESOLUCION SUPREMA Nº 189-2002-JUS MORDAZA, 12 de setiembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 773-2002-PJ-CE/PP, de fecha 2 de setiembre de 2002, de la Procuradora Publica del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, mediante oficio de visto, se solicita la designacion del letrado que desempene las funciones de Procurador Adjunto del Poder Judicial, por los motivos alli expuestos, quedando subsistente lo dispuesto por la Resolucion Suprema Nº 122-2002-JUS; Que, es necesario expedir la resolucion administrativa correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y en el Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor ERICK MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Adjunto de la Procuraduria Publica del Poder Judicial. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Justicia 16516

Derogan diversas disposiciones del Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 314-2002-JUS MORDAZA, 9 de setiembre de 2002 Visto el Oficio Nº 2920-2002-JUS/STC, de fecha 24 de MORDAZA de 2002, de la Secretaria Tecnica de Conciliacion; CONSIDERANDO: Que, los articulos 25º y 26º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion - modificada por la Ley Nº 27398, establece, que el Ministerio de Justicia tiene a su cargo la autorizacion de funcionamiento, registro y supervision de los Centros de Conciliacion y de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, pudiendo privarles o suspenderles de las facultades conferidas, cuando estos no cumplan con los principios u objetivos legales previstos en dicha MORDAZA o incurran en faltas eticas; Que, los articulos 41º, 48º y 87º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, se establece que compete al Ministerio de Justicia la supervision y sancion de los conciliadores, capacitadores, centros de conciliacion y centros de formacion y capacitacion de conciliadores, que incumplan sus obligaciones y contravengan las normas establecidas en la normatividad sobre conciliacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 245-2001JUS, se aprobo el Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, que entro en vigencia el 29 de MORDAZA de 2001, esto es, durante la vigencia del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Que, mediante Ley Nº 27444 de fecha 11 de MORDAZA de 2001, se promulgo la Ley del Procedimiento Administra-

Dejan sin efecto designacion de Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 190-2002-JUS MORDAZA, 12 de setiembre de 2002

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