Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2002 (13/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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SETIMO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de setiembre de 2002

VIVIENDA Y EL PROYECTO han contado con la asesoria tecnica y legal de la COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI para la formalizacion de la propiedad del presente predio. Fecha .......................................................

....................................... Titular 1
............................................... MINISTRO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

....................................... Titular 1
............................................... PRESIDENTE DE COFOPRI MINISTRO DE JUSTICIA

16454

Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra empresas por deficiencias constructivas detectadas en ejecucion de obras de infraestructura educativa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2002-VIVIENDA MORDAZA, 11 de setiembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 1268-2002-GG-INFES/VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, solicitando autorizacion para interposicion de acciones judiciales contra la Empresa Colina & MORDAZA Contratistas Generales S.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de febrero de 1995, se suscribio con la firma COLINA & MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.Ltda., el Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, para la ejecucion de obras de infraestructura educativa en el Centro Educativo Nº 50035 (Primario) - "Manuel Seoane Corrales" (Secundario), ubicado en el distrito de Poroy, provincia y departamento del MORDAZA, por el monto de su oferta ascendente a la suma de S/. 1 013 412,19, a ejecutarse en el plazo de 189 dias calendario, materia de la Licitacion Publica Nº 002-95-PRES/INFES; Que, de conformidad con el numeral 4.2 de la clausula 4.0 de dicho contrato la referida empresa se obligo, entre otros, a ejecutar la obra en estricta conformidad con los planos, especificaciones tecnicas, bases administrativas, calendario de avance de obra, cronograma de pagos, circulares y demas documentos del Expediente Tecnico, asi mismo por el numeral 4.11 de la misma clausula se responsabiliza frente al INFES y/o terceros, por las imperfecciones, vicios de la obra, y por la destruccion parcial o total de la misma, de acuerdo a los articulos 1782º, 1783º, 1784º y demas disposiciones del Codigo Civil; Que, de acuerdo al inciso g) del articulo 33º de la Resolucion Directoral Nº 001-95-EF/76.01, por el numeral 8.1 de la clausula 8.0 se establece que el periodo de garantia de la Obra es de siete (7) anos, computados a partir de la fecha de recepcion final de la Obra, de fecha 1 de enero de 1995; Que, concluida la ejecucion fisica de la Obra C.E. Nº 50035 de Poroy y levantada las observaciones la Comision de Recepcion recibio la Obra suscribiendo el Acta de Recepcion con fecha 22 de octubre de 1997, por lo que mediante Resolucion de Gerencia General Nº 198-98PRES-INFES de 19 de febrero de 1998, se aprobo la Liquidacion Final del Contrato de Obra estableciendose un monto final de S/. 1 146 877,05; Que, como resultado de la visita de inspeccion en el referido Centro Educativo a cargo del Supervisor de Obra, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se levanta el Informe Nº 003-2001SO-RAFP/CUSCO del 28 de febrero de 2001, en el que se

senala la existencia de las deficiencias constructivas atribuibles a la Responsabilidad del Contratista, asi como las atribuibles a la falta de mantenimiento; Que, la Gerencia de Obras, por Oficio Nº 4510-2001GO-PRES-INFES de fecha 27 de agosto de 2001, comunico al contratista COLINA & MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA., haberse detectado deficiencias constructivas en la Obra CE. Nº 50035 de Poroy, requiriendole su subsanacion en el plazo de diez (10) dias contados a partir de su recepcion, el cual fue cursado por conducto notarial y entregado al destinatario con fecha 28 de agosto de 2001, segun MORDAZA notarial de entrega y cargo de recepcion; Que, el Presupuesto Analitico que se requiere para la reparacion de las deficiencias constructivas de la obra C.E. Nº 50035, de Poroy, MORDAZA, asciende a la suma de S/. 48,985.57, el mismo que ha sido aprobado por la Gerencia General a traves de la Resolucion Nº 145-2002-ME-INFES, la que dispone un plazo de quince (15) dias, para que el contratista proceda a la reparacion de las deficiencias constructivas o abone en todo caso el monto del presupuesto analitico para que MORDAZA subsanadas por el INFES por cuenta suya; Que, posteriormente, mediante Oficio Nº 380-2002GG-ME-INFES, de fecha 13 de marzo de 2002, se notifico al Contratista la Resolucion de Gerencia General Nº 145-2002-ME-INFES el dia 13 de marzo del ano en curso; Que, finalmente, el Jefe Zonal VIII INFES -Cusco mediante Informe Nº 005-2002-ZONAL-CUSCO de fecha 16 de MORDAZA de 2002, informo que el referido contratista no ha cumplido con efectuar las reparaciones de los defectos constructivos detectados en el centro Educativo Nº 50035 de Poroy; Que, en consecuencia, debe autorizarse a la Procuradora Publica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales contra los responsables del hecho descrito; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones judiciales pertinentes contra la Empresa Colina & MORDAZA Contratistas Generales S.R.Ltda. y otras personas que correspondan, por las razones y los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la referida Procuradora Publica, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 16445 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 052-2002-VIVIENDA MORDAZA, 11 de setiembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 1270-2002-GG-INFES-VIVIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, suscrito el 14 de junio de 1994, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrato con la empresa MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., para la ejecucion de las obras de infraestruc-

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