Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2002 (13/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de setiembre de 2002

presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber suscrito contrato sin estar inscrito en el RNC, segun Resolucion Nº 577/2002.TC-S1 de 14.8.02 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 6. SEGURIDAD INTEGRAL PARTICULAR S.A. - SEIPSA, Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos, segun Resolucion Nº 582/2002.TC-S2 de 14.8.02 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 7. ZAGOPE PC S.A.C., Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no suscripcion de contrato, segun Resolucion Nº 585/2002.TC-S2 de 14.8.02 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 8. MANTINNI S.R.L., Suspension de seis (6) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no suscripcion de contrato, segun Resolucion Nº 595/2002.TC-S1 de 21.8.02 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 9. LABET ASOCIADOS S.R.L., Suspension de seis (6) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no suscripcion de contrato, segun Resolucion Nº 595/2002.TC-S1 de 21.8.02 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de agosto, a la pagina web de la entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 16303 FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 655/2000.TC-S1 Fe de Erratas de la Resolucion Nº 655/2000.TC-S1, publicada en la edicion del 11 de setiembre de 2002, en la pagina 229781. DICE: RESOLUCION Nº 655/2000.TC-S1 DEBE DECIR: RESOLUCION Nº 655/2002.TC-S1 En la Fundamentacion referida al item Nº 2, en la tercera linea: DICE:

Visto el Oficio Nº 005-2002-MINCETUR/SG/OGIE de la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante el cual solicita sancionar a las empresas omisas a la MORDAZA de la Encuesta Economica Anual "Estadistica Manufacturera 1999"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA, referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, por Resolucion Jefatural Nº 127-2000-INEI, se autorizo la realizacion de la Encuesta Economica Anual "Estadistica Manufacturera 1999", la que fue ejecutada por la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades industriales, especificadas en la Seccion D (excepto la Clase 1512) de la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme tercera revision, que se encuentran bajo el ambito de competencia administrativa de su institucion; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, en sus articulos 81º, 87º, 88º, 89º, 90º y 91º establece "que las personas naturales, juridicas, que se negaren a suministrar datos, los dieren falseando la verdad maliciosamente, o dilatasen injustificadamente los terminos establecidos, se haran acreedoras a las multas que establece el articulo 94º sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar"; Que, no obstante haber tomado conocimiento las empresas omisas de la obligacion de presentar la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Manufacturera 1999" y habiendose vencido ampliamente los plazos establecidos para la MORDAZA de los formularios de la mencionada encuesta, existen empresas que no han cumplido con presentar la informacion requerida de acuerdo a la informacion remitida por la Oficina General de Informatica y Estadistica del MINCETUR; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002, se dictaron medidas de austeridad, reduciendo el presupuesto de las entidades del Estado al minimo indispensable, y teniendo en cuenta el gran numero de omisos no es posible publicar los anexos de la presente resolucion, los cuales se pondran a disposicion de los interesados en la pagina Web del INEI; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE:

... a tratamiento de hermodialisis, se debe atribuir al ... DEBE DECIR: ... a tratamiento de hemodialisis, se debe atribuir al ... 16476 Articulo 1º.- Multar a las personas naturales o juridicas omisas a la MORDAZA de la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Manufacturera 1999", cuya relacion forma parte de la presente Resolucion, la misma que se encuentra publicada en la pagina Web del INEI (http:// www.inei.gob.pe). Articulo 2º.- El monto de la multa para las personas juridicas sera equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y para las personas naturales el 10% de la misma, vigente a la fecha de cancelacion, la cual sera abonada por los infractores al Banco de la Nacion, en la Cuenta Central RDR Nº 00-000-281700 Recursos Directamente Recaudados, dentro de los tres (3) dias habiles posteriores a la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El pago de la multa no exime a las empresas sancionadas de la obligacion de presentar los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Manufacturera 1999", para la MORDAZA de MORDAZA y el Callao en la Sede Central, del MINCE-

INEI
Sancionan con multa a omisos a la MORDAZA de las Encuestas Economicas Anuales de la Estadistica Manufacturera 1999 y 2000
RESOLUCION SUBJEFATURAL Nº 104-2002-INEI/SJE MORDAZA, 6 de setiembre del 2002

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