Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2002 (13/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de setiembre de 2002

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 16360

e intransferible, y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por periodos similares a peticion de parte. Articulo 4º.- La Licencia de Servicio de Transporte en MORDAZA otorgada implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A., y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FARROMEQUE MORDAZA Director General (e) Direccion General Transporte Acuatico 16327 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 174-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 6 de agosto de 2002

Otorgan licencias a Corretajes y Servicios Navieros S.A.C. para prestar servicio de transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao y en el Puerto de Conchan
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 166-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 2001-005457, 2002021030 y 2002-049909) presentada por la empresa CORRETAJES Y SERVICIOS NAVIEROS SAC., solicitando Licencia para prestar Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO:

Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 2001-005457, 2002021030 y 2002-049909) presentada por la empresa CORRETAJES Y SERVICIOS NAVIEROS SAC., pidiendo Licencia para prestar Servicio de Transporte en MORDAZA en el Puerto de Conchan; CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes y Comunicaciones, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas - empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la recurrente se encuentra debidamente identificada con Registro Unico de Contribuyentes Nº 20109713903; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 293-2002-MTC/15.15.03 y 1752002-MTC/15.15.al, respectivamente, la citada empresa ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento, y su modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 56-2000-MTC, y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15; Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa CORRETAJES Y SERVICIOS NAVIEROS SAC., la Licencia Nº 034-2002MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del CALLAO, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia corresponden a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el Articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada "MARPAC I", con Matricula de bandera peruana Nº CO-12509-SM. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º precedente, concede a su titular un derecho especifico

Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes y Comunicaciones, la regulacion supervision y control de las actividades administrativas - empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 293-2002-MTC/15.15.03 y 1742002-MTC/15.15.al, respectivamente, la citada empresa ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento, y su modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 56-2000-MTC, y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15; Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa CORRETAJES Y SERVICIOS NAVIEROS SAC., la Licencia Nº 035-2002MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Puerto de CONCHAN, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia corresponden a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el Articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada "MARPAC I", con Matricula de bandera peruana Nº CO-12509-SM. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible, y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de la publicacion de la

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