Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2003 (18/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de diciembre de 2003

Articulo 12º.- DEFINICION DE ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES.El arbitrio de Parques y Jardines Publicos comprende el cobro por los servicios de implementacion, recuperacion, mantenimiento y mejoras de parques y jardines de uso publico. Articulo 13º.- DEFINICION DE ARBITRIO DE SERENAZGO.El arbitrio de Serenazgo comprende el cobro por el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia publica, proteccion civil y atencion de emergencias, en procura de la seguridad ciudadana. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA Metropolitano para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1 de enero del 2004. Tercera.- Deroguense la Ordenanza Nº 297 y demas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. En MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 23500

c) El arbitrio de limpieza publica sera distribuido entre los contribuyentes, de acuerdo con la generacion potencial promedio de residuos solidos domiciliarios asignados a cada predio. d) El arbitrio de parques y jardines publicos sera distribuido entre los contribuyentes, de acuerdo con la ocupacion MORDAZA relativa del predio, expresada segun rangos del valor predial de autoavaluo al que pertenece cada predio. e) El arbitrios de serenazgo sera distribuido entre los contribuyentes, en proporcion al riesgo patrimonial protegido por el servicio, expresado segun rangos del valor predial de autoavaluo al que pertenece cada predio. Articulo 2º.- DELIMITACION DE LAS MORDAZA MUNICIPALES Para efectos de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2004, mantenganse las delimitaciones de las MORDAZA Municipales establecidas mediante las Ordenanzas Nºs. 352 y 484. Articulo 3º.- USO DE LOS PREDIOS Para efecto de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2004, se considerara como uso del predio los siguientes: a) MORDAZA habitacion y terreno sin construir. b) Comercio y servicios de hospedaje. c) Industria. d) Otros usos. Articulo 4º.- MONTO DE LOS ARBITRIOS En aplicacion de los criterios senalados en los articulos precedentes, se establece, en los Anexos del I al IV de la presente Ordenanza, el importe mensual de los arbitrios destinados a financiar los servicios mencionados en el primer parrafo del articulo 1º de la presente ordenanza. Articulo 5º.- JUSTIFICACION TECNICA DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, modificado por la Ley Nº 26725, los importes aprobados en la presente Ordenanza han sido calculados de acuerdo con el costo efectivo de los servicios a prestar, segun se detalla en el Informe Tecnico que como Anexo V forma parte integrante de la presente Ordenanza, que llegan a ser iguales a los establecidos en el ejercicio 2003. CAPITULO II INCENTIVOS EN EL PAGO Articulo 6º.- INCENTIVOS Establezcase para el ejercicio 2004 un descuento del diez por ciento (10%) sobre el importe total de los arbitrios a pagar correspondientes al citado ejercicio fiscal, para los contribuyentes que opten por la cancelacion de las cuatro cuotas trimestrales del ejercicio 2004 dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre. Este descuento no incluye el derecho de emision contenido en la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deroguese la Ordenanza Nº 482 y sus normas ampliatorias y modificatorias. Segunda.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del 1 de enero del 2004. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA INFORME TECNICO ORDENANZA Nº 563 DE FECHA 11 DE DICIEMBRE DE 2003 I. Aspectos Generales La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA brinda los servicios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo a los predios de la jurisdiccion, entre los cuales ha de distribuir los costos totales presupuestados para el ejercicio 2004 por dichos servicios. En el Cercado de MORDAZA se encuentran registrados a noviembre de 2003, la cantidad de 125,084 predios, los cuales

Establecen monto de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo correspondiente al ejercicio 2004
ORDENANZA Nº 563 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 562 se establece el MORDAZA MORDAZA del regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo aplicables en el Cercado de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal. Que, resulta necesario establecer precisar los importes de los arbitrios para el ejercicio 2004. De conformidad con lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen 1342003-MML-CEPP y lo dispuesto por el numeral 2) del Articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA ESTABLECE EL MONTO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2004 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- CRITERIOS DE DETERMINACION Para determinar los arbitrios regulados por la presente ordenanza se ha tomado en consideracion el costo total de los servicios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo. De conformidad con lo establecido en la ordenanza MORDAZA del regimen tributario de los arbitrios municipales, los criterios de determinacion de los mismos son los siguientes: a) El costo total de los servicios financiados por los arbitrios municipales, sin que el monto total de estos puede exceder este costo. b) La ubicacion de los predios en cada una de las MORDAZA Municipales y el uso o actividad desarrollada en el.

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