Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2003 (18/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de diciembre de 2003

Fijan montos que abonaran contribuyentes por diversos conceptos y derechos referidos a tributos municipales
ORDENANZA Nº 564
EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2004; De conformidad con lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 1352003-MML-CEPP; y lo dispuesto por el articulo 109º y el numeral 4) del articulo 157º de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Fijese en S/. 8.00 (Ocho y 00/ 100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2004. Por cada predio adicional se abonara S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Dichos montos se cancelaran conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2004. Articulo Segundo.- Fijese en S/. 4.00 (Cuatro y 00/ 100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2004, por cada vehiculo de su propiedad afecto. Dicho monto se cancelara conjuntamente con la primera cuota del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2004. Articulo Tercero.- Fijese en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2004, por cada predio. Dicho monto se cancelara conjuntamente con la primera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2004. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA los once dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 23495

Establecen fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2004
ORDENANZA Nº 565
EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial y el Impuesto al Patrimonio Vehicular, cuyos pagos podran efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, por otro lado, la Ordenanza MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para la jurisdiccion del Cercado de MORDAZA, establece que los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo son de periodicidad mensual y que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA determinara y recaudara dichos arbitrios por periodos trimestrales; Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Q u e, e s n e c e s a r i o e s t a bl e c e r l a s fe c h a s d e vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2004; De conformidad con lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 1362003-CEPP; y lo dispuesto por el articulo 109º y el numeral 4) del articulo 157º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL De conformidad con el articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2004 vence: - Pago al contado : 27 de febrero.

- Pago fraccionado : Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 27 de febrero. 31 de mayo. 31 de agosto. 30 de noviembre.

Respecto de los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, el plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2004 vence: - Pago al contado - Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : 31 de marzo. : : : : : 31 de marzo. 30 de junio. 30 de setiembre. 31 de diciembre.

Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondiente al ejercicio 2004 vence:

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