Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2003 (01/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 1 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, la ex Presidenta de Directorio en el periodo de 1997 a MORDAZA del 2001, Dra. MORDAZA MORDAZA Pedroza, como responsable de la gestion y supervision no evito que se cause perjuicio economico a esta entidad benefica por el monto de S/. 5,619.00, debido al incumplimiento de las obligaciones tributarias por el periodo enero del 1998 a junio del 2001, inobservando los articulos 9º y 30º del D.S. Nº 055-99/EF Texto Unico Ordenado del Impuesto General a las Ventas concordante con el D.S. 029-94-EF Reglamento del Impuesto General a las Ventas, estableciendose su responsabilidad administrativa por este hecho; no habiendo desvirtuado esta imputacion en su contra en el descargo que ha presentado, en el que solamente manifiesta que en su condicion de medico del Hospital de apoyo de Coracora asumio la direccion del mismo en octubre de 1997 a junio de 1999, por lo que por cargo generico y ad-honorem se le encomendo la presidencia del Directorio de la Beneficencia de Coracora durante ese lapso y continuo hasta junio del 2001, en razon de que no habia otro que se hiciese cargo, firmando ultimamente informes trimestrales, hasta que fue reemplazada con Resolucion del INABIF por el actual presidente del Directorio, desconociendo las normas expresas y especificas que rigen a la Beneficencia, toda vez que no ha sido capacitada para ello y que tampoco tomo conocimiento del ROF; lo que confirma la responsabilidad que se le imputa como Presidenta de la Sociedad de Beneficencia Publica de Coracora al inobservar los incisos a), b) y d) del Art. 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Dec. Leg. Nº 276 que establece que "son obligaciones de los servidores cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos y conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno". Obligaciones que no fueron cumplidas por la procesada, lo que origino que por su inaccion se ocasionara perjuicio economico a la Beneficencia Publica de Coracora; Que, se ha constatado que la Administracion del Cementerio General de Coracora, no cuenta con la Autorizacion Sanitaria y el Certificado de Habilitacion, por lo que dicha dependencia viene funcionando sin el correspondiente registro, inobservandose la Ley Nº 26298- Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, determinandose responsabilidad administrativa de los Sres. MORDAZA MORDAZA Pedroza y MORDAZA Amar MORDAZA, quienes no han desvirtuado esta afirmacion en su contra en los descargos presentados; mientras que MORDAZA Morisaca MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Bonifaz, no han formulado descargo alguno, estableciendose que como ex Presidentes de Directorio al haber incumplido el Art. 11º del Dec. Leg. Nº 356 y sus obligaciones establecidas en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del D. Leg. Nº 276, han incurrido en faltas disciplinarias tipificadas en los incisos a), d) y f) del articulo 28º del dispositivo acotado; Que, en su descargo, el procesado MORDAZA Amar MORDAZA argumenta que asumio la Direccion del Hospital de Apoyo de Coracora en MORDAZA de 1996 al mes de MORDAZA de 1997 y que por cargo generico se le designo la presidencia del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Coracora por dicho lapso, desempenandolo ad-honorem, a cabalidad y de buena fe, dentro de su buen entender por desconocimiento de normas expresas y especificas que rigen a las Beneficencias, toda vez que no ha sido capacitado para ello; es mas, el Ministerio de Salud no lo ha designado por resolucion; que las decisiones se tomaban por acuerdo de todo el Directorio; que asimismo, nunca llego ni tuvo conocimiento del ROF de la Beneficencia Publica de Coracora, MORDAZA si este se aprobo por Resolucion Nº 003-PDSBPC-P-A/99, cuando el ya no estaba en el cargo y si bien es MORDAZA el Director tiene funciones de gestion y supervision, esto no va mas alla de los actos administrativos que son de competencia de los funcionarios de la Institucion; comprendiendo que sus atribuciones son meramente representativas, mas no de injerencia interna, por lo que no tiene responsabilidad de caracter administrativo; argumentos que sin embargo, confirman la responsabilidad que se le imputa como Presidente de la Sociedad de Beneficencia Publica de Coracora al inobservar los incisos a), b) y d) del Art. 21º del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; lo que constituye falta de caracter disciplinario tipificado en los incisos a) y d) del Art. 28º del citado dispositivo legal; Estando a lo informado por la Comision Especial de procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; y,

En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 830 y la R.S. Nº 192-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer sancion disciplinaria de cese temporal a los siguientes ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Publica de Coracora: - MORDAZA MORDAZA Pedroza, ex Presidente de Directorio, ciento veinte (120) dias de cese temporal. - MORDAZA Amar MORDAZA, ex Presidente de Directorio, ciento veinte (120) dias de cese temporal. - MORDAZA Morisaca MORDAZA, ex Presidente de Directorio, ciento veinte (120) dias de cese temporal. - MORDAZA MORDAZA Bonifaz, ex Presidente de Directorio, ciento veinte (120) dias de cese temporal. - MORDAZA Ludena MORDAZA, ex miembro de Directorio y ex Tesorera, cuarenta y cinco (45) dias de cese temporal Articulo Segundo.- La sancion administrativa a los citados ex funcionarios se impone sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Notificar la presente Resolucion a los organos competentes y a los procesados para los fines de ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta 03846

SALUD
Aceptan renuncias de directores y designan a expertos en sistema administrativo en la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2003-SA/DM
MORDAZA, 27 de febrero del 2003 Vista las renuncias formuladas por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA BEDOYA, al cargo de Director de la Oficina de Programacion y Adquisiciones y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de la Oficina de Servicios Auxiliares, de la Oficina Ejecutiva de Logistica, Oficina General de Administracion; De conformidad con lo previsto en el articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, los articulos 77º y 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, los articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2002-SA; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA BEDOYA, al cargo de Director de la Oficina de Programacion y Adquisiciones de la Oficina Ejecutiva de Logistica, Oficina General de Administracion, Nivel F-3, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de la Oficina de Servicios Auxiliares de la Oficina Ejecutiva de Logistica, Oficina General de Administracion, Nivel F-3, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Tercero.- Designar, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina Ejecutiva de Logistica, de la Oficina General de Administracion, a la Econ. MORDAZA PATRON TORRES. Articulo Cuarto.- Designar, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina Ejecutiva de Logistica, de la Oficina General de Administracion, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNANDEZ. Articulo Quinto.- Designar, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina Ejecutiva de Logistica, de la Oficina General de Admi-

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