Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2003 (01/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 1 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica, asi como la Gerencia de Estudios Economicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y, De conformidad con lo dispuesto en los articulos 12º, 14º y 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la fusion, mediante la modalidad de fusion por absorcion, de la empresa Banco de Credito del Peru con la empresa Banco Santander Central Hispano-Peru, extinguiendose esta MORDAZA sin liquidarse, asumiendo la primera, como empresa absorbente, a titulo universal, el bloque del patrimonio y los demas derechos y obligaciones de la empresa absorbida, Banco Santander Central Hispano-Peru. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado de Autorizacion de Funcionamiento extendido en su oportunidad a favor de la empresa Banco Santander Central Hispano-Peru, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la fusion a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Autorizar al Banco de Credito del Peru el aumento de su capital social por la suma de S/. 54 671 (Cincuenta y Cuatro Mil Seiscientos Setenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles) por el canje de las acciones del Banco Santander Central Hispano-Peru no adquiridas en la Oferta Publica de Adquisicion (OPA); en merito de lo cual el capital social de la entidad bancaria queda fijado en 1 076 532 219 (Mil Setenta y Seis Millones Quinientos Treinta y Dos Mil Doscientos Diecinueve y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- Autorizar al Banco de Credito del Peru la modificacion del Articulo MORDAZA de su Estatuto Social en los terminos propuestos, cuyos documentos quedan archivados en este organismo, y devuelvase la minuta que lo formaliza debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a escritura publica, debiendose insertar en el contenido de la misma el texto de esta Resolucion para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 03885

de este servicio, poniendo en peligro la seguridad del personal, el patrimonio de la entidad, asi como la informacion que esta administra; por lo que resulta indispensable contratar por razon de urgencia; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Superintendencia de Banca y Seguros esta facultada a contratar este MORDAZA de servicios hasta por el plazo necesario para culminar el MORDAZA de seleccion involucrado; Que, se concluye que el servicio a contratar resulta indispensable y urgente, por lo que procede la exoneracion del MORDAZA correspondiente. En tal sentido, se precisa que procede la contratacion del servicio de seguridad, por el monto propuesto de S/. 160 000,00 (Ciento sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles), por el periodo de tres (3) meses y quince (15) dias, a partir del 16 de febrero de 2003 al 31 de MORDAZA de 2003; Que, de acuerdo a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, las mencionadas caracteristicas que constituyen las consideraciones fundamentales para la contratacion por razon de urgencia del servicio de seguridad y vigilancia indicado, califican la adquisicion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Concurso Publico y Adjudicacion Directa, las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º, debiendose realizar mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia, por causal de urgencia, por el periodo de tres (3) meses y quince (15) dias, a partir del 16 de febrero de 2003 al 31 de MORDAZA de 2003. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el indicado servicio mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Tercero.- El valor referencial de la contratacion se ha estimado en S/. 160 000,00 (Ciento sesenta mil y 00/ 100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley. Articulo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico - Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 03965

Autorizan contratacion de servicio de seguridad y vigilancia mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 248-2003
MORDAZA, 26 de febrero de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Nº 002-2003-DL de fecha 7 de febrero de 2003, el Departamento de Logistica, hace conocer su requerimiento para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para los locales de la Superintendencia. Se senala que la contratacion que se pretende se fundamenta en la necesidad urgente de contar con este servicio; Que, la contratacion que se solicita se sustenta en el hecho de haber convocado el Concurso Publico Nº 0032002-SBS para el mismo efecto, declarado desierto en primera convocatoria, segun consta del Acta Notarial Extra Protocolar, y convocado en MORDAZA oportunidad; estando prevista su culminacion hasta el 4 de MORDAZA de 2003, salvo se haga uso de los plazos de impugnacion; Que, la declaratoria de desierta de la primera convocatoria del Concurso Publico Nº 003-2002-SBS y la expiracion del contrato de servicios de seguridad en fecha 15 de febrero de 2003, exponen a esta Superintendencia a la situacion imprevisible de no contar con la prestacion

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionario y ex servidor de la Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 029-2003-BNP
MORDAZA, 24 de febrero de 2003

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