Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2003 (01/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 1 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 240003

Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 03889

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica, colusion y abuso de autoridad
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 050-2003-CG
MORDAZA, 26 de febrero de 2003 VISTOS; la Hoja Informativa Nº 004-2003-CG/ PP del 8 de enero de 2003, emitida por la Procuraduria Publica. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, se evidencia que persona ajena a la Contraloria General ha presentado por mesa de partes del Ministerio de Energia y Minas, el Oficio Nº 411- CGR-2002, el mismo que difiere a la documentacion oficial que utiliza este organismo de control, en cuanto al formato, membrete, sellos y firma del funcionario que lo autoriza, evidenciando que dicho documento es falso; Que, los referidos hechos denotan la existencia de indicios razonables de comision de delitos contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos y Falsificacion de sellos y timbres oficiales, previstos y penados en los Articulos 427º y 434º del Codigo Penal en agravio del Estado; Que, en tal sentido se hace indispensable autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica para que inicie las acciones legales, en resguardo de los intereses publicos; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes numeros 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el informe de Vistos, remitiendose para tal fin los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 03890

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 051-2003-CG
MORDAZA, 26 de febrero de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 068-2003-CG/ORCH, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, periodo enero 2001 - agosto 2002 y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Auditoria de la Oficina Regional de Control Chiclayo y con la finalidad de verificar las denuncias presentadas ante este Organismo Superior de Control, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de la correspondiente accion de control a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, periodo enero 2001 - agosto 2002,

a fin de determinar si los recursos municipales fueron utilizados conforme a lo establecido en la normativa vigente, incidiendo en los procesos de abastecimiento, tesoreria, personal y obras; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision de Auditoria ha determinado irregularidades en la elaboracion del expediente tecnico y en la ejecucion de la obra "Construccion de la Carretera MORDAZA MORDAZA MORDAZA De La Torre"; de otro lado, se ha evidenciado la falsificacion de documentos de una de las empresas postoras; asimismo, la entidad omitio hacer efectiva la penalidad respectiva, debido al retraso en la ejecucion de la obra; hechos que han ocasionado un perjuicio economico a la municipalidad por S/. 161 276,66; constituyendo indicios razonables de la comision de los delitos de Colusion y de Falsificacion de Documentos, tipificados en los Articulos 384º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, igualmente se ha evidenciado irregularidades en el MORDAZA de adjudicacion directa de la obra "Asfaltado de la Avenida MORDAZA MORDAZA MORDAZA De La Torre", asi como deficiencias tecnicas en la ejecucion, recepcion y liquidacion de la misma; generandose un perjuicio economico a la municipalidad de S/.47 650,99 por trabajos no ejecutados por la empresa contratista; configurandose la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Colusion, tipificado por el Articulo 384º del Codigo Penal; Que, del mismo modo se ha determinado, que la entidad soslayo la normativa aplicable en el procedimiento administrativo disciplinario, al efectuar la destitucion del titular del Organo de Control Interno, ocasionando perjuicio economico a la entidad por S/. 18 000,00; lo cual evidencia la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Abuso de Autoridad, tipificado por el Articulo 376º del Codigo Penal; Que, adicionalmente se han determinado irregularidades en el MORDAZA de adjudicacion directa de la obra "Losa Deportiva Multiple CPM Tomabal", la omision del cobro de multa por entrega extemporanea de la obra, asi como, la falsificacion de dos propuestas tecnicas y economicas, causando un dano economico a la entidad por S/. 2 400,00; hechos que constituyen indicios razonables de la comision de los delitos de Colusion y Falsificacion de Documentos, tipificados en los Articulos 384º y 427º del Codigo Penal respectivamente; Que, en atencion a los hechos expuestos y habiendose acreditado, como consecuencia de la accion de control practicada, la presuncion de ilicitos penales asi como la existencia de dano economico, en los que se encuentran involucrados autoridades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, que desempenan o han desempenado funcion publica en la misma; corresponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo, con lo establecido en el inciso d) del Articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, cuando en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicitos penales; correspondiendo autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los que resulten responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785 y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendoles para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 03891

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