Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2003 (01/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 1 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Goicochea MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo de la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 03941

Designan representante del ministro ante el Directorio de DEVIDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-2003-MTC/01
MORDAZA, 27 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 824, modificado por la Ley Nº 27629, asi como en el Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA- es un organismo publico descentralizado de la Presidencia del Consejo de Ministros que cuenta con un Directorio conformado, entre otros, por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, actualmente Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante; Que, por Resolucion Ministerial Nº 523-2002-MTC/ 15.01 se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Transportes, como representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones ante el Directorio de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas -DEVIDA-; Que, el mencionado funcionario formulo renuncia al cargo, la cual fue aceptada mediante Resolucion Suprema Nº 005-2003-MTC, por lo que es necesario designar al representante del Ministro ante el referido Directorio; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 824 y las Leyes Nº 27629 y Nº 27779 y Nº 27791; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Transportes, como representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones ante el Directorio de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas -DEVIDA-. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 03940

sas HANSAPERU CONSULTING S.A.C. y LUFTHCARGO S.A, respectivamente; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 165º del Reglamento de la Ley 27267 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, el establecimiento en el territorio peruano de representaciones y agencias de empresas extranjeras de transporte aereo que no operan en el MORDAZA agencias fuera de linea- esta sujeto a autorizacion previa de la Direccion General de Aeronautica Civil mediante Resolucion Directoral; Que, LUFTHANSA, LINEAS AEREAS ALEMANAS, es una empresa de transporte aereo constituida en Alemania que actualmente no opera en el pais; Que, en aplicacion del Articulo 9º Literal d) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para regular, supervisar, controlar, fiscalizar y sancionar, todas las actividades aeronauticas civiles" resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; demas normas vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR autorizacion de Establecimiento de Agencia fuera de Linea a LUFTHANSA, LINEAS AEREAS ALEMANAS, para el transporte de pasajeros y carga aerea, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, en los siguientes terminos: - La empresa HANSAPERU CONSULTING S.A.C. se constituira como Agente General de Ventas en el Peru para el transporte de pasajeros de LUFTHANSA, LINEAS AEREAS ALEMANAS, segun contrato de agenciamiento celebrado entre MORDAZA empresas. - La empresa LUFTHCARGO S.A. se constituira como Agente General de Ventas en el Peru para el transporte de carga y correo de LUFTHANSA CARGO, segun contrato de agenciamiento celebrado entre MORDAZA empresas. Articulo Segundo.- Las Agencias fuera de Linea podran emitir documentos de transporte en el territorio peruano, MORDAZA billetes de pasajes y cartas de porte aereo, asegurando al usuario el beneficio de la aplicacion de la ley y la jurisdiccion peruana en caso de reclamacion en el transporte aereo internacional. Articulo Tercero.- En relacion al Peru, en los casos que LUFTHANSA, LINEAS AEREAS ALEMANAS realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, codigo compartido, o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este Articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 03375

Otorgan a empresa autorizacion de establecimiento de agencia fuera de linea para el transporte de pasajeros y carga aerea
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2003-MTC/12
MORDAZA, 12 de febrero del 2003 Vista la solicitud de LUFTHANSA, LINEAS AEREAS ALEMANAS, sobre Autorizacion de Establecimiento de Representacion y/o Agencia fuera de Linea; CONSIDERANDO: Que, mediante Solicitud de Registro Nº 2002-013957 del 12 de diciembre del 2002, LUFTHANSA, LINEAS AEREAS ALEMANAS, solicito autorizacion de Establecimiento de agencia y/o representacion fuera de Linea para el transporte de pasajeros y de carga aerea, segun contratos de agenciamiento celebrados con las empre-

Sancionan a diversas personas naturales con suspension de sus licencias de conducir
DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 511-2003-MTC/15
MORDAZA, 19 de febrero del 2003 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0610006, 0941506, 1008006, 1023406, 1033304, 1081506, 1050006, 0965906, 0504906, 0902106, 1021206, 0777806, 1087706, 1055506, 1027906, 1089906, 0795306, 0825206, 0876406, 065293, 0942506, 0362506,

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