Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2003 (22/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de octubre de 2003

En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota por adquisicion de una embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA denominada "JORDAN IV" con matricula Nº CO-16784-CM, de 32.6 m3 de capacidad de bodega empleando como sistema de preservacion RSW y equipada con los artes y aparejos de pesca palangre o espinel, para extraer los recursos hidrobiologicos atun y especies afines, con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- La autorizacion de incremento de flota otorgada en el articulo 1º de la presente resolucion, tendra un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses prorrogable por seis (6) meses adicionales por una y unica vez. Vencido el plazo otorgado, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, sin que para ello sea necesario pronunciamiento expreso por parte del Ministerio de la Produccion. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion de incremento de flota excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas distintas a las que la sustentaron. Articulo 3º.- Vencido el plazo otorgado en el articulo 2º de la presente resolucion, las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deberan solicitar dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses, el permiso de pesca respectivo; bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la autorizacion de incremento de flota, sin que sea necesario para ello pronunciamiento o notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 4º.- Incluir a la embarcacion pesquera "JORDAN IV" y a la presente resolucion en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 375-2001-PE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 19185

Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de personas juridicas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 224-2003-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2003 Visto el escrito con registro Nº CE-04417002 de fecha 24 de MORDAZA de 2003, presentado por PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del literal c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que el articulo 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que los permisos son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determi-

nado para el desarrollo de las actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto por dicha Ley y en las condiciones que determina su Reglamento; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en el que fue otorgado; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 280-96-PE de fecha 31 de MORDAZA de 1996, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PEEA PELICANO S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera denominada "RIMAC 3", de matricula CO-11975-PM, y 180 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); posteriormente, mediante Resolucion Directoral Nº 162-98-PE/DNE de fecha 22 de MORDAZA de 1998, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca de la citada embarcacion a favor de PESQUERA ISA S.R.Ltda., estableciendose la capacidad de bodega de la embarcacion en 205.38 m3, de conformidad con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 200-98-PE que actualizaba el Decreto Supremo Nº 0008-97-PE; y luego mediante Resolucion Directoral Nº 072-2001-PE/DNEPP de fecha 25 de MORDAZA de 2001, se modifico la Resolucion Directoral Nº 16298-PE/DNE, en lo referente al cambio de nombre de la embarcacion "RIMAC 3" por "COQUI I"; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 631-95-PE de fecha 13 de noviembre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PEEA PESQUERA LA MANO MILAGROSA S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera denominada "JEQUETEPEQUE 8" de matricula HO-4875-PM y 180 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); posteriormente mediante Resolucion Directoral Nº 115-2001-PE/ DNEPP de fecha 26 de junio de 2001, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca de la referida embarcacion a favor de PESQUERA ISA S.R.Ltda., estableciendose la capacidad de bodega de dicha embarcacion en 193.08 m3; asi como el cambio de nombre de la embarcacion "JEQUETEPEQUE 8" por "COQUI II"; Que la relacion de embarcaciones pesqueras con permisos de pesca vigente, asi como la relacion de embarcaciones con derecho de sustitucion reconocidos por la Administracion, publicadas a traves de las Resoluciones Ministeriales Nº 193-2002-PRODUCE y Nº 229-2002-PRODUCE, consignan a las embarcaciones pesqueras "COQUI I" y "COQUI II" con 205.38 m3 y 193.08 m3 de capacidad de bodega, respectivamente, de acuerdo a lo reconocido en sus respectivos permisos de pesca; Que a traves del escrito del visto, PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C. solicita cambio de titular de los permisos de pesca de las referidas embarcaciones pesqueras "COQUI I" de matricula Nº CO-11975-PM y "COQUI II" de matricula HO-4875-PM, al haber adquirido la propiedad de la mismas, segun consta de los Certificados Compendioso de Dominio que obran en los correspondientes expedientes administrativos; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada, se ha determinado que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras "COQUI I" de matricula CO-11975-PM y "COQUI II" de matricula HO-4875-PM, a favor de la empresa PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado inicialmente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe Nº 2202003-PRODUCE/DNEPP-DCHI, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Pesqueria (actualmente Mi-

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