Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2003 (22/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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DECRETA:

NORMAS LEGALES
NIVEL EN EL MORDAZA RESIDENTE

MORDAZA, miercoles 22 de octubre de 2003
EN EL EXTRANJERO RESIDENTE 0.003 0.004 0.006 0.007 0.008 NO PUNTAJE RESIDENTE MORDAZA NO PRESENCIAL ---- 0.3 0.001 0.4 0.001 0.6 0.0015 0.7 0.002 0.8

Articulo 1º.- Modifiquese los Articulos 3307º, 3308º, 3309º y 3310º del Reglamento de Ascensos para el Personal Superior de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, RELAPS11004, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-83-MA de fecha 18.julio.1983, de acuerdo al anexo que forman parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Este Decreto Supremo sera aplicable para el MORDAZA de Ascenso Promocion 2004. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los diecisiete dias del mes de marzo del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa

NIVEL I NIVEL II NIVEL III NIVEL IV NIVEL V

---- 0.0015 0.0025 0.0035 0.0045

Art. 3307º ANTECEDENTES ACADEMICOS e. Bonificacion por cursos seguidos en Instituciones ajenas a la Marina. (12) Se considerara un tiempo MORDAZA de tres (3) anos de estudios, a los Oficiales que se les MORDAZA reconocido el grado academico de Bachiller, obtenido en Universidad Nacional o Particular en la Modalidad No Residente. (13) Se considerara un tiempo MORDAZA de DOS (2) anos de estudios a los Oficiales que se les MORDAZA reconocido el grado academico de Master o Magister y Doctor, obtenido en Universidad Nacional o Particular en la Modalidad No Residente. (14) A los Oficiales que fueron nombrados por la Institucion en Mision de Estudios, para seguir cursos de Maestria, que han certificado haber concluido sus estudios satisfactoriamente y que cumplieron con los requisitos para optar el grado de Magister, se les considerara el puntaje correspondiente a Nivel III. 2) Modificar el Articulo 3308º del RELAPS-11004, de modo que quede redactado de la siguiente forma: Art. 3308º SUBFACTOR SERVICIOS PRESTADOS f. Ejercicio del Comando o Cargo equivalente. Aplicable a Oficiales de Comandos y de Guardacostas. NOTA (1) El Puntaje en exceso al MORDAZA permitido para un Grado determinado, podra ser contabilizado como puntaje acumulado en MORDAZA anteriores, para los siguientes Grados. Comandos de Unidades Fluviales MORDAZA canoneras Fluviales, seran considerados como Comando en Unidades de Combate, los Comandos en el resto de Unidades Fluviales, seran considerados como Unidades de Servicios. Si un Oficial ejerce dos cargos simultaneos (Ejemplo: 2do. Comandante y Jefe de Departamento, Comandante de Division y Comandante de Unidad, etc), solo se aplicara la Bonificacion al Cargo que de mayor puntaje. Los Oficiales que presten Servicios en los Frentes Contrasubversivos declarados en Estado de Emergencia, recibiran un puntaje adicional por ejercicios del Comando o Cargo Equivalente, de acuerdo a los siguientes: - Los Comandantes de Frente, puntaje como Comandante de Fuerza. - El MORDAZA Comandante y el Jefe de Estado Mayor, puntaje como Jefe de Estado Mayor - El Comandante y MORDAZA Comandante de los Batallones Contrasubversivos y del Destacamento "ZULU", obtendran el puntaje establecido para Unidad de Combate. - Los Jefes de Base Contrasubversiva, del Destacamento de Inteligencia y Destacamento de Guardacostas, obtendran el puntaje establecido para Unidad Auxiliar. Art. 3308º SUBFACTOR SERVICIOS PRESTADOS g. Felicitaciones, Trabajos Especiales, Formulacion de Publicaciones y Comisiones Especiales y Condecoraciones; aplicable a todos los Oficiales, en el Grado:

ANEXO AL D/S Nº 005-DE/MGP de fecha 17 de marzo de 2003
Modificar el Articulo 3307º del RELAPS-11004, de modo que quede redactado de la siguiente forma: Art. 3307º ANTECEDENTES ACADEMICOS Anular el articulo 3307º, inciso (d), subinciso (1) (c). Art. 3307º ANTECEDENTES ACADEMICOS d. Puntaje por Curso y Bonificacion al Merito (5) Bonificacion por Merito La Bonificacion al merito se aplicara siguiendo los siguientes criterios: (a) A los Oficiales graduados de cursos de Formacion MORDAZA, seguidos en Centros de Instruccion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se les computara el orden de Merito que hubiesen obtenido, dividiendolo entre el numero de graduados del curso correspondiente, de acuerdo a lo siguiente:
GRUPO = ORDEN DE MERITO -:- NUMEROS GRADUADOS DONDE: GRUPO "A" = GRUPO "B" = GRUPO "C" = GRUPO "D" = desde 0.001 hasta 0.170 desde 0.171 hasta 0.500 desde 0.501 hasta 0.850 desde 0.851 hasta 1.000

NOTA (2)

NOTA (3)

(g) Los Oficiales que se graduen de las Escuelas de Calificacion que culminen con menos de seis (6) alumnos, correspondera la siguiente bonificacion al merito: NOTA (4)
CINCO (5) participantes: CUATRO (4) participantes: TRES (3) participantes: DOS (2) participantes: UN (1) participante: 2 al Grupo "B" y 3 al Grupo "C" 2 al Grupo "B" y 2 al Grupo "C" 2 al Grupo "B" y 1 al Grupo "C" 1 al Grupo "B" y 1 al Grupo "C" 1 al Grupo "B"

(h) Los Oficiales que durante el ano de promocion de ascenso se encuentren siguiendo un curso indicado en el parrafo (a) recibiran la bonificacion del ultimo grupo de merito. Art. 3307º ANTECEDENTES ACADEMICOS e. Bonificacion por cursos seguidos en Instituciones ajenas a la Marina. (4) Se incorpora como nueva modalidad: No Presencial: Cuando la instruccion se realiza por correspondencia o por medios informaticos de manera virtual. El tiempo asignado para el computo de la bonificacion en esta modalidad debera ser determinado por la Direccion de Instruccion, para cada curso en particular. 6) La determinacion del puntaje sera de acuerdo a la siguiente tabla:

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