Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2003 (22/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de octubre de 2003

miembro del MORDAZA, dado que en esta oportunidad se intercambiaran las respuestas a las solicitudes de mejoramiento de ofertas de productos; razon por la cual es necesario autorizar la participacion de los representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, asimismo, la asistencia de los representantes del sector reviste importancia por cuanto permitira exponer y defender la posicion del Peru en dichas reuniones, evitando que puedan afectarse sus intereses; teniendo en cuenta que su ausencia en las mismas, no exime al Peru del cumplimiento de los acuerdos que se adopten; Que, en cumplimiento del articulo 18º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2003, los viajes se autorizan por razones estrictamente indispensables, para cumplir las metas y objetivos del sector; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº 017 - 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores Eco. MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Changa, funcionario de la Direccion de Acceso a Mercados de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la MORDAZA de Puebla, Estados Unidos Mexicanos, del 27 al 30 de octubre de 2003, para que asistan a las reuniones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 659,00 x 2 = US$ 1 318,00 Viaticos US$ 660,00 x 2 = US$ 1 320,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 x 2 = US$ 56,48 Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, los funcionarios autorizados mediante el Articulo 1º, presentaran al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistiran, y las correspondientes rendiciones de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 19295

nes efectuadas respecto a los hechos denunciados por la Camara de Comercio y Produccion de Tumbes, sobre presuntas irregularidades en la expedicion de Certificados de Origen por parte de la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, asi como en el Informe del Director de Asuntos Bilaterales de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del MINCETUR; Que, de la Nota Informativa referida y anexos se aprecia que la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, en el procesamiento de solicitudes de Certificados de Origen, concede facultades propias de la administracion y en el presente caso del delegado, a la Corporacion de Desarrollo Fronterizo - CODEFRON, domiciliada en el Canton Huaquillas Provincia De El Oro - Ecuador, sin el conocimiento y consentimiento de este Ministerio, conviniendo con dicha entidad derechos de tramite no autorizados por el Ministerio en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, para la obtencion de los Certificados referidos; Que, la intervencion de un tercero ajeno al Convenio, en el procesamiento, supervision, control y expedicion de Certificados de Origen y el cobro excesivo por su tramitacion, demuestran que la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA ha incumplido las obligaciones asumidas mediante los literales a) y b) del numeral 1 de la Clausula MORDAZA del Convenio suscrito con el ex MITINCI, (sustituido para el caso por el MINCETUR), su fecha 19 de marzo de 2001, por lo que en aplicacion del MORDAZA parrafo de su Clausula Sexta, el Convenio queda resuelto automaticamente, bastando para ello la comunicacion respectiva; En aplicacion de la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Nº 27790 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; De acuerdo con el Informe Nº 151 -2003-MICETUR/SG-AJ y con la opinion favorable del Viceministro de Comercio Exterior; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar resuelto el Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre el antiguo Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI sustituido por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, y la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, de fecha 19 de marzo de 2001, mediante el cual se delego a esta entidad la facultad de expedir Certificados de Origen, sin perjuicio de adoptar las acciones legales que resulten pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 19296

Declaran resuelto el Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre el MINCETUR y la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 414-2003-MINCETUR/DM
MORDAZA, 21 de octubre de 2003 Vista, la Nota Informativa Nº 002-2003-MINCETUR/OGAI, de la Oficina General de Auditoria Interna y el Informe MINCETUR/VMCE/DNINCI/DAB-08-2003, del Director de Asuntos Bilaterales de la Direccion Nacional de Integracion y de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de marzo de 2001, el antiguo Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales -MITINCI, suscribio con la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, un Convenio mediante el cual le delega la facultad de expedir Certificados de Origen; Convenio que una vez extinguido el MITINCI debe entenderse suscrito con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por cuanto esta referido a una materia que a la fecha se encuentra bajo su competencia, por efecto de la Ley Nº 27790 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; Que, respecto de la funcion administrativa delegada, la Oficina General de Auditoria Interna ha emitido la Nota Informativa Nº 002-2003-MINCETUR/OGAI, como resultado de las verificacio-

DEFENSA
Modifican articulos del Reglamento de Ascensos para el Personal Superior de la MORDAZA de MORDAZA del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 005-DE/MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 13678 aprobo la Ley de Ascensos para el Personal Superior de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Decreto Supremo Nº 012-83-MA de fecha 18.julio.1983, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 082, 067 y 050-DE/MGP de fechas 22.setiembre.1994, 31.diciembre.1996 y 20.agosto.1997, respectivamente, aprobo el Reglamento de Ascensos para el Personal Superior de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, RELAPS-11004; Que, conforme al procedimiento establecido mediante Disposicion de la Comandancia General de la MORDAZA Nº 0035-2001-CG (R) de fecha 31.diciembre.2001, se aprobo y declaro oficialmente pendientes las propuestas y modificaciones evaluadas por la Junta Permanente Revisora del Reglamento de Ascensos para el Personal Superior de la MORDAZA, RELAPS-11004, las cuales al haber sido ratificadas por la MORDAZA junta, corresponde el tramite de aprobacion para la modificacion del reglamento en mencion; Estando a lo opinado por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

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