Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2004 (28/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 28 de diciembre de 2004

04OCT2004, legalmente procede que el Concejo Municipal, en uso de su competencia declare la caducidad de la Afectacion en Uso y consiguiente reversion a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA del Aporte Reglamentario ubicado en la Manzana B de la Urbanizacion Los Manzanos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcciones aprobado por Decreto Supremo Nº 063-70-VI, numerales II-IV-3.7 y 3.8, los lotes de Otros Fines son aportes complementarios, producto de un MORDAZA de habilitacion MORDAZA, los mismos que seran entregados a las Municipalidades Distritales a fin que se destinen exclusivamente para los fines de servicios publicos complementarios, siendo que las obras que se realicen en los mencionados lotes podran ser por cuenta directa de las municipalidades receptoras o podran ser afectados en uso a otros organismos publicos o instituciones privadas sin fines de lucro, en todos los casos la decision sera tomada por el Concejo Municipal, los terrenos cedidos para servicios publicos complementarios son considerados como bienes de uso publico y consiguientemente de conformidad con lo dispuesto en el articulo 823º del Codigo Civil, seran inalienables e imprescriptibles; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 25), 56º numeral 6) y 66º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta adopto por Unanimidad el siguiente: ACUERDO 1. Aprobar la desafectacion en uso del aporte reglamentario destinado a Otros Fines del terreno ubicado en la Manzana B, lote s/n de la Urbanizacion Los Manzanos, toda vez, que el 04OCT2004 vencio el plazo de cinco (05) anos otorgado a la Asociacion Rotary Club de MORDAZA de MORDAZA para la ejecucion de obras; en consecuencia, revertir el citado terreno a favor de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA y desestimar el pedido de prorroga. 2. Disponer que a traves de la Secretaria General se remita MORDAZA del presente Acuerdo a la Superintendencia de Bienes Nacionales. 3. Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Oficina de Asesoria Juridica el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 23431

integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION.- La presente Ordenanza establece el MORDAZA legal del regimen tributario de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en la jurisdiccion del distrito de Bellavista. Articulo 2º.- HECHO GENERADOR.- El hecho generador de la obligacion tributaria es la prestacion y/o mantenimiento en forma general de los servicios publicos locales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo 3º.- SUJETO OBLIGADO.- Son contribuyentes de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza, los propietarios de los predios. Son responsables solidarios los conductores del establecimiento. Tratandose de kioscos y otras formas de ocupacion temporal de la via publica, estan afectos los conductores o propietarios de los mismos. Articulo 4º.- CONDICION DE SUJETO OBLIGADO.- La obligacion tributaria nacera el primer dia del mes siguiente al que se adquiere la condicion de propietario. Articulo 5º.- DEFINICION DE PREDIO.- Para efecto de la aplicacion de la presente Ordenanza entiendase por predio a toda vivienda o unidad habitacional, local, oficina o terreno y en general a toda unidad inmobiliaria. Articulo 6º.- PERIODICIDAD Y DETERMINACION.Los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidad mensual. La Municipalidad Distrital de Bellavista determinara y recaudara dichos arbitrios por periodos mensuales. Articulo 7º.- En el caso de los puestos y tiendas del MORDAZA municipal asi como en el caso del comercio ambulatorio regulado y de los kioscos, la periodicidad sera diaria. Articulo 8º.- CRITERIOS DE DETERMINACION.Para la determinacion de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo se tomara en cuenta el uso del predio, su tamano y ubicacion. Articulo 9º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACION.El plazo para el pago de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo es el ultimo dia habil de cada mes. Articulo 10º.- INAFECTACIONES.- Se encuentran inafectos a los arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo, los predios de propiedad o donde funcionan las oficinas e instalaciones de la Municipalidad, Comisarias, Companias de Bomberos y entidades religiosas de la Iglesia Catolica que MORDAZA destinados a templos, conventos, monasterios y museos de conformidad con el Acuerdo suscrito entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru, aprobado por el Decreto Ley Nº 23211. Articulo 11º.- EXONERACIONES Y BENEFICIOS.Deleguese en el Director de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas la facultad de establecer mediante resolucion, rebajas o exoneraciones excepcionales de arbitrios por casos sociales y/o de extrema pobreza, debidamente sustentados, con informe social favorable y con cargo a dar cuenta al Concejo. Articulo 12º.- DEFINICION DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA.- El arbitrio de limpieza publica comprende el cobro por la prestacion de los servicios de recoleccion domiciliaria de residuos solidos, servicio de barrido de vias publicas y plazas, servicio de relleno sanitario, operativos de limpieza de techos y otros. Articulo 13º.- DEFINICION DEL ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES.- El arbitrio de Parques y Jardines comprende el cobro por la prestacion del servicio de mantenimiento, riego, recuperacion y mejoras de parques y jardines de uso publico. Articulo 14º.- DEFINICION DEL ARBITRIO DE SERENAZGO.- El arbitrio de serenazgo comprende el co-

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Establecen regimen tributario de arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2004-CDB Bellavista, 29 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus

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