Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2005 (17/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 17 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos en agravio del ex CTAR San MORDAZA y del Gobierno Regional MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 130-2005-CG MORDAZA, 11 de marzo de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 047-2005-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado al Consejo Transitorio de Administracion Regional San MORDAZA, actual Gobierno Regional San MORDAZA, por el periodo comprendido del 1.Ene.2002 al 31.Dic.2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, de conformidad a su Plan Anual de Control 2003, dispuso el presente Examen Especial, con la finalidad de determinar si los recursos financieros y patrimoniales asignados a la entidad fueron utilizados adecuadamente en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa aplicable, incidiendo en los procesos de contratacion de personal, pago de remuneraciones, incentivos laborales; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que en el periodo 2002 el CTAR San MORDAZA efectuo pagos por incentivo de "Productividad", sin que se cuente con un criterio de evaluacion que regule el otorgamiento de dicho beneficio, acorde con los lineamientos alcanzados por el Ministerio de la Presidencia, referidos a los "Procedimientos para la Aplicacion de Incentivos Laborales" y, sin que la unidad organica responsable MORDAZA efectuado el seguimiento y supervision del cumplimiento de dichos lineamientos, ocasionando que funcionarios, directivos y trabajadores se hayan beneficiado en forma permanente por un importe de S/. 693 887,00, en perjuicio del Estado, en los que tambien se encuentra incluido lo percibido por funcionarios no contemplados como beneficiarios de dicho incentivo; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de Delitos Contra la Administracion Publica en las modalidades de Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Peculado, previstos y penados por los articulos 377º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, asimismo, se ha determinado que durante el ano 2002, el CTAR San MORDAZA, otorgo a funcionarios, directivos y personal permanente de la entidad, incentivos laborales de "Racionamiento y Movilidad" por labores de caracter extraordinario o urgente, posteriores a la jornada ordinaria laboral, evidenciandose que estas no cuentan con la autorizacion del jefe inmediato para su realizacion, y muestran inconsistencias al no detallar la actividad urgente o de caracter extraordinario a efectuar, desembolsandose por dicho concepto S/. 686 256,00 en perjuicio del Estado, inobservandose los requisitos y formalidades normados por la Directiva Nº 007-2001CTAR-SM/SGDI denominada "Normas para la Asignacion de Racionamiento y Movilidad", aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 394-II-2001-CTAR-SM/ PE, ademas de haberse otorgado dicho incentivo a funcionarios de niveles no considerados en la indicada Directiva y sin que unidad organica competente MORDAZA efectuado la supervision de la observancia de la referida normativa; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de Delitos Contra la Administracion Publica en las modalidades de Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Peculado, previstos y penados por los articulos 377º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, tambien la Comision Auditora ha determinado que un funcionario del CTAR San MORDAZA, actual Gobier-

no Regional San MORDAZA, percibio bonificaciones especiales como personal activo en el CTAR San MORDAZA y en su condicion de pensionista, en la Direccion Regional de Educacion San MORDAZA, en transgresion de dispositivos legales vigentes, que imponen que la percepcion de las bonificaciones especiales de los funcionarios, servidores y pensionistas que reciban dos remuneraciones o dos pensiones o remuneracion o pension proveniente del Sector Publico, percibiran la bonificacion especial en la pension o remuneracion de mayor monto, lo que fue materia de pronunciamiento del Ministerio de Educacion, ante la omision de la instancia encargada de supervisar dichos actos, que conocedora de la irregularidad, no comunico a los niveles pertinentes, a fin que se adopten las acciones correspondientes, ocasionandose un perjuicio economico a la entidad por la cantidad de S/.19 325,51, en el que esta considerado un reintegro del Decreto de Urgencia Nº 37-94; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de Delitos contra la Administracion Publica en las figuras de Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Exaccion Ilegal, previstos y penados por los articulos 377º y 383º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 05464 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 133-2005-CG MORDAZA, 11 de marzo de 2005 VISTOS, el Informe Especial Nº 001-2004-OGRCICR-JUNIN, resultante del Examen Especial efectuado al Gobierno Regional MORDAZA, periodo comprendido de Enero del 2003 a Diciembre del 2003; y la Hoja de Recomendacion Nº 001-2005-CG/ZC emitida por la Gerencia Zonal Centro; y, CONSIDERANDO: Que, acorde a su Plan Anual de Control para el ejercicio 2004, el Organo de Control Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, efectuo un Examen Especial al Gobierno Regional MORDAZA, orientado a determinar si los recursos financieros asignados a la citada Entidad Regional, fueron utilizados en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente;

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