Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2005 (17/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de marzo de 2005

las instalaciones y los equipos asignados a los parques zonales, parques metropolitanos, a la Direccion de Mantenimiento de Areas verdes y a las areas de recreacion bajo jurisdiccion metropolitana administradas bajo convenio. Son funciones de Gerencia Tecnica: a.- Programar, organizar y ejecutar los estudios de disenos, perfiles y proyectos de desarrollo de los parques, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica. b.- Preparar la documentacion tecnica, planos, memoria descriptiva y especificaciones de las obras por contrata, debiendo cenirse a los parametros bajo los cuales fue declarada la viabilidad del proyecto de conformidad con lo establecido por las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica. c.- Supervisar la ejecucion de las obras en los parques zonales y metropolitanos. d.- Comprobar la culminacion de las obras de acuerdo a los contratos para su correspondiente recepcion y efectuar la liquidacion de los mismos. e.- Elevar a la Gerencia General la documentacion necesaria para cumplir con la evaluacion Post Inversion de los proyectos, de conformidad con el procedimiento establecido por el Sistema Nacional de Inversion Publica. f.- Ejecutar y controlar el mantenimiento, conservacion y rehabilitacion de las instalaciones y de los equipos mecanicos y de bombeo en los parques zonales, parques metropolitanos y areas de recreacion. g.- Coordinar la adquisicion, recepcion y reparacion de los equipos, herramientas e insumos necesarios para la ejecucion de las acciones programadas. h.- Programar, dirigir y coordinar el mantenimiento y reparacion de las unidades de apoyo asi como la de los camiones cisternas, camiones y tractores. i.- Participar en la capacitacion del personal para el mejor uso de los equipos e instalaciones en los parques. j.- Otras que le encargue la Gerencia General. Las funciones de la Gerencia Tecnica se realizan a traves de las siguientes Divisiones Administrativas: a) Division de Proyectos y Supervision de Obras. b) Division de Mantenimiento Tecnico. La Gerencia Tecnica propondra los manuales y reglamentos de su unidad organica que posibiliten el cumplimiento de las funciones establecidas en el presente estatuto. Articulo 35º.- La Gerencia de Mantenimiento de Areas Verdes es el Organo de Linea responsable del mantenimiento y conservacion de las Areas Verdes, asi como de programar y ejecutar los trabajos a nivel metropolitano de los proyectos de arborizacion y mantenimiento de areas Verdes derivadas de convenios con Entidades Publicas y Privadas. Son funciones de la Gerencia de Mantenimiento de Areas Verdes: a) Ejecutar y controlar las acciones programadas sobre mantenimiento, conservacion y desarrollo de especies botanicas, obras de forestacion y reforestacion y jardines en los parques zonales de SERPAR-LIMA y los trabajos de arborizacion a nivel metropolitano derivados de convenios. b) Proponer el programa de produccion de especies arboreas, la realizacion de campanas agricolas, los trabajos de arborizacion derivados de convenios, las adquisiciones de maquinaria y equipos agricolas y de riego, insumos y fertilizantes y la contratacion de servicios para el mantenimiento y mejoramiento de los sistemas de regadio, de MORDAZA, pozos y otros. c) Llevar y actualizar el archivo sobre sistemas de riego en los parques zonales. d) Coordinar con las autoridades competentes de los distritos de riego y las Juntas de Regantes para la distribucion del agua de regadio. e) Programar el uso de las Unidades para riego del servicio en los parques zonales y metropolitanos y para el servicio de terceros.

f) Llevar y actualizar el inventario del equipamiento forestal y de areas verdes de los parques zonales y metropolitanos. g) Administrar los viveros del servicio. h) Establecer control de los gastos de personal por obras (rendimiento). i) Otras que le asigne la Gerencia General. La Gerencia Tecnica propondra los manuales y reglamentos de su unidad organica que posibiliten el cumplimiento de las funciones establecidas en el presente estatuto. TITULO IV DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 36º.- SERPAR-LIMA mantiene relacion funcional interna con las Direcciones Municipales de Desarrollo MORDAZA y Servicios a la MORDAZA, asi como los organos de Control, de Planificacion y Administracion de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 37º.- SERPAR-LIMA esta facultado a mantener relaciones con personas naturales y juridicas nacionales o extranjeras, publicas y privadas, con el proposito de gestionar y efectuar operaciones de credito, de cooperacion tecnica y financiera internacional y la suscripcion de contratos y convenios con arreglo a las normas vigentes. Articulo 38º.- De acuerdo a sus fines SERPAR-LIMA mantiene relacion con los organos competentes del Estado, asi como con instituciones privadas destinadas al fomento y promocion de actividades cientificas, recreacionales, deportivas y culturales en general. Articulo 39º.- SERPAR-LIMA se relaciona y coordina con entidades profesionales especializadas en materia de saneamiento ambiental y equipamiento de areas verdes a efecto de contribuir a la preservacion del medio ambiente y mejorar la calidad de la MORDAZA humana. TITULO V DEL REGIMEN LABORAL Articulo 40º.- Los empleados de SERPAR-LIMA estan sujetos al regimen de la Ley Nº 11377, Decreto Legislativo 276, Decretos Leyes Nº 19990 y 20530. Les son aplicables las normas del Sector Municipal. Articulo 41º.- El personal de obreros de SERPARLIMA se rige por las leyes Nºs. 728 sus ampliatorias y complementarias y la Ley Nº 24514, estando sujetos a las normas establecidas para el sector municipal, en todo lo que les MORDAZA aplicables. TITULO VI DEL REGIMEN ECONOMICO Articulo 42º.- El regimen economico de SERPARLIMA esta determinado por los alcances de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y al Decreto Ley Nº 18898 y sus modificatorias. Articulo 43º.- Son recursos financieros y patrimoniales de SERPAR-LIMA: a) Las transferencias corrientes que efectua la Municipalidad Metropolitana de Lima. b) Las aportaciones que en aplicacion del Decreto Ley Nº 18898 y su modificatoria por D.L Nº 19543, el Decreto Supremo Nº 038-85-VC, y el Reglamento Nacional de Construcciones y la Ordenanza Nº 292 percibe el Servicio de Parques de MORDAZA, tanto en efectivo como en bienes inmuebles. c) Los legados y donaciones que expresamente conceden a SERPAR-LIMA las personas naturales o juridicas de derecho publico o privado. d) El producto de las subastas publicas convocadas por la institucion, en concordancia con sus normas legales. e) Las rentas que perciben por concepto de ingresos y alquileres de instalaciones recreativas en los Parques

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