Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2006 (07/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de diciembre de 2006

Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6590-4

Dejan sin efecto la R.J. Nº 971-2006JEF/RENIEC, en el extremo referido a autorizacion otorgada a procurador para iniciar acciones legales contra presuntos responsables de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 1210-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 4 de diciembre de 2006 VISTOS: La Resolucion Jefatural Nº 971-2006-JEF/RENIEC de fecha 24 de octubre de 2006, y el Informe Nº 14562006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 23 de noviembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 971-2006-JEF/ RENIEC de fecha 24 de octubre se autorizo al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, ante la utilizacion de presuntos Documentos Nacionales de Identidad falsos o falsificados, a nombre de los ciudadanos ERIKS MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA NAUPARI MORDAZA y MORDAZA STIGLICH MORDAZA con los numeros 43530063, 44413026, 09603937 y 09391838, respectivamente; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 1.2. del articulo 1º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, los actos de la administracion interna de las entidades destinadas a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios no son actos administrativos; encontrandose sujetos a las disposiciones del Titulo Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General y de aquellas normas que expresamente asi lo establezcan; Que, mediante el MORDAZA de Legalidad, previsto en el numeral 1.1. de la citada Ley, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y el derecho; Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, que crea el Consejo de

Defensa Judicial del Estado, para que el Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de cada entidad pueda demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion previa de Resolucion autoritativa; Que, mediante el articulo 427º del Codigo Penal, se establece el delito contra la fe publica en la modalidad de falsificacion impropia o falsedad de uso, como el comportamiento consistente en usar un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo, siempre que de su uso pueda resultar, algun perjuicio; Que, de la revision de oficio, de la Resolucion Jefatural senalada, se advierte que en el presente caso, si bien es MORDAZA se ha presentado ante el Consulado del Peru en Nueva MORDAZA, una fotocopia a color del Documento Nacional de Identidad a nombre del ciudadano MORDAZA Stiglich Jimenez; tambien lo es, que no se advierte la existencia del dolo caracteristico del MORDAZA de delitos contra la fe publica, ni documento falso o falsificado con la finalidad de causar algun perjucio; mas aun, si el mismo ciudadano fue quien se apersono en una primera oportunidad al Consulado de Peru en Nueva MORDAZA para asentar el nacimiento de su menor hija, y presento una fotocopia a color de su Documento Nacional de Identidad original, adjuntando por ello de forma adicional, el original de su Pasaporte; y posteriormente, ante la denegacion del tramite, presento el original del mismo Documento Nacional de Identidad, gestionando la inscripcion del nacimiento de su menor hija ante el mismo Consulado, y generandose el Acta de Nacimiento Nº 63294781; no existiendo tampoco, indicios de declaracion de datos falsos; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto de oficio, la Resolucion Jefatural Nº 971-2006-JEF/RENIEC, en el extremo referido a la autorizacion al Procurador Publico a interponer las acciones legales correspondientes contra los que resulten responsables por la presunta comision de delito contra la fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, por la MORDAZA ante el Consulado de Peru en Nueva MORDAZA - Estados Unidos de Norteamerica, de una fotocopia a color del Documento Nacional de Identidad original a nombre de MORDAZA Stiglich Jimenez; permaneciendo vigente en sus demas extremos. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6590-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Tacna S.A. la apertura de agencia en el distrito Alto de la Alianza, provincia de Tacna
RESOLUCION SBS Nº 1582-2006 MORDAZA, 27 de noviembre de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS

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