Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2006 (07/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen "por desabastecimiento inminente" Que segun lo dispuesto por la referida MORDAZA, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, la Subgerencia del Vaso de Leche de la Gerencia de Desarrollo Social, mediante Informe Nº 005-2006-MML/ GDS-SVL del 27.10.2006 comunica a la Subgerencia de Logistica Corporativa el sustento tecnico de la ejecucion de exoneracion para adquirir el producto Enriquecido Lacteo para atender a 25,000 beneficiarios por dia del Programa del Vaso de Leche del Cercado de MORDAZA, debido a que la Licitacion Publica Nº 003-2006-C/MML se encuentra impugnada mediante un recurso de revision ante el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, presentado el 23.10.2006 por el postor Productos Alimenticios del Peru S.A.C.,. Asimismo, se senala que el periodo de atencion para cubrir las necesidades seria de cuatro (4) meses aproximadamente, considerando el tiempo en que el Tribunal de CONSUCODE emita el fallo resolutivo, en ese sentido el suministro total a adquirir asciende a 400,000 bolsas/150grs. c/u, cuyo cronograma de entrega semanal ha sido modificado por el que se adjunta al Oficio Nº 6732006-MML/GDS-SVL del 31.10.2006, indicandose como inicio de entrega el 24.11.2006, hasta el 09.03.2007. Que asimismo, se senala en el precitado informe, que el periodo de ejecucion del contrato sera suspendido cuando se suscriba el contrato que deviene de la Licitacion Publica Nº 003-2006-CE/MML. Que, la Subgerencia del Vaso de Leche cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para cubrir el costo del producto de acuerdo a los documentos que se adjuntan, siendo el costo referencia de S/. 0.67/ bolsa y el consumo para el presente ano es de 125,000 bolsas, correspondiendo a un gasto de S/. 83,750.00 para el ejercicio 2006, y la diferencia de 275,000 bolsas corresponden al consumo y presupuesto del proximo ano ascendente a S/. 184,250.00, haciendo un total del valor referencial de S/. 268,000.00. Que, la Gerencia de Finanzas, mediante Oficio Nº 2006-07-978-MML/GF de fecha 06.07.2006, en relacion a la prevision presupuestal 2007 para el Programa del Vaso de Leche, comunicado por el Ministerio de Economia y Finanzas, senala que esta asciende a la suma de S/. 2'876,672, en el que se debera considerar el valor referencial para la adquisicion de este producto para el citado ejercicio, el mismo que sera financiado con la fuente de financiamiento 00-Recursos Ordinarios. Por otro lado, conforme al Requerimiento de Gasto para Adquisiciones Consolidadas Nº. 13007-00094 de fecha 02.11.2006, se estaria contando con la disponibilidad presupuestal para la ejecucion del gasto en el presente ejercicio, conforme lo senala la Subgerencia del Vaso de Leche. Que, la Subgerencia de Logistica Corporativa mediante Oficio Nº 683-2006-MML-GA-SLC del 27.10.2006 y de conformidad con el articulo Nº 146º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solicita a la Gerencia de Asuntos Juridicos el informe legal que sustente la solicitud de la referida Subgerencia, para la MORDAZA del Expediente de Exoneracion; segun el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, ante el Concejo Metropolitano, para la aplicacion del inciso c) del articulo Nº. 19º de la misma, que contempla la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por Desabastecimiento Inminente. Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos, mediante Informe Nº 1909-2006-MML-GAJ de fecha 30.10.2006, considera que el informe tecnico MORDAZA mencionado

cumple con establecer la existencia de una causal de desabastecimiento inminente del producto enriquecido lacteo, como consecuencia de la MORDAZA de un recurso de revision dentro del MORDAZA de seleccion iniciado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por lo que se requiere que la administracion municipal adopte las medidas urgentes que aseguren la continuidad en el suministro de dicho producto entre los beneficiarios, lo que constituye la justificacion tecnica y necesidad de la exoneracion, por lo que se limitan a determinar su procedencia legal en el MORDAZA de lo expuesto en el respectivo informe tecnico. Que, de la revision de los documentos adjuntos se desprende que la solicitud de Exoneracion se enmarca dentro del Desabastecimiento Inminente, presentada ante una situacion extraordinaria e imprevisible, al haberse extendido el MORDAZA por causas que escapan a la responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima; debido a que el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 003-2006-CE/MML para la adquisicion de Alimento Enriquecido Lacteo que se inicio con la convocatoria del 30.03.2006, senalando como fecha para la entrega de la Buena Pro el 28.09.2006; en la que uno de los postores presento un Recurso de Revision ante el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, la misma que se encuentra pendiente de resolver, dando lugar, a la ausencia de los productos necesarios para cumplir con la racion semanal, lo que impediria la continuidad de las actividades que el Programa tiene a su cargo. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 235-2006-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion, por Desabastecimiento Inminente, para la adquisicion de Alimentos de Enriquecido Lacteo (por 400,000 bolsas/ 150gr.) lo que permitira atender , hasta la firma del contrato de la Licitacion Publica Nº 003-2006-CE/MML, o hasta por cuatro meses, lo que ocurra primero, a aproximadamente, 25,000 beneficiarios por dia del Programa del Vaso de Leche del Cercado de MORDAZA, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso c) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM y demas normas legales emitidas para estos efectos. Articulo Segundo.- Precisar que el valor referencial de la adquisicion, incluyendo el Impuesto General a la Ventas, se ha calculado en aproximadamente S/. 268,000.00, el mismo que sera financiado con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto 2006 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a la Subgerencia del Vaso de Leche, asi como con la prevision presupuestaria que se asignara para el 2007, ambos atendidos con la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios. Asimismo la Subgerencia de Logistica Corporativa sera la encargada de realizar la adjudicacion bajo la modalidad establecida en el articulo 148º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Se anexa como parte del presente Acuerdo, el Informe Tecnico Nº 005-2006-MML/GDS-SVL de la Subgerencia del Vaso de Leche y el Informe Legal Nº 1909-2006-MML/ GAJ de la Gerencia de Asuntos Juridicos. Articulo Tercero.- Se deja establecido que no se autorizara en el presente ejercicio, ampliacion alguna u otra exoneracion para adquirir insumos lacteos solicitados por la Subgerencia del Vaso de Leche; asimismo y bajo responsabilidad de los funcionarios encargados del procedimiento de exoneracion, en resguardo de los intereses de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es necesario que se adquieran estos insumos, buscando la mejor calidad y precio de los mismos. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General del Concejo la publicacion del presente Acuerdo, incluyendo los Informes Tecnico y Legal, en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento del inciso c) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administracion, Subgerencia de Logistica Corporativa,

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