Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2006 (07/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de diciembre de 2006

Articulo Quinto.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores 6592-10

PROCEDIMIENTO PARA LA CONVOCATORIA, EVALUACION Y SELECCION DE CANDIDATOS A PRESIDENTES DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS Y TRIBUNALES DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS DE LOS ORGANISMOS REGULADORES I. OBJETO Establecer un procedimiento para la seleccion de los presidentes de los Consejos Directivos y Tribunales de Solucion de Controversias de los Organismos Reguladores. II. BASE LEGAL - Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. - Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. III. PROCEDIMIENTO DE CONVOCATORIA, EVALUACION Y SELECCION Para la Convocatoria, Evaluacion y seleccion de uno o mas de uno de los presidentes de los Consejos Directivos y Tribunales de Solucion de Controversias de los Organismos Reguladores, se conformara una o mas de una Comision Especial mediante Resolucion Ministerial, la que precisara su objeto. La Comision Especial estara conformada por un numero impar de miembros, no menor de tres (3), uno de los cuales la presidira. Sus decisiones se tomaran por mayoria. El Procedimiento tendra las siguientes fases: PRIMERA FASE: CONVOCATORIA La convocatoria se realizara a traves de la publicacion de un aviso en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulacion a nivel nacional, asi como en el MORDAZA electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo Regulador correspondiente. La publicacion en los respectivos portales electronicos se mantendra durante 7 (siete) dias calendario. El plazo para presentar las postulaciones vence al setimo dia calendario siguiente a la fecha de publicacion del aviso en los respectivos diarios, debiendo considerarse esta fecha como la fecha de cierre de las postulaciones. Los avisos de convocatoria deberan contener la siguiente informacion minima: - Fecha de cierre de la postulacion. - Requisitos para postular e incompatibilidades. - Lugar de remision de curriculum vitae. Para fines de la postulacion, los candidatos deberan remitir lo siguiente: - Curriculum vitae debidamente documentado. - Declaracion Jurada en la que indiquen no tener incompatibilidades para acceder al cargo al que postulan y declaren la veracidad de la informacion contenida en su curriculum vitae. - Carta de MORDAZA (no mayor a 2 paginas). MORDAZA FASE: EVALUACION Esta fase tendra una duracion MORDAZA de 40 (cuarenta) dias calendario contados desde la fecha de cierre de las postulaciones. La evaluacion cuenta con 3 etapas: evaluacion preliminar, evaluacion curricular y evaluacion personal. a) Evaluacion Preliminar: La Comision Especial declarara como candidatos aptos a los profesionales que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27332 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM que no esten incursos en alguna de las incompatibilidades contenidas en tales normas, debiendo realizar dicha evaluacion en un plazo MORDAZA de 5 (cinco) dias calendario contados desde la fecha de cierre de las postulaciones. Relacion de candidatos aptos. La relacion de candidatos aptos sera publicada en el MORDAZA electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo Regulador correspondiente por 2 (dos) dias calendario.

Aprueban procedimiento para la convocatoria, evaluacion y seleccion de candidatos a presidentes de los consejos directivos y tribunales de solucion de controversias de los organismos reguladores
RESOLUCION SUPREMA Nº 355-2006-PCM MORDAZA, 6 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Consejo Directivo es el organo de direccion MORDAZA de cada Organismo Regulador, y el Tribunal de Solucion de Controversias es la MORDAZA instancia administrativa de dicho Organismo; Que, la MORDAZA en mencion senala que tanto el Consejo Directivo y el Tribunal de Solucion de Controversias de los Organismos Reguladores se encuentran integrados por 5 (cinco) miembros, dos de los cuales son propuestos por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27332 ha reconocido en el Presidente de la Republica, la potestad de elegir de entre los dos miembros propuestos por la Presidencia del Consejo de Ministros, al profesional que presidira el Consejo Directivo y el Tribunal de Solucion de Controversias de los Organismos Reguladores; Que, si bien a la fecha el MORDAZA de convocatoria, evaluacion y seleccion de uno de dichos miembros, el que representa a la sociedad civil, viene siendo regulado por el procedimiento aprobado por el Decreto Supremo Nº 095-2001-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 444-2005PCM se ha visto por conveniente que la convocatoria, evaluacion y seleccion del MORDAZA miembro, quien a su vez presidiria el Consejo Directivo o el Tribunal de Solucion de Controversias del Organismo Regulador, tambien se rija por un procedimiento que debera ser seguido por la Comision de Evaluacion de Candidatos que en su momento se constituya para cada caso especifico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27332, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM y el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el procedimiento para la convocatoria, evaluacion y seleccion de los candidatos a presidentes de los consejos directivos y tribunales de solucion de controversias de los organismos reguladores, el que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- El texto del anexo mencionado en el articulo anterior tambien debera ser publicitado a traves del MORDAZA electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

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