Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2006 (06/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

329754

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 6 de octubre de 2006 FORMATO 10

AHORRO PROVENIENTE DE LA APLICACION DE LAS NORMAS DE AUSTERIDAD Y RACIONALIDAD EN EL GASTO PUBLICO CODIGO DE LA ENTIDAD: NOMBRE DE LA ENTIDAD:
CONCEPTO Compensacion Mensual Ingresos Honorarios Bienes y Servicios TOTAL DEPOSITO Nº CUENTA

FECHA

IMPORTE S/.

IMPORTE US $

Nº CUENTA

02791-3

JNE
Aprueban uso del padron electoral de manera integral, incluyendo a la totalidad de participantes en el MORDAZA de elecciones regionales y municipales de 2006
RESOLUCION Nº 4028-2006-JNE MORDAZA, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 1400-2006-JNE de fecha 31 de agosto de 2006, se aprobo el uso del padron electoral elaborado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para las Elecciones Regionales y Municipales del 19 de noviembre de 2006, con excepcion de aquellos distritos indicados en su MORDAZA considerando y otros, donde se llevaria a cabo la fiscalizacion electoral, quedando la aprobacion del padron electoral de dichos distritos sujeta a los resultados de la investigacion correspondiente; Que, mediante Resolucion Nº 1956-2006-JNE del 19 de setiembre de 2006, se aprobo el uso del padron electoral de los distritos indicados en el anexo de la citada resolucion como producto de la investigacion efectuada, incluidas las denuncias presentadas ante este organo electoral; y por Resolucion Nº 2398-2006-JNE del 21 de setiembre de 2006, de igual modo se aprobo el uso del padron electoral de los distritos indicados en el anexo de la citada resolucion, que integra la informacion materia de la Resolucion Nº 1956-2006-JNE, culminando asi la investigacion de los demas distritos involucrados al 100%, respecto de electores denunciados y/o analizados como "supuestos golondrinos"; remitiendose los expedientes respectivos al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para los fines pertinentes, en su oportunidad; Que con el Informe Nº 005-CLPA-2006-GFE/JNE recibido en la fecha, la Gerencia de Fiscalizacion Electoral da cuenta del analisis del Padron Electoral remitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil consolidando las depuraciones efectuadas al 28 de setiembre de 2006, fecha en la que remite el Oficio Nº 273-2006-JEF/RENIEC. Que el padron electoral analizado, es el resultado de una serie de exclusiones en serie, habiendose obtenido el siguiente resultado:
DETALLE DE LAS EXCLUSIONES REALIZADAS POR EL RENIEC SOBRE LA BASE DE FISCALIZACION REALIZADA POR EL JNE Archivos Remitidos Exclusiones del 8 de setiembre de 2006 Exclusiones del 27 de setiembre de 2006 Exclusiones del 28 de setiembre de 2006 Total de exclusiones al padron electoral Cantidad 920 3,253 1,328 5,501

Que del citado resultado, se aprecia que el RENIEC ha evaluado las pruebas de cada caso y determino excluir a 675 ciudadanos considerados en la fiscalizacion como residentes, y a 4826 ciudadanos considerados como no residentes o desconocidas en la zona; Que efectuada la verificacion de los electores pertenecientes a los distritos aprobados mediante Resolucion Nº 1400-2006-JNE, con el total de ciudadanos excluidos al 28 de setiembre de 2006, se obtuvo el siguiente resultado:
CANTIDAD DE ELECTORES HABILES DEL PADRON Archivos Remitidos Ciudadanos habiles al 31 de agosto de 2006 Ciudadanos habiles al 28 de setiembre de 2006 Total de exclusiones al padron electoral Cantidad 16,600,325 16,594,824 5,501

Que efectuados los cambios respectivos en el padron electoral, la informacion se encuentra en el medio magnetico conteniendo la data correspondiente al 28 de setiembre de 2006. El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones previstas en los articulos 178º y 181º de la Constitucion Politica del Peru; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el uso del padron electoral de manera integral, incluyendo a la totalidad de distritos participantes en el MORDAZA electoral para las elecciones regionales y municipales del presente ano. Articulo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales el medio tecnico alcanzado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, conteniendo el padron electoral aprobado de acuerdo a lo dispuesto en el articulo primero de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02775-2

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