Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2006 (06/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano viernes 6 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, el Articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, senala que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Con el visto MORDAZA de la Oficina de Administracion, Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion y, la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la contratacion del Servicio Industrial de la MORDAZA S.A. - MORDAZA PERU S.A., para la realizacion de los servicios de diqueo y otros detallados en el Anexo de la presente resolucion, del Buque Cientifico de Investigacion "Humboldt"; por el valor referencial de S/.392 297.02 (Trescientos noventa y dos mil doscientos noventa y siete 02/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas. Articulo 2º.- Designar como organo encargado de realizar la contratacion exonerada a la Unidad de Logistica e Infraestructura. Articulo 3º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion Directoral se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo 4º.- La presente adquisicion se financiara a traves de Recursos Ordinarios. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, y en el SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, asi como se remitira MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias calendario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 02760-1

traslade a la administracion sus inquietudes, aportes y criticas, dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, la funcion vigente que se encuadraria en dicho supuesto, es la de "proponer al Superintendente Nacional la expedicion de las directivas que estime necesarias para el mejor funcionamiento de los Registros", la misma que, al restringir la participacion de los Consejos Consultivos vinculandola con la expedicion de directivas, conviene reformularla al MORDAZA de lo establecido en el considerando precedente; Que, constituyendo el Consejo Consultivo un ente de intermediacion mediante el cual se hace de conocimiento de la entidad, las inquietudes de la ciudadania, es prescindible la participacion de un representante de la Sede Central de la SUNARP en los Consejos Consultivos de las Zonas Registrales; Que, en atencion a los principios de transparencia y de rendicion de cuentas, es oportuno establecer un mecanismo periodico que permita difundir o conocer los logros del ejercicio por parte del Consejo Consultivo; Que, mediante Resolucion Nº 332-2001-SUNARP/ SN, de 30 de noviembre del 2001, se constituyo el Consejo Consultivo del Area de Propiedad Inmueble, del Area de Bienes Muebles, del Area de Personas Juridicas, del Area de Personas Naturales y del Area Registral Minera de la entonces denominada Oficina Registral de MORDAZA y Callao, hoy MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, estableciendose adicionalmente sus funciones, su composicion y sus normas de organizacion interna; Que, mediante Resolucion Nº 290-2003-SUNARP/ SN, de 11 de junio de 2003, se constituyo el MORDAZA Consejo Consultivo del Area Registral Minera de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede Lima; Que, habiendo vencido el plazo del mandato de sus integrantes, el Jefe de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, nos remite el Oficio Nº 3407-2006-SUNARPZ.R.NºIX/GPI, de la Gerencia de Propiedad Inmueble, mediante el cual se hace de conocimiento la designacion de los integrantes de las respectivas entidades para la conformacion del MORDAZA Consejo Consultivo; Que, conforme al Oficio Nº 2268-2005-SUNARPZ.R.NºIX/JEF, remitido por el Gerente de Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, las instituciones que conforman el Consejo Consultivo de Area de Mineria han renovado su compromiso de participar activamente en el; Estando a lo dispuesto por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS y por la Resolucion Nº 5992002-SUNARP/SN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 8º y 9º de la Resolucion Nº 332-2001-SUNARP/SN del 30 de noviembre de 2001, conforme al siguiente texto: "Articulo 8º.- El Consejo Consultivo del Area de Mineria de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA estara integrado por: a) Un representante del Colegio de Abogados de MORDAZA b) Un representante del Colegio de Notarios de MORDAZA c) Un representante del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero d) Un representante del Instituto Nacional de Derecho de Mineria, Energia y Petroleo e) Un representante de la Sociedad Nacional de Mineria, Petroleo y Energia El mandato de los miembros sera por un ano, computado a partir de la fecha de instalacion del Consejo Consultivo, pudiendo ser renovado por un periodo similar; El Consejo podra invitar a las sesiones al funcionario o autoridad que estime pertinente. Articulo 9º.- Son funciones del Consejo Consultivo, las siguientes:

SUNARP
Modifican constitucion del Consejo Consultivo del Area de Mineria de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 293-2006-SUNARP/SN MORDAZA, 5 octubre de 2006 VISTOS: el informe presentado mediante Oficio Nº 02-2006-SUNARP-GTCC, de 21 de MORDAZA de 2006, por el Grupo de Trabajo conformado mediante Resolucion Nº 091-2006-SUNARP/SN, que contiene la propuesta de acciones de reestructuracion de los Consejos Consultivos constituidos en la SUNARP, el Oficio Circular Nº 006-2006SUNARP-GTCC/SN del 25 de MORDAZA de 2006 y el Oficio Nº 816-2005-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF, elevado por la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede Lima; CONSIDERANDO: Que, en las funciones encomendadas a los Consejos Consultivos debe enfatizarse su caracter de organo que, cumpliendo un rol de intermediacion con la ciudadania,

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