Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2006 (06/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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LICA DEL P E

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329762

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 6 de octubre de 2006

INACC
Asignan monto recaudado por concepto de pago de la penalidad de derechos mineros correspondiente al mes de agosto de 2006
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 4094-2006-INACC/J MORDAZA, 29 de setiembre del 2006 Visto; el Informe Nº 1178-2006-INACC/DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 28 de setiembre del 2006, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Penalidad de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores, durante el mes de agosto del 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 019-2006MEM/DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y a los Organismos senalados en el articulo 57º de la Ley General de Mineria, aprobada por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo por Informe Nº 1178-2006-INACC/ DGDV ha determinado que por el mes de agosto del 2006, el monto total a distribuir es de US $ 7´354,564.90 (Siete Millones Trescientos Cincuenta y Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Cuatro y 90/100 Dolares Americanos), efectuandose compensaciones por un monto ascendente a US $ 8,338.92 (Ocho Mil Trescientos Treinta y Ocho y 92/100 Dolares Americanos), resultando un importe neto a distribuir de US $ 7´346,225.98 (Siete Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Doscientos Veinte y Cinco y 98/100 Dolares Americanos); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago de la Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores, correspondiente al mes de agosto del 2006, de la siguiente manera:
Entidades Monto MORDAZA a Distribuir US$ Gob. Loc. Distrital INGEMMET INACC MEM TOTAL (*) Ver Anexo Nº 1 5´515,923.68 735,456.49 735,456.49 367,728.24 7´354,564.90 S/. Deducciones US$ S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Monto Neto a Distribuir US$ 5´507,584.76 735,456.49 735,456.49 367,728.24 7´346,225.98 S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: PENALIDAD De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM y el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Penalidad durante el mes de agosto del 2006 a las siguientes Municipalidades Distritales:
DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/BONGARA MORDAZA SHIPASBAMBA YAMBRASBAMBA AMAZONAS/CHACHAPOYAS BALSAS LEIMEBAMBA ANCASH/AIJA AIJA LA MORDAZA ANCASH/ASUNCION ACOCHACA CHACAS ANCASH/BOLOGNESI MORDAZA RAYMONDI AQUIA CAJACAY COLQUIOC MORDAZA HUASTA PACLLON ANCASH/CARHUAZ ANTA ATAQUERO CARHUAZ MARCARA PARIAHUANCA SAN MORDAZA DE ACO SHILLA MORDAZA YUNGAR ANCASH/CARLOS F. MORDAZA SAN MORDAZA ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA CASMA COMANDANTE MORDAZA YAUTAN ANCASH/CORONGO CUSCA MORDAZA ANCASH/HUARAZ COCHABAMBA COLCABAMBA S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 US$ 4,500.00 5,850.00 45,053.61 127.50 225.00 16,770.67 6,241.23 112.50 421.92 225.00 7,270.34 1,145.08 225.00 18,824.77 13,736.27 6,300.00 50.00 208.77 1,359.38 128.03 192.55 180.00 32.37 73.63 37.50 450.00 368.34 450.00 225.00 3,888.00 2,250.00 150.00 1,350.00 387.69

0.00 -8,338.92 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 -8,338.92

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 019-2006-MEM/DGM.

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