Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2006 (06/10/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

329770

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 6 de octubre de 2006

preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de cincuenta y seis (56) dias calendario, a partir del dia 6 de octubre de 2006, mientras se desarrolla la MORDAZA convocatoria de la citada Licitacion Publica Nº 0001-2006-INPE/16, y se perfecciona el contrato respectivo, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Direccion Regional MORDAZA, del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Direccion Regional MORDAZA, para la adquisicion del suministro de alimentos preparados para los internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO 1 E.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA TOTAL DIAS 56 TOTAL S/. 211 764,00 211 764,00

Memorandum Nº 343/2006-Flota Memorando Nº DOA-875- 2006 Memorando Nº OAJ-DOA-714 -2006 Memorando Nº OPP -449- 2006 CONSIDERANDO: Que, el Instituto MORDAZA del Peru-IMARPE, estudia el ambiente y la biodiversidad MORDAZA, realiza investigaciones cientificas de los recursos MORDAZA y las aguas continentales, investigaciones oceanograficas, limnologicas y de la calidad del ambiente acuatico, promueve el desarrollo de la investigacion cientifica y tecnologica entre otras actividades, utilizando para ello el Buque Cientifico de Investigacion de su propiedad "Humboldt"; Que, el B.I.C. Humboldt, de propiedad del IMARPE, es utilizado para la realizacion de las actividades de investigacion por lo que debe encontrarse en optimas condiciones de operatividad, para su utilizacion; habiendo sido el ultimo ingreso a dique en el mes de diciembre del 2004, por lo que es necesaria la realizacion de la carena correspondiente del presente ano, teniendo en cuenta que la misma se realiza cada dos anos; Que, teniendo en cuenta las caracteristicas del buque, resulta necesario efectuar la carena del mismo en dique seco o flotante, o en varaderos con amplia experiencia y que otorguen la garantia y seguridades del caso, toda vez que, el buque cuenta con equipos sensores electronicos de investigacion cientifica, muy sensibles y de alto valor economico; Que, la Unidad de Flota manifiesta en su Informe Tecnico que la Sociedad Clasificadora Germanischer MORDAZA ha solicitado realizar una inspeccion en dique para refrendar la clase del buque; Que, asimismo el Infor me Tecnico adjunto al Memorando Nº 343/2006-Flota, senala que las empresas que operan en el MORDAZA no cuentan con el sistema adecuado, ni la capacidad necesaria para efectuar satisfactoriamente el diqueo del Buque; siendo el unico que cumple nuestro requerimiento el Servicio Industrial La MORDAZA S.A. - MORDAZA PERU S.A., el mismo que, ademas cuenta con el certificado con las normas ISO 9002 para diqueos y reparaciones navales con alta especializacion, brindando las garantias y seguridades requeridas, toda vez que la capacidad de varada del buque es de 1,710; Que, la Unidad de Flota, en su informe tecnico entre otros justifica tecnicamente la contratacion de los Servicios Industriales de la MORDAZA S.A. - MORDAZA PERU S.A. y la necesidad de la exoneracion, toda vez que no existe otra empresa con capacidad tecnica y de garantia tanto en las instalaciones, infraestructura y personal como los que cuenta el SIMAC; asi como no existe dique Flotante, ni seco, ni varadero con capacidad para recibir al BIC Humboldt, siendo esta la unica entidad que puede brindar el servicio en el MORDAZA, no admitiendose sustituto; Que, el Informe Legal Nº OAJ-DOA-714-2006, indica que resulta de necesidad exonerar del MORDAZA de seleccion la contratacion del Servicio de Diqueo del B.I.C. Humboldt, en aplicacion a lo dispuesto por el Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, que senala que estan exoneradas de procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones cuando; inciso e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, asimismo considera que la necesidad del servicio no puede ser satisfecha por otras empresas, sino por el que ostenta el privilegio como es Servicios Industriales de la MORDAZA S.A..- MORDAZA PERU S.A., lo que hace imposible convocar a MORDAZA de seleccion, toda vez que solamente concurriria MORDAZA PERU S.A.; Que, el Director de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion, informa que la presente contratacion se financiara a traves de Recursos Ordinarios; Que, el Articulo 144º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, senala que en los

Dicha autorizacion es por el periodo de cincuenta y seis (56) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situacion de desabastecimiento inminente prevista en el articulo precedente, debiendose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- DISPONER, que la Oficina General de Auditoria inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELSA MORDAZA MORDAZA Presidente Instituto Nacional Penitenciario 02735-1

INSTITUTO MORDAZA DEL PERU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de MORDAZA PERU S.A. para realizar servicios de diqueo y otros del Buque Cientifico de Investigacion "Humboldt"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº DE-191-2006 Callao, 26 de setiembre de 2006 VISTOS: Memorando Nº ULeI-1168-2006

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.