Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2006 (06/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 6 de octubre de 2006

las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o refacciones, demoliciones y declaratorias de fabrica, entre otros; requiriendose de acuerdo al Articulo 92º que toda obra de construccion, conservacion, refaccion o modificacion del inmueble, sea publica y privada, obtenga la licencia de construccion en su jurisdiccion; Que, de conformidad con el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 es atribucion de la municipalidad crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley; siendo necesario brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales referidas a la regularizacion de licencias de construccion. Y de conformidad con el articulo 47º de la Ley Nº 27972 el Concejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas; Que, mediante Informe Nº 702-2006-DOPP/GDU/ MDSMP la Division de Obras Publicas y Privadas, da cuenta de la existencia de MORDAZA sectores en los cuales se ha construido o MORDAZA edificaciones sin la correspondiente Licencia de Obra y recomienda se otorgue el Beneficio de Regularizacion de edificaciones construidas sin autorizacion municipal, favoreciendo principalmente a los sectores sociales de menores ingresos; Que, mediante Memorandum Nº 1035-2006/GDU/ MDSMP la Gerencia de Desarrollo MORDAZA solicita se establezca el Beneficio de Regularizacion de Licencia y se brinde un tratamiento especial de pago dada la realidad socio-economica de los sectores mas deprimidos y de limitados recursos en el distrito y se inicie una MORDAZA de Regularizacion de Licencias de Obra, mediante el procedimiento a que se refiere la Ley Nº 27157, estableciendo el plazo de regularizacion de edificaciones sin Licencia de Construccion y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA, desde la publicacion de la presente Ordenanza hasta el 15 de diciembre del 2006; Estando al Informe Nº 1284-2006/GAJ-MDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica y estando en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el Primer Regidor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De la MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta se aprobo el siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Establezcase para toda la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, el beneficio de regularizacion de edificaciones construidas sin Licencias de Obra hasta el 31 de diciembre del 2005, cuyo procedimiento esta establecido de acuerdo a la Ley Nº 27157 y su Reglamento(D.S. Nº 008-2000-MTC); respecto al regimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad comun y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA, que cuenten como minimo con expediente iniciado en la Division de Habilitacion MORDAZA y/o estudios preliminares aprobados y/o con aprobacion de habilitaciones urbanas con o sin recepcion de obras. Articulo Segundo.- Los infractores y/o beneficiarios que se acojan a la presente Ordenanza y obtengan su Licencia de Obra en Via de Regularizacion gozaran de la condonacion de las multas administrativas correspondientes de acuerdo a la Ley Nº 27972; incluyendo a los que estuvieran en Cobranza Coactiva;

exceptuandose las que se encuentren con medidas cautelares y/o procedimientos de ejecucion. Articulo Tercero.- Aprobar los siguientes DERECHOS DE PAGO por la obtencion de la Licencia de Obra en Via de Regularizacion: 1. Para edificaciones de uso residencial cuyo area del terreno no supere los 250.00 m2: a) Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones en edificaciones de hasta dos pisos y azotea de 30 m2 de area techada, el pago unico es de S/. 350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y/00 NUEVOS SOLES). b) Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, en edificaciones mayores de dos pisos, se realizara el pago de S/.350.00 por los dos primeros pisos, mas el 0.3% del valor de la Obra correspondiente al area techada superior a los dos pisos. c) Por regularizar la licencia de obra, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones, de edificaciones mayores de dos pisos, se realizaran los siguientes pagos: - Derecho de tramite 0.3% V.O., MIN. 1.5% U.I.T. (al ingresar el expediente) - Derecho de licencia 0.6% V.O., MIN. 2.5% U.I.T. - Derecho de pistas y veredas 0.3% V.O., MIN. 1% U.I.T. 2. Para edificaciones de uso residencial, comercial, educacion, salud, taller-vivienda e industrial Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones se realizaran los siguientes pagos: - Derecho de tramite 0.3% V.O., MIN. 1.5% U.I.T. (al ingresar el expediente) - Derecho de licencia 0.6% V.O., MIN. 2.5% U.I.T. - Derecho de pistas y veredas 0.3% V.O., MIN. 1% U.I.T. Articulo Cuarto.- Establecer los requisitos minimos para la MORDAZA de los Expedientes de Regularizacion de Licencia de Obra: - Carpeta: FOM, Hoja de Tramite, FUO PARTE 1 por triplicado (debidamente firmado por el/los propietarios, abogado, arquitecto o Ingeniero Civil) de conformidad a la Ley Nº 27157 - Documento que acredite propiedad: MORDAZA certificada o literal con inscripcion registral, Titulo o Testimonio de propiedad, adjudicacion, contrato de compraventa del lote o acciones efectuadas por el propietario debidamente acreditado, donde figuren areas, linderos y medidas perimetricas debidamente actualizadas. - MORDAZA fedateada del documento de identidad. - Planos de Arquitectura (ubicacion o localizacion conforme lo senalado en la Ley Nº 27157, planos de distribucion, cortes y elevaciones. - Carta de seguridad de obra firmada por el profesional responsable. - Fotografias a color de la fachada con relacion a la volumetria y al alineamiento de la seccion de via. - Certificado de Retiro de ser el caso - Presentar las categorias aplicables a la edificacion a regularizar, segun el Cuadro de Valores Unitarios Oficiales de edificaciones publicado en el Diario Oficial El Peruano al 31 de octubre del 2005; debidamente firmado por el profesional responsable y propietario. - Comprobante de Pago por Revision de Proyectos emitido por el Colegio de Arquitectos del Peru. - Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios para acogerse a la Ordenanza - Certificado de Habilitacion Profesional (CAP) o Certificado de Habilitacion de Proyectos (CIP). - Para edificaciones que no MORDAZA de uso residencial la Comision Tecnica Calificadora de Arquitectura, podra solicitar otros documentos adicionales para la mejor revision y calificacion del proyecto.

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