Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2006 (06/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano viernes 6 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
Mando se publique y cumpla.

329773

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, desde el inicio del Gobierno Regional de MORDAZA, en el ano 2003, a la fecha se han ejecutado obras de infraestructura social y economica, en beneficio de la poblacion en todo el ambito de la Region Arequipa; asimismo ha recibido en propiedad obras de infraestructura que le transfirio el ex CTAR Arequipa; Que, las obras de infraestructura necesitan de una administracion y mantenimiento permanente para que puedan servir a la finalidad de su ejecucion, por lo que deben ser transferidas a los sectores y organismos competentes, para lo cual se requiere de la normatividad que conduzca el procedimiento de tales transferencias, por lo que Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con los Articulos 9º, 10º y 15º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria la Ley Nº 27902, es competente para dictar las normas relativas a la administracion de sus bienes, a la gestion regional y a la transferencia de sus bienes muebles e inmuebles; Estando el Dictamen Nº 009-2006-CI/CRA de la Comision de Infraestructura y a lo acordado por el Consejo Regional en Sesion Ordinaria llevada a cabo el veintisiete de septiembre del ano dos mil seis; HA APROBADO: Articulo Primero.- AUTORICESE a la Gerencia Regional de Administracion, el inicio del MORDAZA de Transferencias de las Obras de Infraestructura social y economica financiadas por el Gobierno Regional y las transferidas por el Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA, a las instituciones publicas y privadas que corresponda, para su administracion y mantenimiento. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administracion, efectue las coordinaciones institucionales con las Gerencias Regionales de Infraestructura, Asesoria Juridica y Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que elaboren las normas correspondientes que permitan la realizacion de las transferencias citadas. Articulo Tercero.- Las Gerencias Regionales de Infraestructura; de Desarrollo Social; de Desarrollo Economico y Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, segun corresponda vigilaran que las obras de infraestructura social y economica transferidas, cumplan con el uso para el que fueron financiadas, tengan la correcta administracion y se les otorgue el mantenimiento debido. Articulo Cuarto.- Las Direcciones Regionales Sectoriales y demas dependencias del Gobierno Regional de MORDAZA, podran efectuar la transferencia en propiedad de las obras financiadas, conforme a las normas que establezcan para la Sede del Gobierno Regional de Arequipa. Articulo Quinto.- Encarguese a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que formule la Directiva que norme el MORDAZA de Transferencia de las Obras de Infraestructura Social y Economica y los Proyectos de Inversion Publica, financiados por el Gobierno Regional, en un plazo de sesenta (60) dias calendario. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los veintisiete dias del mes de septiembre del dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO:

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de septiembre del dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 02756-2

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Programacion, Organizacion y Ejecucion de la MORDAZA de Vacunacion para la Eliminacion de la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita y .ortalecer la Erradicacion del Sarampion a nivel regional
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 247-2006-CR/RMDD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el dia veintiuno y continuada el veintidos de septiembre del dos mil seis, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional; y, CONSIDERANDO: Que, una de las funciones en materia de salud de los Gobiernos Regionales es la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, coordinar las acciones de salud integral en el ambito regional; Que, es tambien funcion del Gobierno Regional promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de la salud; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 342-2004/ MINSA de fecha 30 de marzo del 2004, se aprobo la Directiva Nº 33-MINSA/DGSP-V.03 "Esquema o calendario de Vacunacion" cuya finalidad ha sido modificar el uso de algunas vacunas para su aplicacion en los establecimientos de salud, con ello se ha logrado reducir la incidencia de enfermedades inmuno prevenibles, modificandose la situacion epidemiologica de dichas enfermedades; Que, con Resolucion Ministerial Nº 347-2005/MS de fecha 22 de MORDAZA del 2005, aprueba la Directiva Nº 033MINSA/DGSP-V.03 "Esquema o calendario de Vacunacion" que viene a ser el ordenamiento secuencial cronologico de aplicacion minima de vacunas que administrados sistematicamente a las personas de un MORDAZA, inducen una respuesta de proteccion o inmunizacion adecuada frente a las enfermedades inmuno prevenibles; Que, el Ministerio de Salud, Direccion Regional de Salud, Direcciones de Redes de Salud del ambito Regional, han programado en el presente ano la MORDAZA de Vacunacion Contra la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita, debiendo realizarse entre el primero de octubre al cinco de noviembre del 2006, en razon de que esta enfermedad es propia de la infancia, generalmente de curso MORDAZA, prevenible por vacuna, se trasmite de persona a persona, siendo una consecuencia grave de infeccion por rubeola en el embarazo; ya que afecta al feto en formacion y puede producir la muerte intrauterina entre otras deformaciones fisico-mentales; Que, en la estacion pedidos el Consejero Regional don MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito se determine mediante acuerdo la MORDAZA de Vacunacion de la Rubeola a nivel Regional, sustentandolo de acuerdo a Ley;

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