Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2006 (06/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano viernes 6 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y sus modificatorias; el mismo que dispone que la caducidad sera declarada mediante Resolucion Gerencial, emitida por la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables del INRENA; Que, asimismo, los hechos expuestos constituirian infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, ya que con su conducta el concesionario habria incurrido en lo dispuesto en los literales c) i), l) y w) del articulo 363º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre; por lo que corresponderia aplicar las sanciones previstas en los articulos 365º y 366º de la misma norma; Que, el articulo 356º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, senala, en cuanto a la potestad sancionadora de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables - OSINFOR, que esta es la autoridad administrativa competente para aplicar las sanciones administrativas correspondientes por el incumplimiento de los contratos de concesion forestal con fines maderables y los planes de manejo forestal respectivos; Que, el articulo 7º del Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, y modificado por Resolucion Jefatural Nº 209-2006INRENA, de fecha 1 de agosto de 2006, establece que, cuando exista un aparente riesgo que pueda afectar la eficacia de la resolucion a emitir, se podran disponer las medidas cautelares que resulten necesarias, teniendo en cuenta lo dispuesto por los articulos 146º y 236º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en el presente caso, existen indicios razonables y suficientes para presumir que el concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria incurrido en las causales de caducidad del derecho de aprovechamiento, senaladas en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y d e Fa u n a S i l ve s t r e, c o n c o r d a n t e s c o n l a s consignadas en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y sus modificatorias, por lo que, resulta necesario adoptar las medidas cautelares que aseguren la eficacia de la resolucion a emitir; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; con el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, y modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, y modificado por Resolucion Jefatural Nº 209-2006-INRENA-IFFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Iniciar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-065-02, el procedimiento administrativo unico, previsto en la Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, modificado por Resolucion Jefatural Nº 209-2006-INRENA, por la presunta contravencion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, tipificada en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-

2001-AG, y sus modificatorias, hechos que determinarian la declaracion de caducidad de su derecho de concesion; asi como por la presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, tipificada en los literales c) i), l) y w) del articulo 363º del precitado Reglamento, por lo que corresponderia aplicar las sanciones previstas en sus articulos 365º y 366º. Articulo 2º.- Otorgar al concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, un plazo de 05 (cinco) dias habiles, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion Gerencial, para que presente los descargos que considere pertinentes, debiendo senalar en los mismos su domicilio procesal. Articulo 3º.- Dictar la medida cautelar suspendiendo los efectos de la Resolucion de Intendencia Nº 099-2003INRENA-IFFS, de fecha 9 de setiembre de 2003, por la cual se aprueba el Plan Operativo Anual (POA) del primer ano (zafra 2002) de vigencia de la concesion, de la Resolucion Administrativa Nº 056-2004-INRENA-ATFFSPuc, de fecha 3 de febrero de 2004, por la cual se aprueba el Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional; y de igual forma, suspender los efectos de los Planes Operativos Anuales de la MORDAZA, tercera y cuarta zafra aprobados por Resolucion de Intendencia Nº 112-2005-INRENA-IFFS, de fecha 29 de MORDAZA de 2005, Resolucion Administrativa Nº 590-2005-INRENA-ATFFSPUCALLPA, de fecha 30 de noviembre de 2005, y por Resolucion Administrativa Nº 568-2006-INRENA-ATFFSPUCALLPA, de fecha 2 de setiembre de 2006, respectivamente. Articulo 4º.- Suspendanse los efectos de las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas en el INRENA para la movilizacion de los saldos de los volumenes autorizados, mediante los Planes senalados en el articulo precedente; ordenandose al concesionario, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se abstenga de utilizar las mismas para la movilizacion de los referidos volumenes. Articulo 5º.- Suspendase la entrega de Guias de Transpor te Forestal de productos forestales transformados, por los saldos de los volumenes autorizados en el Plan Operativo Anual de la primera zafra aprobado por Resolucion de Intendencia Nº 0992003-INRENA-IFFS, de fecha 9 de setiembre de 2003, en el Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional aprobado por Resolucion Administrativa Nº 056-2004-INRENA-ATFFS-Puc, de fecha 3 de febrero de 2004; y de igual forma, por los saldos de los volumenes autorizados en los Planes Operativos Anuales de la MORDAZA, tercera y cuarta zafra, aprobados por, Resolucion de Intendencia Nº 112-2005-INRENA-IFFS, de fecha 29 de MORDAZA de 2005, Resolucion Administrativa Nº 590-2005INRENA-ATFFS-PUCALLPA, de fecha 30 de noviembre de 2005, y por Resolucion Administrativa Nº 568-2006INRENA-ATFFS-PUCALLPA, de fecha 2 de setiembre de 2006, respectivamente. Articulo 6º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, para que a traves de las Administraciones Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA ejecute lo dispuesto en la presente Resolucion Gerencial, procediendo a inmovilizar los productos forestales provenientes de la referida concesion, amparados con las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados, por los saldos mencionados en el articulo 4º de la presente Resolucion Gerencial, quedando a salvo los derechos de terceros, quienes podran acreditar sus derechos ante dichos organos, siempre que estos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo unico. Articulo 7º.- Notificar la presente resolucion al senor MORDAZA Riera MORDAZA, titular del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-065-02, y a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, para que MORDAZA conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Articulo 8º.- La documentacion dirigida a la OSINFOR debera ser presentada ante la Administracion Tecnica

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