Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2007 (18/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Anexo 3

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de enero de 2007

17. Suspender o interrumpir el servicio sin causa justificada. D. Reclamos Graves 18. Incumplir el procedimiento de reclamos establecido por la SUNASS de manera sistematica o reiterada. E. Derechos de los usuarios

Indicadores de Gestion de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento El Sistema de Indicadores de Gestion y su Documento de Analisis de Impacto Regulatorio aprobados mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 010-2006-SUNASSCD para ser aplicados a todas las EPS, forman parte integrante de la presente Resolucion. Anexo 4

Muy graves Tipificacion de Infracciones A. Regimen tarifario y metas de gestion Muy graves 1. Aplicar estructuras tarifarias distintas a las aprobadas por la SUNASS. 2. Aplicar tarifas distintas a las aprobadas por la SUNASS. 3. Incumplir con las metas de gestion establecidas por SUNASS. 4. Utilizar las reservas correspondientes a las previsiones hechas en el Plan Maestro Optimizado para inversiones futuras, para fines distintos a los cuales estan destinados de acuerdo con el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Graves 5. Cobrar precios mayores a los establecidos para los servicios colaterales de manera sistematica o reiterada. B. Facturacion y medicion Graves 6. Mantener instalados medidores que la EPS conoce que sobreregistran, de manera sistematica o reiterada. 7. Efectuar cobros indebidos por conceptos expresamente establecidos como libres de pago, por servicios no prestados, por montos materia de un procedimiento de reclamo, u otra causa, de acuerdo a la normativa vigente, de manera sistematica o reiterada. 8. Incumplir con el procedimiento de facturacion establecido por la SUNASS como practica sistematica o reiterada. 9. No reinstalar los medidores de consumo de agua potable en los plazos establecidos por la SUNASS, de manera sistematica o reiterada. Leves 10. Que los comprobantes de pago no contengan la informacion establecida por la SUNASS. C. Calidad del servicio Muy Graves 11. No atender o no solucionar en el plazo establecido por la SUNASS, lo siguiente: - Inundaciones en la via publica - Desbordes de reservorios o de desagues - Roturas de tuberias en redes matriz y secundaria - Atoros en la red de alcantarillado. 12. No informar a la poblacion en el plazo establecido por la SUNASS, sobre la ocurrencia de un caso fortuito o de fuerza mayor que afecte la continuidad y calidad del servicio Graves 13. No informar a la poblacion en el plazo establecido por la SUNASS, sobre cortes programados del servicio 14. Mantener abierto el buzon del sistema de alcantarillado o un MORDAZA, por mas de 24 horas. 15. No instalar o mantener inoperativos los sistemas de purga de redes, purga de aire y grifos contra incendios. 16. Incumplir la normativa vigente respecto del mantenimiento, limpieza y desinfeccion de reservorios y cisternas de agua potable. 27. Impedir u obstaculizar la labor del personal de la SUNASS o los Terceros Supervisores debidamente acreditados. Graves 28. No brindar facilidades al personal de la SUNASS o a los Terceros Supervisores debidamente acreditados, para la ejecucion de acciones de supervision o fiscalizacion. H. Aportes y fondos Graves 29. No cumplir con presentar la Declaracion Jurada correspondiente a la liquidacion del aporte por regulacion a pagar a la SUNASS en el plazo establecido. I. Normas emitidas por la SUNASS Muy graves 30. Incumplir las medidas cautelares o medidas correctivas impuestas por la SUNASS 31. Incumplir las normas de caracter particular emitidas por la SUNASS en ejercicio de la funcion normativa 32. Incumplir las resoluciones emitidas por el TRASS. 19. No suspender el suministro de agua cuando su consumo implique un riesgo inminente para los usuarios. Graves 20. Negativa de la empresa a brindar el servicio de agua potable o alcantarillado cuando exista factibilidad tecnica para hacerlo, de manera sistematica o reiterada. 21. Incumplir el procedimiento para contrastacion de medidores de agua potable de manera sistematica o reiterada. Leves 22. No exhibir en lugar visible al usuario, lo siguiente: - Afiches, carteles y cartillas de orientacion que contengan informacion sobre las normas aprobadas por la SUNASS para la atencion de reclamos de usuarios de servicios de saneamiento. - La lista de entidades contrastadoras autorizadas - Los precios de cada servicio colateral F. Remision de informacion Muy graves 23. Proporcionar informacion falsa o adulterada a la SUNASS. Graves 24. No proporcionar la informacion requerida por la SUNASS. 25. No mantener los registros auditables o verificables que indique la SUNASS. Leves 26. Proporcionar con retraso la informacion solicitada por la SUNASS. G. Acciones de supervision Muy graves

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