Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2007 (18/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de enero de 2007

MORDAZA, conformado por diez (10) Capitulos, noventicinco (95) articulos, una (1) Disposicion Transitoria y dos (2), Disposiciones Finales, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- APROBAR EL CUADRO DE COMISIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA que forma parte de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento MORDAZA la organizacion interior del Concejo del distrito de MORDAZA MORDAZA, precisa las competencias que la ley establece, el ambito de las atribuciones de sus miembros, el desarrollo de las Sesiones, la determinacion de las Comisiones de Concejo y sus funciones conforme a la Ley Organica de Municipalidades y otros dispositivos legales. Articulo 2º.- Competencia y Funciones del Concejo Las competencias y funciones del Concejo se encuentran descritas conforme a la Ley Organica de Municipalidades y a la Constitucion Politica del Peru. CAPITULO II DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO Articulo 3º.- Constitucion del Concejo El Concejo esta constituido por el MORDAZA y los Regidores, elegidos en sufragio directo por los vecinos del distrito. Articulo 4º.- Numero legal El numero legal de miembros del Concejo es de diez. Articulo 5º.- Funcion de MORDAZA El MORDAZA representa al vecindario, es el representante legal de la Municipalidad. Ejerce funciones administrativas del gobierno local de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades. El MORDAZA, en su condicion de Presidente del Concejo Municipal, tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: 1. Las establecidas en el Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades. 2. Convoca, preside y da por concluidas las Sesiones del Concejo Municipal. 3. Propone proyectos de ordenanzas y acuerdos elaborados por la funcion ejecutiva del Gobierno Local. 4. Formula su MORDAZA dirimente en caso de empate. 5. Tramita las solicitudes de informacion que formulan las Comisiones del Concejo, asi como aquellas que efectuen los Regidores. 6. Tiene a su cargo la direccion de los debates y la prerrogativa de exigir a los Regidores que se conduzcan con respeto y buenas maneras durante las sesiones. 7. Concede el uso de la palabra en los terminos reglamentarios. 8. Exige a los Regidores que no se desvien de la cuestion materia de debate ni vuelvan a tratar sobre un debate que MORDAZA concluido. Pudiendo suspender el uso de la palabra al Regidor que persista en esta actitud. 9. Exige el retiro de frases ofensivas proferidas contra los miembros del Concejo Municipal, contra los funcionarios y demas personas; proponiendo de ser necesario, las sanciones reglamentarias. 10. Ordena el desalojo de la Sala de Sesiones de personas extranas a la sesion, cuya presencia perturbe el normal desarrollo de la misma. 11. Ordena el desalojo de la Sala de Sesiones cuando se produzcan desordenes, sin perjuicio de la responsabilidad de los infractores. 12. Suspende la Sesion hasta que se restablezca el orden en la Sala, y convocar a los regidores para armonizar criterios sobre el normal desarrollo de las sesiones.

13. Dispone la publicacion de los nombres de los Regidores que no asisten puntualmente a las sesiones. Articulo 6º.Delegacion de atribuciones administrativas y politicas del MORDAZA El MORDAZA puede delegar sus atribuciones politicas en un regidor habil y las administrativas en el Gerente Municipal. Son atribuciones politicas delegables las prescritas en los numerales 1, 2, 4, 5, 12, 13, 14, 16, 21, 30, 32 y 34 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades. Las demas se consideran atribuciones administrativas. Articulo 7º.- Funciones de los Regidores Los Regidores desempenan su funcion conforme a la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 8º.- Atribuciones de los Regidores Son atribuciones de los Regidores: 1. Proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos 2. Formular pedidos, informes y mociones. 3. Desempenar, por delegacion, las atribuciones politicas del Alcalde. 4. Desempenar funciones de fiscalizacion de la gestion municipal. 5. Las demas establecidas en el presente Reglamento. Articulo 9º.- Informe de fiscalizacion El resultado de la fiscalizacion que realicen los regidores, debera ser remitido al Despacho de Alcaldia dentro del plazo de cinco (5) dias habiles de recibida la informacion. Podran solicitar un plazo adicional de cinco (5) dias si la envergadura del caso asi lo requiere, a fin de que el MORDAZA en uso de sus atribuciones aplique las medidas correctivas que correspondan. Articulo 10º.- Obligaciones de los Regidores Son obligaciones de los Regidores: 1. Integrar, asistir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales determinadas en el presente Reglamento, asi como en las reuniones de trabajo que correspondan. 2. Mantener comunicacion con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al Concejo y proponer las soluciones a los diversos problemas. 3. Las demas establecidas en el presente Reglamento. Articulo 11º.- Responsabilidad de los Regidores Los Regidores son responsables, individualmente, por los actos violatorios de la ley practicados en el ejercicio de sus funciones y, solidariamente, por los acuerdos adoptados contra la ley, a menos que salven expresamente su MORDAZA, dejando MORDAZA de ello en actas. Articulo 12º.- Moderacion de las intervenciones de los Regidores Los Regidores deben guardar moderacion en sus intervenciones, evitando utilizar palabras o frases ofensivas y cinendo sus intervenciones a la materia de su pedido, informe o punto en debate, limitandose al tiempo MORDAZA establecido en el presente Reglamento. Los Regidores deben votar en los asuntos que se sometan a decision del Concejo; no pudiendo retirarse de la Sesion en el momento de la votacion. Articulo 13º.- Sanciones Por incumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento los Regidores pueden ser sancionados por falta grave con la suspension del su cargo por un periodo MORDAZA de 30 dias. Para la aprobacion de la suspension se realiza por mayoria simple en Sesion Ordinaria o Extraordinaria conforme determina la convocatoria. Articulo 14°.- Causales de falta grave Los Regidores cometen Falta Grave en los siguientes supuestos: 1. Incumplir las normas establecidas en el presente reglamento. 2. Impedir el funcionamiento del servicio publico. 3. Inasistir a seis sesiones ordinarias no consecutivas durante tres meses de las Sesiones de las Comisiones Ordinarias de Concejo que integran.

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