Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2007 (18/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de enero de 2007

El actual articulo 13º65 del RSF permite que la Gerencia General delegue en el organo competente para acciones de supervision (GSF) la imposicion de medidas correctivas, en general o para casos especificos. Como se expuso en el diagnostico contenido en el presente documento, existe la necesidad de que las medidas correctivas se impongan con la mayor celeridad e inmediatez posibles, para que cumplan con corregir los problemas detectados. Por tanto, se considera necesaria la delegacion de facultades para la imposicion de medidas correctivas de manera general, a favor de la GSF. Posteriormente, en caso la EPS no cumpla con la medida correctiva dictada por la SUNASS, ello podra considerarse como una infraccion, en aplicacion del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por la SUNASS. 4.3.2. Facultad del Organo Resolutivo La SUNASS otorga especial importancia al cumplimiento de las obligaciones de las EPS, MORDAZA que a la imposicion de sanciones. Ademas, este regulador tiene MORDAZA que MORDAZA las caracteristicas de las EPS y del sector saneamiento, la imposicion de una multa en muchos casos puede resultar en un agravamiento de las circunstancias en perjuicio de los usuarios. Por ello, la propuesta incorpora la facultad de la Gerencia General y del Consejo Directivo, para que luego del analisis correspondiente, dispongan que se archive el procedimiento o se imponga amonestacion escrita en los casos de infracciones graves o muy graves. Esto podra realizarse siempre que la EPS MORDAZA llevado a cabo todas las medidas necesarias a efectos de mitigar las consecuencias de la infraccion en que ha incurrido. 4.3.3. Compromiso de cese de actos que constituyen infraccion Se trata de una figura contemplada en el actual Reglamento de Supervision, la cual se ha perfeccionado en los siguientes aspectos: - El compromiso de cese debera incluir el plazo en el cual la EPS subsanara la infraccion cometida. - El procedimiento administrativo sancionador se suspende como MORDAZA por dicho plazo. - Al vencimiento del plazo incluido en el compromiso, la GSF verificara su cumplimiento. De esta manera, los procedimientos no quedaran suspendidos indefinidamente. - El incumplimiento del compromiso asumido por la EPS con la SUNASS se considera un agravante para la imposicion de la sancion. 4.3.4. Descuento por pronto pago. En la comparacion con los mecanismos utilizados por otros reguladores efectuada en el diagnostico del presente documento, puede apreciarse que existen tres criterios para la aplicacion de descuentos por pronto pago: (i) en relacion a la gravedad de la infraccion cometida, (ii) en relacion al tiempo transcurrido desde la imposicion de la sancion, y (iii) en funcion al tiempo tomado para subsanar la infraccion. La SUNASS incluye en su propuesta oportunidades para que la EPS subsane su incumplimiento MORDAZA de llegar a imponer la sancion, empezando con la posibilidad de presentar descargos a la observaciones formuladas en el informe de supervision de MORDAZA o de sede, luego de iniciado el procedimiento administrativo sancionador, la EPS puede proponer un compromiso de cese de conducta infractora, cumplir con subsanar el incumplimiento y posibilitar la conclusion del procedimiento sin imposicion de multa. Si cumplido todo el MORDAZA sin subsanacion se impone la multa, se incorpora como un beneficio final para las EPS, un descuento del 50% de la multa impuesta en caso cumplan con realizar el pago MORDAZA del vencimiento del plazo para impugnar la resolucion, lo cual implica la renuncia a su derecho a impugnarla. Caso contrario, si la EPS decide impugnar la resolucion que impone la sancion no se aplicara descuento alguno al monto de la multa impuesta, y si se confirma la resolucion impugnada, se publicara la resolucion que resuelve el recurso en un diario local.

4.3.5. Tipificacion de infracciones La tipificacion de infracciones se realiza en ejercicio de la funcion normativa, sobre la base del Reglamento General de la SUNASS.66 Las principales modificaciones propuestas en cuanto a la tipificacion de las infracciones, se refieren a lo siguiente: 1. Se ha reordenado las infracciones, agrupandolas por tema, y dentro de cada tema, por gravedad. Este MORDAZA orden facilita la comprension de las conductas infractoras en relacion a los aspectos de la prestacion del servicio que la SUNASS requiere proteger. Los grupos de infracciones propuestos son los siguientes: a) Regimen tarifario y metas de gestion. b) Facturacion y medicion. c) Calidad del servicio. d) Reclamos. e) Derechos de los usuarios. f) Remision de informacion. g) Acciones de supervision. h) Aportes y fondos. i) Normas emitidas por la SUNASS. 2. Se elimina las infracciones relacionadas con la calidad del agua. En su lugar, se incorpora como grupo de infracciones, aquellas referidas a la calidad en la prestacion de los servicios. 3. Se elimina las infracciones orientadas a problemas de un usuario individual, reemplazandolas por infracciones referidas a incumplimientos reiterados de las EPS, que constituyan una practica MORDAZA, y que por tanto afecten a un numero significativo de usuarios. Esta modificacion se MORDAZA en el MORDAZA de actuacion basado en el analisis costo - beneficio67, segun el cual la SUNASS debe actuar, en la consideracion de los diversos costos administrativos y de recursos que se emplean para llevar a cabo un procedimiento administrativo. Asimismo, debe tenerse en cuenta que la via para la solucion de los problemas que pueda tener un usuario individual es la MORDAZA de un reclamo ante la EPS. Esta modificacion se ha reflejado en la introduccion de infracciones tales como el incumplimiento reiterado de las normas sobre contrastacion de medidores, sobre reclamos de usuarios y sobre el procedimiento de facturacion. Para determinar el incumplimiento sistematico o reiterado, la GSF tomara en cuenta el registro de conducta con el que cuenta. 4. Reduccion del numero de infracciones: la eliminacion de los temas individuales y el reordenamiento de las infracciones en grupos ha llevado a que el proyecto incluya treinta y dos (32) infracciones, en lugar de las cincuenta y una (51) actuales. A continuacion se explica brevemente algunos cambios importantes:

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Reglamento de Supervision y Fiscalizacion, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 015-2004-SUNASS-CD. Articulo 13º- Medidas correctivas. 13.2 La Gerencia General de la SUNASS tiene competencia para la imposicion de las medidas correctivas en los casos senalados en el acapite anterior, sobre la base de la informacion que sea proporcionada por los organos competentes o terceros encargados de las acciones de supervision a que se refiere el articulo 16º del Reglamento. La Gerencia General de la SUNASS podra delegar a su vez la competencia para la imposicion de medidas correctivas en el organo competente para la realizacion de las acciones de supervision, respecto de aquellas con caracter general o previo a la realizacion de una accion especifica. Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Articulo 21.- Disposiciones que pueden dictarse en Ejercicio de la Funcion Normativa. En ejercicio de la funcion normativa pueden dictarse reglamentos, directivas, normas y disposiciones de caracter general referidos a: b) Reglas a las que estan sujetos los procedimientos que se sigan ante cualquiera de los ORGANOS DE LA SUNASS, incluyendo los reglamentos de infracciones y sanciones, de reclamos de USUARIOS, de solucion de controversias y en general los demas que MORDAZA necesarios segun las normas pertinentes. Reglamento General de la SUNASS. Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Articulo 4.- MORDAZA de Actuacion Basado en Analisis Costo-Beneficio. Los beneficios y costos de las acciones, decisiones y disposiciones emprendidas por la SUNASS, en la medida de lo posible, seran evaluadas MORDAZA de su realizacion.

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