Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2007 (12/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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de fecha 18.8.2006 y el Informe Tecnico SR Nº 014242006, expedidos por la MORDAZA Direccion Regional de Defensa Civil (INDECI), en el que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo Nº013-2000-PCM, se deja MORDAZA que la sala de juegos del solicitante cumple con las condiciones de seguridad exigibles a este MORDAZA de establecimientos; Que, de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 534-2006MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCS-FBB, de fecha 12.12.2006, la empresa cumple con los requisitos tecnicos exigibles para la instalacion y funcionamiento de una sala de juego de maquinas tragamonedas, encontrandose las maquinas tragamonedas autorizadas y registradas por la Direccion Nacional de Turismo; Que, de la evaluacion de la solvencia economica e idoneidad moral del solicitante y de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision, segun consta en el Informe Financiero Nº 060-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-NHDB-CADTN, de fecha 12.12.2006, la solicitante y las personas MORDAZA indicadas cumplen con los criterios de evaluacion establecidos en la Directiva Nº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT, debiendose precisar de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, que dicha evaluacion es permanente en tanto el titular mantenga vigente la autorizacion concedida; Que, la solicitante en observancia de lo establecido en los articulos 19º y siguientes de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, ha cumplido con otorgar garantia por las obligaciones y sanciones derivadas de su aplicacion y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma que se encuentra constituida por la Poliza de Caucion Nº J0069-00-2006, de fecha 15.12.2006, expedida por la Compania de Seguros de Credito y Garantias - SECREX; Que, adicionalmente resulta necesario senalar que mediante Oficio Nº 1743-2006-MDLM-GDU/SGC, de fecha 20.10.2006, la Municipalidad de La MORDAZA adjunta MORDAZA del Expediente Nº 10729-2006, en el que vecinos de la Urbanizacion MORDAZA presentaron un escrito de oposicion a la instalacion y autorizacion de funcionamiento

de la sala de juegos materia de la presente autorizacion administrativa; Que, de la revision de la oposicion presentada por los vecinos de la referida urbanizacion, se advierte que la misma carece de sustento y no senala cuales son las razones legales o tecnicas que motivan dicha oposicion; Que, la empresa solicitante ha cumplido con acreditar la observancia de los requisitos legales, tecnicos y economicos financieros establecidos en la legislacion vigente a fin de obtener una autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas en la sala de juegos del Restaurante Cinco (5) Tenedores Turistico: "Cafe Trilenium", objeto de la presente solicitud, De conformidad con las Leyes Nºs. 27153, 27796 y 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" y el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Financiero Nº 060-2006MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-NHDB-CADTN, Tecnico Nº 534-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCS-FBB y Legal Nº 793-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES URAN S.A.C., la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en la Sala de Juego del Restaurante Cinco (5) Tenedores Turistico: "Cafe Trilenium", ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA Este Nº 5193, C.C. Plaza MORDAZA, Local 13C, Mz L2, Lote 03, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por un plazo de tres (3) anos, en observancia de lo normado en el articulo 17º de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa la explotacion de doscientos veinticuatro (224) maquinas tragamonedas y cuatrocientos cuarenta y ocho (448) memorias de solo lectura, segun detalle contenido en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796, todos los requisitos y condiciones que sirvieron de base para la presente autorizacion deben mantenerse durante

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