Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2007 (07/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2007

JUSTICIA
Nombran Notaria Publica del distrito de Contamana, provincia de Ucayali
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-2007-JUS MORDAZA, 6 de marzo de 2007 VISTO, el Informe Nº 003-2007-JUS/CN, de fecha 19 de febrero de 2007, remitido por el Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de visto, el Presidente del Consejo del Notariado pone en conocimiento del Despacho Ministerial el resultado final del Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial en el Distrito Notarial de Loreto; Que, conforme consta en el acta del MORDAZA del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2004 para el ingreso a la Funcion Notarial, remitida al Consejo del Notariado por el Secretario del MORDAZA del Concurso Publico de Acceso a la Funcion Notarial del Colegio de Notarios de MORDAZA, y luego de haberse cumplido con las distintas fases del mismo, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha resultado ganadora de la plaza notarial correspondiente al distrito de Contamana, provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de Loreto; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 5º de la Ley Organica del Sector Justicia, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25993; Articulo 12º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y el Articulo 29º de la Resolucion Ministerial Nº 398-2001 - Reglamento de Concurso Publico de Meritos para el Ingreso al Notariado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Notaria Publica del distrito de Contamana, provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA, debiendo expedirse para tal efecto el Titulo correspondiente. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de MORDAZA, y a la interesada para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 33560-1

PRODUCE
Otorgan autorizacion a empresas para operar embarcaciones pesqueras de banderas hondurena, venezolana, ecuatoriana y panamena
RESOLUCION DIRECTORAL N° 046-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 22 de enero del 2007 Visto el escrito con registro Nº 00004422 de fecha 16 de enero del 2007, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 359, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa FISH CREEK NAVIGATION S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera.

Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el inciso c) del articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la empresa FISH CREEK NAVIGATION S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "EASTERN PACIFIC" de bandera hondurena, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres (3) meses; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, la recurrente acredita que la embarcacion pesquera "EASTERN PACIFIC", cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, asi como los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaria procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 041-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 008-2006-PRODUCE;el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa FISH CREEK NAVIGATION S.A., representada en el MORDAZA por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de cerco de bandera hondurena, denominada "EASTERN PACIFIC", cuyas caracteristicas se detallan en el siguiente cuadro, para la extraccion del recurso hidrobiologico atun, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas de la costa, con destino al consumo humano directo, equipada con redes de cerco de 4 pulgadas de longitud de abertura de malla, por un plazo determinado de tres (3) meses contados a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion.

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