Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2007 (07/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341145

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA y la Sede Regional de la Direccion Regional Centro Huancayo
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 140-2007-INPE/P MORDAZA, 5 de marzo de 2007 VISTOS, el Oficio Nº 029-2007-INPE/18 de fecha 31 de enero de 2007, que adjunta el Informe Tecnico N° 0022007-INPE/18.05 e Informe Legal Nº 002-2007-INPE/18 ambos de fecha 31 de enero de 2007, respectivamente, de la Direccion Regional Centro Huancayo, por el que solicita se declare en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internas y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA y la Sede Regional de la citada Region, e Informe Nº 044-2007-INPE/06 de fecha 15 de febrero de 2007, de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 17º del Codigo de Ejecucion Penal, la Administracion Penitenciaria proporciona al interno la alimentacion preparada que cumpla con las normas dieteticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante con el articulo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 050-2006INPE/P de fecha 27 de enero de 2006 se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direccion Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario para el Ano Fiscal 2006, en el cual se incluyo al Establecimiento Penitenciario de MORDAZA y la Sede Regional; Que, mediante Informe Tecnico Nº 002-2007-INPE/18.05 de fecha 31 de enero de 2007, la Direccion Regional Centro Huancayo refiere que en el ejercicio fiscal 2006, se llevo a cabo la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2006-INPE/18 para la adquisicion de alimentos preparados para internas y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA y la Sede Regional, otorgandose la buena pro al Consorcio Bromatologos, Nutricionistas, Consultores, Asesores y Servicios SRL ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, suscribiendose el correspondiente Contrato Nº 028-2006INPE/18 el 24 de noviembre de 2006; Que, mediante Informe Legal Nº 002-2007-INPE/18 de fecha 31 de enero de 2007, la Direccion Regional Centro Huancayo, manifiesta que el referido contrato viene siendo objeto de resolucion, debido a las irregularidades cometidas por el referido Consorcio en el suministro de alimentos preparados, afirmacion que se encuentra corroborada con el Informe Nº 002-2007-INPE/18-421, de fecha 8 de enero de 2007, de la Directora del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, por el que indica sobre las irregularidades que existio en la preparacion de los alimentos el 7 de enero de 2007, ocasionando malestar en la poblacion penal y personal de seguridad; asimismo, mediante Oficio Nº 040-2007-INPE/18-412 de fecha 30 de enero de 2007, se adjunta el acta de visita que realizo el representante del Ministerio Publico al citado penal, en el cual las internas le comunicaron sobre las irregularidades en el suministro de alimentos por parte de la proveedora; Que, la Direccion Regional Centro Huancayo, refiere que a pesar que en varias oportunidades se coordino con la representante del Consorcio proveedor de alimentos, a fin de que cumpla con el contrato, siguio infringiendo con la entrega de las raciones, manifiesta ademas que con fecha 31 de enero de 2007, el Consorcio Bromatologos, Nutricionistas, Consultores, Asesores y Servicios SRL ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha dejado de suministrar los alimentos para las internas y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA y de la Sede Regional;

Que, de otro lado, la citada Region refiere que en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de su jurisdiccion para el ano fiscal 2007, se tiene previsto la Licitacion Publica por Subasta Inversa Presencial Nº 0012007-INPE/18, para la adquisicion de raciones alimenticias para el consumo de personas (internos, personal de seguridad y salud), entre otros, del Establecimiento Penitenciario MORDAZA y de la Sede Regional de la Direccion Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario, el cual, de acuerdo al citado Plan Anual, se llevara a cabo los primeros dias del mes de MORDAZA de 2007 y debe concluir a fines del mismo mes y ano; Que, ante esta situacion, la Direccion Regional Centro Huancayo refiere que se debe garantizar el oportuno abastecimiento de alimentos a las internas y personal de seguridad del citado Establecimiento Penitenciario de MORDAZA y de la Sede Regional, a fin de evitar alteraciones, por lo que solicita que se declare en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados, por el periodo de noventa (90) dias calendario, hasta por la suma total de S/. 16 920,00 (Dieciseis mil novecientos veinte con 00/100 nuevos soles), importe que servira para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se ejecute la Licitacion Publica por Subasta Inversa Presencial Nº 001-2007INPE/18, para la adquisicion de raciones alimenticias para el consumo de personas (internos, personal de seguridad y salud), entre otros, del Establecimiento Penitenciario MORDAZA y de la Sede Regional, correspondiente al ejercicio fiscal 2007, ya que ante una inminente situacion de desabastecimiento del suministro de alimentos, podria ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas que comprometerian directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; Que, mediante Oficio Nº 023-2007-INPE/18.03 de fecha 1 de febrero de 2007, de la Oficina de Planificacion de la Direccion Regional Centro Huancayo, se evidencia que existe suficiente disponibilidad presupuestal para la adquisicion de los alimentos preparados solicitados; Que, mediante Informe Nº 044-2007-INPE/06 de fecha 15 de febrero de 2007, la Oficina General de Asesoria Juridica, hace MORDAZA el Informe Legal Nº 002-2007-INPE/18 de fecha 31 de enero de 2007, de la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion Regional Centro Huancayo, senalando que legalmente es viable que se declare en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para el citado Establecimiento Penitenciario de MORDAZA y de la Sede Regional; Que, debe tenerse presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y que el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera como situacion de desabastecimiento inminente a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, conforme lo dispone el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente; Que, en el articulo 148º de la normal legal acotada, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA

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