Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2007 (07/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2007

3. Comision de Infraestructura Presidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario : Mayer MORDAZA Mautino 4. Comision de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial Presidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5. Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente Presidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente : Mayer MORDAZA Mautino Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6. Comision de Fiscalizacion Presidente : MORDAZA MORDAZA Cachi MORDAZA Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7. Comision de Participacion Ciudadana y Derechos Humanos Presidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balarezo Secretario : Roy MORDAZA Ypanaque Otta 8. Comision de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales Presidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9. Comision de Asentamientos Humanos y Organizaciones Populares y Juventudes Presidente : Mayer MORDAZA Mautino Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 10. Comision de Comunidades Campesinas Presidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balarezo 11. Comision de Turismo y Artesania Presidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Vicepresidente : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA 32848-1

Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. El articulo 19º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 establece que "los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas. Las dietas son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad economica del Gobierno Regional. La MORDAZA que los aprueba y los montos de las dietas, se publican obligatoriamente. El monto de la dieta por el periodo mensual de sesiones no puede exceder de una y media (1.5) Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha del Acuerdo que las aprueba. No tienen caracter remunerativo, son renunciables y excluyentes de cualquier otra bonificacion o asignacion de similar concepto. Se abonan por cada periodo efectivo de sesiones en el transcurso del mes, a las que MORDAZA asistido el consejero". El Presidente Regional y el Vicepresidente Regional perciben una remuneracion mensual fijada por el Consejo Regional de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, siendo obligatoria la publicacion de la MORDAZA que la aprueba y su monto, conforme estipula los articulos 15º inc. f), 20º y 23º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902. Que, el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, que modifica los articulos 1º y 5º de la Ley Nº 28212, establece que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. En ningun caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA correspondiente. Asimismo, estipula que ningun funcionario o servidor publico que presta servicios al Estado bajo cualquier forma o modalidad contractual y regimen laboral, con excepcion del Presidente de la Republica, percibira ingresos mensuales mayores a seis (6) Unidades de Ingreso del Sector Publico, salvo en los meses en que corresponda las gratificaciones o aguinaldos de MORDAZA y diciembre. Que, en conformidad con los articulos 15º inc. f), 19º inc. a), 20º y 23º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, y demas normas pertinentes; previa las deliberaciones del caso, el Consejo Regional en sesion ordinaria por unanimidad; ACUERDA: Articulo Primero.Fijar la remuneracion bruta mensual del Presidente Regional en S/. 14,300.00 (CATORCE MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el ejercicio 2007. Articulo Segundo.- Fijar la remuneracion bruta mensual del Vicepresidente Regional en S/. 10,500.00 (DIEZ MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el ejercicio 2007. Articulo Tercero.- Fijar el monto de la dieta de los Consejeros Regionales por el periodo mensual de sesiones en S/. 4,290.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el ejercicio 2007. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA, 16 de enero de 2007. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Presidente 32848-2

Fijan montos de remuneraciones del Presidente y Vicepresidente Regional y de dietas de Consejeros Regionales
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 002-2007-GRA/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH; VISTO: En sesion ordinaria de Consejo Regional, realizado en la MORDAZA de Chimbote el dia 11 de enero de 2007, visto el pedido del Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referido a la remuneracion del Presidente Regional y Vicepresidente Regional, y dietas de los Consejeros Regionales; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional es el MORDAZA organo del Gobierno Regional de MORDAZA, es MORDAZA en el ejercicio de sus funciones, ejerce su funcion normativa a traves de la aprobacion de ordenanzas y acuerdos regionales, de acuerdo a lo establecido en el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902. Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo

Delegan al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial 1a facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 0137 - 2007-GRA/PRE MORDAZA, 1 de marzo del 2007

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