Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2007 (07/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2007

de Aplicacion de Sanciones, aprobado mediante Ordenanza N° 130-MJM la infraccion y sancion siguiente:
DESCRIPCION DE LA INFRACCION preventiva RANGO % DE LA UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA

04-413

Utilizar

las

ventanas,

3 dias

10%

Retiro

balcones y fachadas de edificios e inmuebles en general para tender o colgar ropa, cortinas, alfombras o similares que atente contra el ornato distrital y/o colocar tendederos, palos, cordeles o cualquier otro artefacto, aparato o dispositivo que tenga la misma finalidad

una Tarifa Social por la Apertura del Pliego Matrimonial y la Celebracion del Matrimonio Civil, para aquellos usuarios que participen del Matrimonio Civil Comunitario de Lince; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 233º , 234º y 248º del Codigo Civil; En uso de las que se confieren en los Articulos 9° Inc. 9) y 40° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Lince aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA EXONERACION DE PAGOS DE DERECHOS POR APERTURA DEL PLIEGO MATRIMONIAL Y POR CELEBRACION DE MATRIMONIO, PARA LA REALIZACION DEL MATRIMONIO COMUNITARIO 2007 Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del pago de derechos por Apertura del Pliego Matrimonial y por Celebracion Matrimonial, para los usuarios que participen del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 19 de MORDAZA del presente ano. Articulo Segundo.- Disponer un pago unico de S/. 90.00 Nuevos Soles, por derecho de Apertura de Pliego Matrimonial y Celebracion Matrimonial, incluyendo Certificados Medicos Pre-Nupciales, para aquellos usuarios comprendidos en el Articulo Primero de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General, a traves de la Jefatura del Registro Civil, a las Gerencias de Administracion e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 33409-1

Articulo Tercero.- OTORGUESE a todos los propietarios y/o poseedores de inmuebles de la circunscripcion de MORDAZA MORDAZA un plazo de veinte (20) dias calendario, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza, para adecuarse a lo establecido en la presente MORDAZA, vencido el cual se procedera a aplicar la sancion a que se refiere el Articulo Segundo. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Comunicaciones y a la Unidad de Participacion Vecinal, la organizacion de una intensa MORDAZA de difusion preventiva y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 32858-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Exoneran del pago de derechos la apertura de pliego matrimonial y la celebracion de matrimonio civil comunitario
ORDENANZA N° 176-MDL Lince, 28 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, dentro de los derechos sociales y economicos que regula el Capitulo II del TItulo I de la Constitucion Politica del Peru, se senala en el Art. 4° que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociendolo como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion, de acuerdo a lo regulado en el Articulo 73° numeral 6.2 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, en adicion a las funciones de caracter social y comunal que ejercen los Gobiernos Locales es politica de la Municipalidad de Lince brindar las mayores facilidades posibles a los vecinos del distrito que deseen formalizar y/o regularizar su situacion conyugal, contribuyendo de esta manera con fortalecer la unidad familiar como celula basica de la familia; Que, las Comisiones Permanente de Regidores de Asuntos Legales y Economia y Administracion a traves del Dictamen Conjunto Nº 001, opinan a favor de establecer

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Autorizan sorteo como medio de incentivo por la puntualidad en el pago de las obligaciones tributariasCampana 2007
ORDENANZA Nº 104 San MORDAZA de Lurigancho, 24 de febrero de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha; el Informe Nº 033-2007-GR/MSJL, emitido por la Gerencia de Rentas, de fecha 16 de febrero del 2007, mediante el cual se propone la realizacion de un sorteo entre los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago de sus obligaciones tributarias y aquellos que realicen un pago minimo de S/. 200.00; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru;

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