Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2007 (07/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341159

Institucionalizan el 8 de marzo como el Dia de la Mujer en la Region San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2007-GRSM/CR Moyobamba, 1 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion para el desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como una de las finalidades esenciales de los Gobiernos Regionales el "...garantizar el ejercicio pleno de los derechos y de la igualdad oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo"; Que, el Articulo 8º de la Ley en mencion, establece los principios rectores de la politica y gestion regional, los cuales se rigen, entre otros, por los principios de: "Inclusion: promover la inclusion economica, social, politica y cultural de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado... Estas acciones buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razon de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion". "Equidad: Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestion regional. La gestion regional promociona, sin discriminacion, igual acceso a las oportunidades y la identificacion de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial por la gestion regional"; Que, el Articulo 5º de la Convencion sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer - CEDAW, hace alusion a la necesidad de tomar medidas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras de alcanzar la eliminacion de los prejuicios, practicas consuetudinarias y de cualquier otra indole que esten basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres; Que, el Articulo 6º MORDAZA a) de la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de violencia, incluye entre otros el derecho a ser libre de toda forma discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones esteriotipados de comportamiento de practicas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinacion; Que, el articulo 43º de la Carta MORDAZA de la OEA plantea como tema prioritario la proteccion de las mujeres contra la discriminacion, tanto en la esfera publica como la privada, con miras a garantizar sus derechos humanos y de manera particular los derechos a la MORDAZA, la integridad y la seguridad personal, la MORDAZA personal, la participacion politica, el trabajo, la salud y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, la seguridad social, la vivienda, adecuada, la educacion, la propiedad y la participacion la MORDAZA economica de la sociedad y el acceso a recursos legales y administrativo frente a la violacion de sus derechos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2006MIMDES se aprueba el Plan Nacional de Igualdades de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 - 2010, cuyo objetivo es promover el desarrollo del MORDAZA mediante la participacion equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de genero mediante acciones afirmativas en la salud, educacion, empleo, participacion politica, en un MORDAZA de respeto por los derechos humanos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, articulo 12º MORDAZA g) se senala que corresponde al MIMDES velar por el cumplimiento de la normatividad nacional e internacional que protege los derechos de la mujer; Que, en ocasion de celebrarse el 8 de marzo el Dia Internacional de la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especificas en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones a favor de la igualdad entre mujeres y varones, en el MORDAZA de los derechos humanos que la Constitucion del Peru confiere. Que, de conformidad con lo dispuesto con los literales c, f y g del articulo 60º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades: "formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisa, y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la violencia politica, familiar y sexual; promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades", "formalizar y ejecutar politicas orientadas a la ejecucion en el ambito de su jurisdiccion"; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 29ºA, Inc 2. de la Ley Nº 27867 son funciones especificas de la Gerencia de Desarrollo Social de los Gobiernos Regionales "ejercer las funciones especificas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, recreacion, deportes, salud, vivienda, trabajo, promocion del empleo, pequena y microempresa, poblacion, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades"; Que, de conformidad con los Articulos 15º, inciso a) y 39º de la Ley MORDAZA referida, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA en Sesion de fecha 1 de marzo de 2007 y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales: EN CONSECUENCIA El Consejo Regional de San MORDAZA, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el 8 de marzo de todos los anos, como el Dia de la Mujer en la Region San Martin. Articulo Segundo.- El Comite Coordinador del Consejo Regional de la Mujer, MORDAZA, MORDAZA, Adolescente y Adulto Mayor constituira una Comision encargada de la conmemoracion oficial en toda la Region de lo establecido en el Articulo Primero. Articulo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San MORDAZA es la encargada de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- Los Gobiernos Locales en el MORDAZA de sus funciones y competencias, implementaran la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Quinto.- AUTORIZAR, a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San Martin. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 32871-5

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