Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2008 (06/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 100

384710

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2008

Accion Ambiental de San MORDAZA de Miraflores, los objetivos especificos de la gestion ambiental del distrito y, en particular, los objetivos priorizados de conformidad con lo senalado en el articulo anterior. Asimismo, aprobara en la medida que sea necesario, los dispositivos legales pertinentes para adecuar las normas ambientales de los organos de gobierno nacional, regional o provincial, a las necesidades y particularidades de San MORDAZA de Miraflores. TITULO IV DE LAS OBLIGACIONES AMBIENTALES Articulo 21° De la conservacion del patrimonio natural, socioeconomico y cultural Es obligacion de toda persona natural y juridica, residente, visitante, turista o transeunte en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, la conservacion del patrimonio natural, socioeconomico y cultural del distrito, asi como el respeto de los simbolos que los representan y el cumplimiento de las normas nacionales, regionales y locales de gestion ambiental, bajo responsabilidad legal. Esta prohibida la realizacion de todo acto o accion que afecte: a) La salud de las personas que residen o desarrollan sus actividades en el distrito de San MORDAZA de Miraflores. b) La limpieza publica de las calles del distrito y, en particular de las playas y las zonas marino-costeras. c) El patrimonio arqueologico localizado en el distrito. d) El ornato publico. e) La tranquilidad publica. f) Las areas verdes del distrito. g) Esta prohibido, ademas, el MORDAZA vehicular de transporte publico y particulares pesados o livianos en vias u horarios no autorizados de acuerdo a la legislacion local y la zonificacion de la ciudad. h) Toda accion que pueda generar impactos negativos en el entorno del distrito, como la ejecucion de obras publicas o privadas que al no contar con los requerimientos tecnicos minimos afecte la sostenibilidad ambiental del distrito, de los predios alrededor y de la vecindad en general. Articulo 22°. Declaracion de interes publico Se declara de interes publico en todo el distrito de San MORDAZA de Miraflores la promocion de la proteccion, preservacion y mejora del ambiente en el distrito, todo ello a fin de mejorar la calidad de MORDAZA de los residentes y visitantes de esta comuna. La proteccion o afectacion de estos bienes de interes publico local puede justificar el otorgamiento de incentivos municipales o la imposicion de sanciones agravadas, respectivamente. Articulo 23°. De las actividades ambientalmente sensibles Son actividades ambientalmente sensibles aquellas que afectan significativamente el desarrollo sostenible del distrito, por lo que al declararlas como tales mediante ordenanza, la municipalidad se obliga a priorizar las acciones normativas y de gestion que MORDAZA necesarias para prevenir, mitigar y/o corregir los impactos ambientales negativos que MORDAZA susceptibles de generar: - Contaminacion acustica (ruidos nocivos), - Mala disposicion y quema de residuos, - Contaminacion del aire. El articulo no se limita a las actividades mencionadas, siendo posible considerar otras actividades con las caracteristicas mencionadas en el presente articulo. TITULO V DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL Articulo 24°. De los instrumentos de planificacion En el diseno y revision de los planes municipales de desarrollo y ordenamiento de las actividades que se realizan en su jurisdiccion, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores considerara los lineamientos de politica, objetivos, metas, estrategias y mandatos establecidos en

la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, en la presente ordenanza, en el Plan de Accion Ambiental Local de San MORDAZA de Miraflores y todo otro instrumento de gestion ambiental vigente, aplicable a la localidad. Articulo 25°. Del Plan de Accion Ambiental Local El Plan de Accion Ambiental de San MORDAZA de Miraflores es elaborado por la Municipalidad en conjunto con la Comision Ambiental Municipal y la sociedad civil teniendo en cuenta lo establecido en las guias de Sistema Local de Gestion Ambiental (SLGA) del CONAM (hoy Ministerio del Ambiente). Sera presentado por el presidente de la CAM ante el Concejo Distrital, para su aprobacion previa consulta ciudadana, mediante ordenanza distrital. Articulo 26°. De las normas municipales Toda MORDAZA municipal de gestion ambiental, sera sometida a un MORDAZA de participacion ciudadana, a traves de su prepublicacion en el Diario El Peruano y la pagina web de la municipalidad o de su colocacion a disposicion del publico interesado en el local municipal, a fin de recibir aportes de la ciudadania durante un plazo no menor de 30 dias calendario. En el dictamen de todo proyecto de ordenanza de gestion ambiental, debe incluirse obligatoriamente una resena de la opinion tecnica del Comite Ejecutivo de Gestion Ambiental Municipal de Gestion Ambiental Municipal, de las observaciones, comentarios y recomendaciones recibidos durante el MORDAZA de consulta publica y de los fundamentos que condujeron a su aceptacion o desestimacion. Articulo 27°. De la participacion ciudadana La gestion ambiental local de San MORDAZA de Miraflores es concertada y participativa. La poblacion tiene derecho a participar en el MORDAZA de toma de decisiones y la gestion ambiental a traves de: a) La participacion en forma individual o colectiva en la Comision Ambiental Municipal y los espacios de concertacion ambiental que esta comision crea conveniente crear. b) La consulta ciudadana a traves de los medios previstos en la presente ordenanza y otras formas de consulta, incluyendo las modalidades de consulta establecidas en la Ley N° 26300. c) El control y la fiscalizacion ciudadana, a traves de los medios que disponga la municipalidad. d) La iniciativa en la MORDAZA de propuestas para su consideracion ante la CAM y/o ante el Comite Ejecutivo de Gestion Ambiental Municipal de Gestion Ambiental Municipal. e) El aporte de trabajo comunal en las obras, actividades, campanas y demas acciones publicas. f) La denuncia de las infracciones de caracter ambiental. Articulo 28°. Del informe ambiental El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores presentara anualmente a la ciudadania un informe sobre la situacion ambiental del distrito que incluira una evaluacion del cumplimiento del Plan de Accion Ambiental de San MORDAZA de Miraflores de las acciones de la CAM y, en general, de las iniciativas y acciones de gestion ambiental que hayan sido desarrolladas durante el periodo del informe. Articulo 29°. Campanas de educacion y sensibilizacion ambiental La Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores realizara campanas periodicas de educacion y sensibilizacion ambiental, a fin de difundir el Plan de Accion Ambiental de San MORDAZA de Miraflores (dando continuidad a las iniciativas previas), las normas municipales de gestion ambiental y otras iniciativas en las que la participacion activa de la ciudadania sea necesaria. Con el mismo proposito, la municipalidad promovera y brindara facilidades para que la Comision Ambiental Municipal y otras instancias vinculadas a la gestion ambiental local desarrollen acciones de educacion ambiental y campanas de sensibilizacion a todo nivel. De modo ilustrativo, pero no limitativo, las acciones de educacion y sensibilizacion ambiental podran incluir lo siguiente: a) Campanas publicitarias a traves de los medios de comunicacion masiva (radio, television, revistas, Internet),

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.