Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2008 (06/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2008

programa de control zoosanitario bajo supervision oficial y cumplen con las normas nacionales establecidas para este MORDAZA de planteles SPF. 5. La granja o granjas de donde proceden los huevos, y estos son libres de los siguientes agentes patogenos: - ADENOVIRUS AVIAR GRUPO I (Celo, Tipos 3, 4 y 7) - ADENOVIRUS AVIAR GRUPO II (Enteritis Hemorragica) - ADENOVIRUS AVIAR GRUPO III (Adenovirus 127) - NEFRITIS AVIAR - PARAMIXOVIRUS AVIAR MORDAZA 2 - ANEMIA INFECCIOSA AVIAR - BRONQUITIS INFECCIOSA: Mass y Conn, Arkansas, JMK - ENFERMEDAD INFECCIOSA DE LA BURSA (Enfermedad de Gumboro) - ENFERMEDAD DE MORDAZA SEROTIPOS 1, 2 y 3 - HAEMOPHILUS PARAGALLINARUM (Avibacterium paragallinarum) - INFLUENZA AVIAR MORDAZA A - LARINGOTRAQUEITIS INFECCIOSA - Mycoplasma gallisepticum - Mycoplasma synoviae - REOVIRUS AVIAR - ROTAVIRUS AVIAR - TUBERCULOSIS AVIAR - Salmonella gallinarum - Salmonella pullorum - VIRUELA AVIAR - ENCEFALOMIELITIS AVIAR - ENFERMEDAD DE NEWCASTLE - LEUCOSIS LINFOIDE GRUPOS A, B, C, D, E - RETICULOENDOTELIOSIS - RINOTRAQUEITIS AVIAR - Salmonella enteritidis 6. Los huevos fueron acondicionados en MORDAZA y embalajes nuevos que exhiben claramente identificacion de granja de origen, numero de huevos y fecha de empaque, y presentan el sello oficial respectivo. 7. Los contenedores o vehiculos de transporte fueron lavados y desinfectados utilizando productos autorizados por Estados Unidos y fueron precintados de forma que solo puedan ser retirados por la Autoridad Competente del Peru. ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN LOS ESTADOS UNIDOS A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS MORDAZA DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA, SIN LUGAR A RECLAMO.

287739-1

Aprueban MORDAZA formato del "Informe de Inspeccion y Verificacion / Autorizacion de Plaguicidas e Insumos Veterinarios (IIV/APIV)", asi como su manual de uso
RESOLUCION JEFATURAL Nº 392-2008-AG-SENASA
La MORDAZA, 4 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria SENASA; Que, el Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-

AG, regula el ingreso al MORDAZA de productos reglamentados con el cumplimiento de requisitos fito o zoosanitarios especificos. Asimismo, el internamiento de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal se realizara a traves de los puntos de ingreso autorizados por el SENASA; Que, mediante el Reglamento de Cuarentena Vegetal aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, se senala como documento de autorizacion para el ingreso y MORDAZA internacional de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, el Informe de Inspeccion y Verificacion (IIV); Que, de otro lado, el Reglamento Zoosanitario de Importacion y Exportacion de Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal aprobado por el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG establece como documento autorizante para el ingreso y MORDAZA internacional de animales, productos y subproductos de origen animal al Certificado Zoosanitario de Internamiento y a la Autorizacion Zoosanitaria de MORDAZA Internacional; Que, conforme al Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, la Autorizacion de Importacion de Plaguicidas Registrados es el documento autorizante para el ingreso de plaguicidas de uso agricola; Que, mediante la MORDAZA que complementa el procedimiento para el Internamiento de productos veterinarios y alimento para animales, aprobados por Resolucion Directoral Nº 4692007-AG-SENASA-DIAIA, se establece como documento autorizante al Informe de Inspeccion y Verificacion; Que, en este sentido, se entendera por "Informe de Inspeccion y Verificacion" al "Certificado Zoosanitario de Internamiento, y a la Autorizacion Zoosanitaria de MORDAZA Internacional" consignado en el Decreto Supremo Nº 0512000-AG documento autorizante para el ingreso y MORDAZA internacional de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, asimismo, se entendera por "Autorizacion de Importacion de Plaguicidas e Insumos Veterinarios" a los documentos "Autorizacion de Importacion de Plaguicidas Registrados", como documento autorizante para el ingreso y MORDAZA internacional de plaguicidas de uso agricola; Que, conforme a la Resolucion Jefatural Nº 2072008-AG-SENASA se aprueba el formato "Informe de Inspeccion y Verificacion/ Autorizacion de Plaguicidas e Insumos Veterinarios (IIV/APIV)" como documento unico autorizante de ingreso y MORDAZA internacional de todas las mercancias restringidas por el SENASA; se considera necesario el contar con el instructivo que indique el uso del IIV en el procedimiento de importacion; Que, con la finalidad de simplificar los procesos que viene desarrollando en el SENASA, se ve la necesidad de contar con formatos unificados para las areas de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal; De conformidad con lo dispuesto el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visto MORDAZA de los Directores Generales de Sanidad Vegetal, Sanidad Animal, Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, Planificacion y Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar el MORDAZA formato del "Informe de Inspeccion y Verificacion/ Autorizacion de Plaguicidas e Insumos Veterinarios (IIV/APIV)", como documento unico autorizante de ingreso y MORDAZA internacional de todas las mercancias restringidas por el SENASA. Articulo 2º.- Aprobar el manual de uso del "Informe de Inspeccion y Verificacion/ Autorizacion de Plaguicidas e Insumos Veterinarios (IIV/APIV)". Articulo 3º.- Aprobar los formatos unificados en el procedimiento de Importacion para plantas, productos vegetales, otros articulos reglamentados, animales y productos de origen animal Articulo 4º.- El formato del IIV/APIV es de utilizacion inmediata en los Puestos de Control que cuenten con este Sistema Informatico del SENASA. En aquellos Puntos de Ingreso que aun no se MORDAZA implementado el sistema, este documento sera emitido en forma manual a partir de enero del 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria

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