Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2008 (06/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
Entidades DISTRITOS INGEMMET MEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL Total a Distribuir US$ 941,006.37 249,901.49 62,475.37 Deducciones S/. US$ S/. 0.00 -11,875.71 0.00 0.00 -4,240.00 0.00 0.00 -1,060.00 0.00 0.00 0.00

384683
Neto a Distribuir US$ 929,130.66 245,661.49 61,415.37 S/. 0.00 0.00 0.00

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago de derecho de vigencia y penalidad de derechos mineros, asi como por derecho de vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de octubre de 2008
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 111-2008-INGEMMET/PCD
MORDAZA, 28 de noviembre del 2008 Visto; el Informe Nº 052-2008-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 28 de noviembre del 2008, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos efectuados en el ano 2008 por Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros durante el mes de octubre, conforme el referido Decreto legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de Diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero; Que, en atencion a lo informado por la Direccion de Derecho de Vigencia y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, se determina que por el mes de Octubre del 2008, el monto total a distribuir es de US $ 1´254,675.16 (Un Millon Doscientos Cincuenta y Cuatro Mil Seiscientos Setenta y Cinco y 16/100 Dolares Americanos), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 17,175.71 (Diecisiete Mil Ciento Setenta y Cinco y 71/100 Dolares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US $ 1´237,499.45 (Un Millon Doscientos Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve y 45/100 Dolares Americanos); De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos efectuados en el ano 2008 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de Octubre, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:

1,291.93 0.00

1,291.93 0.00

1´254,675.16 0.00 -17,175.71 0.00 1´237,499.45 0.00

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo INGEMMET

ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD
De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM y lo senalado en el literal "a" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Octubre del 2008, a las Municipalidades Distritales es el siguiente:
DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/CONDORCANQUI EL CENEPA ANCASH/ASUNCION CHACAS ANCASH/BOLOGNESI MORDAZA RAYMONDI CAJACAY HUAYLLACAYAN LA MORDAZA MANGAS PACLLON SAN MORDAZA DE CORPANQUI ANCASH/CARLOS MORDAZA MORDAZA YAUYA ANCASH/CORONGO CUSCA ANCASH/HUARAZ COLCABAMBA HUANCHAY PAMPAS ANCASH/HUARI ANRA CAJAY MORDAZA ANCASH/HUARMEY CULEBRAS HUARMEY ANCASH/HUAYLAS CARAZ MORDAZA HUAYLAS PAMPAROMAS PUEBLO LIBRE MORDAZA MORDAZA ANCASH/MARISCAL LUZURIAGA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0.00 750.00 S/. US$

0.00

32,939.91

0.00

727.47

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

300.00 300.00 300.00 450.00 450.00 450.00 1,350.00

0.00

4,500.00

0.00

337.50

0.00 0.00 0.00

1,800.00 450.00 1,800.00

0.00 0.00 0.00

450.00 225.00 2,250.00

0.00 0.00

337.50 9,187.50

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

450.00 225.00 337.50 450.00 637.50 337.50

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.