Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2008 (06/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Decimo Primero: Que, con relacion a la conducta dentro del periodo de evaluacion, de los documentos que conforman el expediente del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion instaurado al magistrado se establece: a) Que, no registra antecedentes policiales, judiciales y penales; b) De acuerdo al reporte recibido de la OCMA que fluye a fojas 784, dos multas y tres apercibimientos y de acuerdo al registro remitido por ODICMA ­ MORDAZA de fecha 18 de MORDAZA de 2008 que corre a fojas 639, no registra medidas disciplinarias; c) Que, por Oficio N° 1196-2008-PM-FSUPR.CI de fecha 26 de junio de 2008, registra once (11) denuncias las que han sido declaradas infundadas y archivadas; d) Que, en el periodo de evaluacion reporta treinta y ocho (38) quejas que han sido archivadas en mayoria quedando dos (02) pendientes de resolver; e) Que, en el presente MORDAZA, el evaluado registra en su contra nueve (9) denuncias via participacion ciudadana y que han sido explicadas en su entrevista personal, asi tambien registra quince (15) cartas o documentos que expresan su apoyo y respaldo e indican sus cualidades como magistrado y persona; f) Que, en calidad de demandante el evaluado registra un MORDAZA de ejecucion contra el Poder Judicial y que al ser preguntado en su entrevista personal, manifesto que se trata de un MORDAZA laboral para el reconocimiento de su compensacion por tiempo de servicios y que a la fecha tiene sentencia favorable; asi tambien en calidad de demandado, segun informe recibido a traves del Oficio Nro. 6168-2008SG-CS-PJ del 31 de MORDAZA de 2008, emitido por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, registra una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta; g) segun declaracion jurada, no ha sido sancionado por responsabilidad civil, penal y administrativa; y, h) Que, con relacion a su asistencia y puntualidad en el desarrollo de sus labores jurisdiccionales, el evaluado no registra tardanzas y ausencias sin aviso o inmotivadas, registrando licencias por capacitacion, comision de servicios y vacaciones que en el periodo de evaluacion hacen un total de noventa y nueve (99) dias. Decimo Segundo: Dado que el MORDAZA de evaluacion y ratificacion es un MORDAZA publico, la critica ciudadana a la funcion publica es un elemento fundamental en el fortalecimiento de las instituciones de la democracia participativa, en ese sentido, la sociedad civil, asi como las entidades representativas reconocidas por la Constitucion Politica, coadyuvan a la evaluacion de la conducta e idoneidad de los magistrados; por ello, debe considerarse, entre otras informaciones aquellas proporcionadas por los Colegios de Abogados del pais; siendo asi, resulta pertinente evaluar con ponderacion la informacion recibida por el Colegio de Abogados de MORDAZA que fluye de fojas 858 a 884, tal es asi que en el Referendum de fecha 22 de agosto de 1997, ante la pregunta: ¿que magistrados considera usted estan capacitados para ejercer la funcion jurisdiccional? Por el si, obtuvo 42% de votos y por el no, obtuvo el 58% de votos; en el Referendum del 14 de noviembre de 1998, ante la pregunta: ¿que magistrados considera usted estan capacitados para ejercer la funcion jurisdiccional?, obtuvo por el si: 44.5% y por el no: 42.5%; en el Referendum del 21 de octubre de 2002, ante la pregunta ¿que jueces y/o fiscales no deben continuar ejerciendo el cargo?, obtuvo como resultado un puntaje de 29 de todo lo cual puede establecerse que el doctor MORDAZA MORDAZA tiene una aceptacion regular en el gremio de abogados de la region, aspecto que, este Colegiado, analiza la manera integral con los demas criterios de evaluacion. Decimo Tercero: Que, con respecto a su patrimonio, se tiene que cumple con presentar sus declaraciones juradas en las que declara sus bienes dentro de los que comprende tres (03) automoviles y tres (03) inmuebles asi como sus ingresos y la de su conyuge; segun informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos ­ MORDAZA Registral IX Sede MORDAZA, registra a su nombre tres vehiculos con placas de rodaje N° MY 14084, CGB 338 y AY 2608 de acuerdo a la boleta informativa de fojas 892 y tambien reporta a su nombre, el inmueble inscrito en la Partida Registral N° 41104007 del Registro de Predios de MORDAZA y de acuerdo a sus declaraciones juradas dos inmuebles ubicados en la MORDAZA de Iquitos. De ello, el Colegiado deduce que no se evidencia desbalance patrimonial. No registra participacion en personas juridicas. Registra ser socio del Club de Leones de San MORDAZA MORDAZA de Iquitos desde el ano 1990. No reporta antecedentes negativos en la Camara de Comercio de MORDAZA e Infocorp, sin embargo reporta algunas deudas por las cuales se le pregunto en la entrevista personal, contestando a satisfaccion del Colegiado, las mismas que ademas viene honrando. Tampoco registra informacion negativa en el Registro de Deudores Alimentarios ­ REDAM, ni en la Superintendencia de Banca y Seguros, Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y el Servicio de Administracion Tributaria (SAT).

Decimo Cuarto: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que cuente con capacidad para realizar adecuadamente su labor como Juez acorde con la trascendente mision de impartir justicia; en tal sentido, en lo que respecta a su produccion jurisdiccional obra a fojas 518 de autos, el cuadro que reporta que en el ano 1999, las causas ingresadas fueron 990 y resueltas 300, obteniendo como porcentaje de causas resueltas el 30.30%; en el ano 2000, las causas ingresadas fueron 1,103 y resueltas 316, cuyo porcentaje de causas resueltas es de 28.65%; en el ano 2001, la causas ingresadas fueron 1567 y resueltas 223, siendo el porcentaje de 14.23%; cabe anotar que los porcentajes senalados solo estan referidos al magistrado objeto de la presente evaluacion, en tanto que el restante corresponde a sus colegas de Sala; de otro lado, durante el ano 2001, fue designado Presidente del MORDAZA Electoral de Maynas y en el ano 2002, ingresaron 1280 causas y se resolvieron 382, cuyo porcentaje de causas resueltas es de 29.84%. Preguntado en su entrevista personal con respecto a su produccion jurisdiccional, manifesto que por esos anos solo habia una Sala Penal y atendiendo a la poblacion de la MORDAZA de Iquitos que es de aproximadamente quinientos mil habitantes la carga procesal era muy alta. Es necesario indicar que como consecuencia del incendio de la Corte Superior de MORDAZA el 24 de octubre de 1998, solo se registran datos a partir de 1999. Mediante Oficio N° 1162-2008-PJ/CSJLO-P del 11 de MORDAZA de 2008, emitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se adjunta el Informe N° 015-2008-2SP/RMCRF en el que se detalla que al doctor MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Vocal Titular de la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, recibio desde el 29 de octubre de 2007 hasta el 04 de MORDAZA de 2008, un total de 124 expedientes, devolviendo 123 expedientes resueltos, quedando pendientes solo un (01) expediente, de todo lo cual se infiere que la produccion del magistrado sujeto a evaluacion ha sido sostenida en los periodos informados. Decimo Quinto: Que, respecto a la calidad de las resoluciones, el evaluado presento quince (15) resoluciones, siendo admitidas nueve (09) de las cuales siete (07) han sido remitidas al especialista, de las cuales cinco (05) han sido calificadas como buenas y dos (02) como deficientes, sin embargo es de anotar que en el curso de la entrevista publica formulo los descargos con respecto a las observaciones formuladas por el especialista y demostro solvencia. Decimo Sexto: Que, respecto a su capacitacion se ha podido establecer que el doctor MORDAZA MORDAZA, durante el periodo de evaluacion, viene realizando estudios de Maestria con mencion en Ciencias Penales y acredita haber asistido a mas de 40 eventos academicos como participante, asi tambien, en condicion de ponente participo en 10 certamenes y como panelista u organizador en otros 9 eventos. Asi mismo, ha participado en 14 cursos en la Academia de la Magistratura, obteniendo calificaciones en los siguientes cursos: "Detencion Judicial" con nota 16, "Razonamiento Juridico" con la nota 14 y "Temas de Derecho Penal" con nota 13.40. Se deja MORDAZA que ha publicado tres (03) articulos los que por encontrarse fuera del periodo de evaluacion, no han sido objeto de evaluacion. Tiene conocimientos en computacion. En consecuencia obtiene una calificacion de aceptable en capacitacion y estudios de post grado y de MORDAZA en la participacion de cursos en calidad de asistente, ponente y panelista u organizador. En cuanto a sus calificaciones en la AMAG estan son consideradas como aceptables. Decimo Setimo: Que, abona a favor del magistrado el ejercicio de la docencia universitaria, conforme a la certificacion de fojas 88 y 1730 expedido por la Universidad Particular de Iquitos, que remite el Informe N° 002-2008-UPI. OP de fecha 15 de agosto de 2008, emitido por la Jefatura de la Oficina de Personal de dicha universidad, en la que refiere que durante los semestres academicos 1996-II, 1997­I, II y III, 1998-I y II, 1999­I y II, 2000-I y II, 2001-II, 2002-I y 2003-II, ha dictado los cursos de Derecho Penal I, II y III indistintamente en los diferentes semestres no reportando las horas dictadas con respecto a estos anos. Del mes de octubre de 2007 a la fecha, reporta: 2007-II, 7 horas semanales; 2008 I, 7 horas semanales; 2008 ­ CE: 5 horas semanales y 2008 II, 7 horas semanales, en el dictado de los cursos Derecho Penal I y Deontologia Profesional, lo cual abona en su favor, puesto que dicho ejercicio de la docencia lo viene cumpliendo dentro del MORDAZA permitido por el articulo 184° numeral 8 de la Ley Organica del Poder Judicial.

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