Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2008 (17/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2008

Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 27 de octubre del 2008, dia siguiente del vencimiento de la Resolucion Directoral N° 1612004-MTC/12, modificada por Resolucion Directoral Nº 010-2005-MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 057-2005MTC/12, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Servicio de Transporte Aereo Regular de carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - DC-8. - DC-10. RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS MORDAZA DEL AIRE: DE Y DERECHOS CUARTA

especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este Articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4°.- ARROW AIR, INC., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5°.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de ARROW AIR INC.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana.

TERCERA Y

- MORDAZA Y/O MIAMI - IQUITOS Y/O MORDAZA Y VV., hasta doce (12) frecuencias semanales. - LOS MORDAZA Y/O NEW MORDAZA - IQUITOS Y/O MORDAZA Y VV., hasta cuatro (04) frecuencias semanales. CON DERECHOS MORDAZA DEL AIRE: DE TRAFICO DE MORDAZA

Los vuelos sobre estas rutas especificadas podran ser operados hacia y desde puntos intermedios y/o mas alla como siguen: - MORDAZA DE PANAMA (PANAMA) Y/O BOGOTA Y/O CALI Y/O MEDELLIN Y/O BARRANQUILLA Y/O CARTAGENA (COLOMBIA) Y/O CARACAS Y/O MARACAIBO Y/O MORDAZA (VENEZUELA) Y/O MORDAZA Y/O GUAYAQUIL Y/O MANTA (ECUADOR) Y/O SAN MORDAZA (COSTA RICA) Y/O SAN MORDAZA (PUERTO RICO), Y/O RIO DE JANEIRO Y/O SAO MORDAZA Y/O MANAUS Y/O CURITIBA Y/O FORTALEZA Y/O PORTO BELHO (BRASIL) Y/O MORDAZA Y/O MORDAZA DEL ESTE (PARAGUAY) Y/O MONTEVIDEO Y/O PUNTA DEL ESTE (URUGUAY) Y/O LA PAZ Y/O SUCRE Y/O MORDAZA MORDAZA (BOLIVIA) Y/O MORDAZA DE MORDAZA Y/O PUNTA MORDAZA Y/O IQUIQUE Y/O MORDAZA (CHILE) Y/O BUENOS AIRES (ARGENTINA) Y/O MANAGUA (NICARAGUA) Y/O SAN MORDAZA DE SULA (HONDURAS) Y/O GUADALAJARA (MEXICO) Y/O MORDAZA (CUBA) Y/O MORDAZA MORDAZA Y/O PUERTO PLATA (REPUBLICA DOMINICANA) Y/O BARBADOS (BARBADOS) Y/O BAHAMAS (BAHAMAS) Y/O PUERTO ESPANA (TRINIDAD Y TOBAGO) Y/O GUATEMALA (GUATEMALA) Y/O EL MORDAZA (EL SALVADOR) Y/O GEORGETOWM (GUYANA) Y/O PARAMARIBO (SURINAM) Y VV. PUDIENDO OPERAR DICHOS PUNTOS ACUERDO A REQUERIMIENTOS DE TRAFICO. Hasta dieciseis (16) frecuencias semanales. BASE y SUB BASE DE OPERACION: - Aeropuerto Internacional de Miami, Estados Unidos de America. Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a ARROW AIR, INC., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- En relacion al Peru, en los casos que ARROW AIR, INC, realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, DE

Articulo 6°.- ARROW AIR, INC., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7°.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9°.- ARROW AIR, INC. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- ARROW AIR, INC. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11°.- ARROW AIR, INC. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a ARROW AIR, INC., queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 264167-1

VIVIENDA
Designan representante del Ministerio ante la Comision de Adjudicacion de Tierras del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes
RESOLUCION MINISTERIAL N° 652-2008-VIVIENDA MORDAZA, 16 de octubre de 2008

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