Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2008 (17/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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los distintos segmentos socioeconomicos, priorizando aquellos .proyectos de vivienda dirigidos a la poblacion de menores recursos economicos. Que, mediante Resolucion Ministerial N° 054-2002VIVIENDA se crea el programa "Techo Propio" a fin de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los sectores populares a una vivienda MORDAZA y mediante la Ley N° 27829 se crea el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios con criterio de utilidad publica, sin cargo, de restitucion por parte de estos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor. Que, el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, posee areas con diferentes niveles de consolidacion MORDAZA, con la existencia de una gran cantidad de viviendas que requieren mejorar su calidad habitacional y cuentan con la capacidad estructural y arquitectonica que les permita crecer verticalmente, conjuntamente con las zonas perifericas donde se ubican las poblaciones de menores recursos economicos, donde se encuentran los potenciales beneficiarios del mencionado programa habitacional, para lo cual el MORDAZA de consolidacion MORDAZA es lento e informal, por lo que es necesario establecer algunos mecanismos administrativos de gestion, agiles y asequibles que promuevan formalmente el inicio de la construccion y el mejoramiento de la vivienda existente, con el apoyo del Programa Techo Propio y su posterior inscripcion en Registros Publicos. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion de actas, se aprobo la siguiente: ORDENANZA PARA LA EXONERACION DE MULTAS Y AMPLIACION DE AREAS DE OBRA MENOR PARA EDIFICACIONES VINCULADAS AL PROGRAMA TECHO PROPIO EN SUS MODALIDADES MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Y CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO Articulo 1°.- Establecer la exoneracion de multas y ampliacion de areas de obra menor para edificaciones vinculadas al Programa TECHO PROPIO en sus modalidades de Mejoramiento de Vivienda y Construccion en Sitio Propio para la jurisdiccion de San MORDAZA de Lurigancho, a fin de promover la construccion formal de viviendas, con la intervencion de la Municipalidad como agente promotor de los mecanismos tecnicos-financiero existentes y el Programa Techo Propio como facilitador en el MORDAZA de postulacion al MORDAZA Familiar Habitacional - BHF. El programa estara principalmente orientado a la promocion de la organizacion de la demanda, generacion de ahorro y asistencia tecnica en el desarrollo de proyectos de Adquisicion de Vivienda Nueva, Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Articulo 2°.- La participacion al Programa es de caracter individual (cada Grupo Familiar) en todo MORDAZA, el mismo que incluye la fase de inscripcion, calificacion tecnica y ejecucion de obras. Articulo 3°.- ALCANCES Podran acogerse a este programa los contribuyentes propietarios de vivienda y los predios baldios e inmuebles que cumplan con los requisitos establecidos para el otorgamiento del BHF y para el programa Techo Propio respectivamente que hayan sido calificados favorablemente por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 4°.- La operatividad del Programa se sustenta en la participacion de profesionales afines al sector vivienda, constituidos en Entidades Tecnicas y Promotores, quienes seran los responsables de verificar el saneamiento fisico legal de los predios e inmuebles asi como del desarrollo de Expedientes Tecnicos y de la ejecucion de obras, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26850, Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.

Asimismo, se faculta, de considerarlo, a la instancia municipal a suscribir convenios con las notarias de la jurisdiccion, los colegios profesionales y la SUNARP a fin de facilitar los tramites que el MORDAZA de la legislacion permita. Articulo 5°.- Para el desarrollo de la presente Ordenanza, la Municipalidad realizara las siguientes acciones: 1. Identificar las potenciales areas de intervencion. 2. Crear y mantener el Registro de Unidades de Vivienda a intervenir. 3. Difundir el Programa. 4. Generar la normatividad complementaria para facilitar la implementacion del Programa. 5. Crear mecanismos de gestion agil y asequible para facilitar el MORDAZA de formalizacion de las Unidades de Vivienda a intervenir. 6. Emitir los certificados, licencias de obras, autorizaciones, conformidad de obras y similares. 7. Formar equipos tecnicos para la evaluacion de las Unidades de Vivienda a intervenir y para la difusion del programa. 8. Facilitar el acceso a MORDAZA de financiamiento de los postulantes en el MORDAZA de elaboracion de expedientes tecnicos de obra, a traves de la firma de convenios con entidades' financieras o cooperativas locales. Articulo 6°.- DE LAS TASAS Aprobar para el caso de Construccion de Sitio Propia (CSP) y Mejoramiento de Vivienda (MV), una reduccion de tasas por los procedimientos a realizarse, hasta el monto unico de S/. 75.00. Nuevos Soles, dicho pago incluira las siguientes tasas, ya sea el caso de CSP y MV: o Para el producto "MEJORAMIENTO DE VIVIENDA" con obras de remodelacion, refaccion y ampliacion. 1. Declaracion Jurada del Impuesto Predial. 2. Licencia de Obra Menor para Remodelacion, Ampliacion, Modificacion, Reparacion o Puesta en Valor y Regularizacion de las obras existentes. 3. Certificado de Finalizacion de Obra. 4. Declaratoria de Fabrica. 5. Actualizacion Post Obras de la Declaracion del Impuesto Predial. o Para el producto "CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO" 1. Declaracion Jurada del Impuesto Predial. 2. Licencia de Obra Menor. 3. Certificado de Finalizacion de Obra. 4. Declaratoria de Fabrica. 5. Actualizacion Post Obras de la Declaracion del Impuesto Predial. En ambos procedimientos se debera solicitar previamente el Certificado de Parametros Urbanisticos, el mismo que se reducira a un costo por derecho de tramite de S/. 20.00 Nuevos Soles. Articulo 7º.- REQUISITOS POR PROYECTOS Los requisitos para la construccion de los modulos que se ejecuten bajo los lineamientos del Programa Techo Propio, para sus productos "Mejoramiento de Vivienda"MV y "Construccion en Sitio Propio" - CSP y promovidos en el MORDAZA de la presente Ordenanza, son los siguientes: o Para el producto "MEJORAMIENTO DE VIVIENDA" con obras de remodelacion, refaccion y ampliacion. Requisitos: 1. Hoja de Tramite y Formulario FOM llenados y firmados por el arquitecto y el propietario. 2. Titulo de Propiedad y/o MORDAZA literal de dominio actualizada que indique areas linderos y medidas perimetricas. 3. Certificado de parametros urbanisticos y edificatorios (original). 4. Plano de Ubicacion y Localizacion reglamentario con cuadro de areas, datos normativos a escala 1/500.

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