Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2008 (17/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2008

- 02 personas en la Facultad de Medicina Veterinaria. - 01 persona en Colegio Real. 5. El personal debera estar debidamente capacitado y uniformado con la siguiente vestimenta: - Camisaco manga larga. - Pantalon. - Polo. - Zapatillas. - Gorro. - Mascarillas. - Guantes. 6. El personal debera estar equipado con lo siguiente: - Escoba de paja, MORDAZA baja policia, tamano grande. - Recogedor de metal. - Carrito recogedor de basura. - Rastrillo. - Bolsas plasticas de color negro. 7. Los residuos solidos proveniente del barrido y limpieza de las calles, pasadizos veredas y vias de acceso de las instalaciones se depositaran en carritos provistos de recipientes metalicos o plasticos con capacidad de 100 litros o mas; dentro de los cuales se colocaran bolsas plasticas con la misma capacidad, las cuales una vez llenas deben ser cerradas y depositadas en los contenedores o cilindros. 8. La empresa prestara servicios de contingencias respecto a labores de barrido y limpieza durante y despues de eventos o actividades de la Universidad. 264947-1

de fecha 09.10.2008 y de conformidad con la Ley Nº 23733 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad y Resolucion R. Nº 2443-2006-UNFV; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Rectificar el Articulo Primero de la Resolucion R. N° 7514-2008-UNFV, de fecha 03.10.2008, en el extremo de la fecha de inicio del periodo de exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de los Servicios de Vigilancia y Seguridad, conforme al siguiente detalle: DICE: DEBE DECIR: ...a partir de las 19:00 horas del 01 de octubre del ano 2008... ...a partir de la fecha de suscripcion del respectivo contrato...

Articulo Segundo.- Disponer que la Secretaria General de la Universidad tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision. Articulo Tercero.Encargar a la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares, remita MORDAZA de la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como su publicacion en forma electronica a traves del SEACE. Articulo Cuarto.- El Vice Rector Administrativo, asi como el Jefe de la Oficina Central de Logistica, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA VELASCO VALDERAS Secretaria General 265058-1

Rectifican articulo de la Res. N° 75142008-UNFV, en extremo referido a fecha de inicio de periodo de exoneracion de MORDAZA de seleccion para contratar servicios de vigilancia y seguridad para la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 7522-2008-UNFV San MORDAZA, 9 de octubre de 2008 Visto el Oficio N° 529-2008-OSG-OCLSA-UNFV, de fecha 09.10.2008 del Jefe de la Oficina central de Logistica y Servicios Auxiliares, mediante el cual solicita la rectificacion de la Resolucion R. N° 7514-2008-UNFV, de fecha 03.10.2008; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 201°, numeral 201.1, de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: "los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision"; Que, mediante Resolucion R. N° 7514-2008-UNFV, de fecha 03.10.2008, en su articulo primero, se dispuso exonerar a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA el MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de los Servicios de Vigilancia y Seguridad por un valor referencial de S/. 1 709 304,00 (un millon setecientos nueve mil trescientos cuatro con 00/100 Nuevos Soles) por el periodo de cuatro (04) meses, a partir de las 19:00 horas del 01 de octubre del ano 2008...; Que, por error material, en la citada resolucion se ha consignado como fecha de inicio del periodo cuya exoneracion se autoriza, a partir de las 19:00 horas del 01 de octubre del ano 2008, debiendo ser lo correcto, a partir de la fecha de suscripcion del respectivo contrato, error que es necesario rectificar conforme a lo solicitado; En merito a lo dispuesto por el Vice Rector Administrativo en Proveido N° 12253-2008-VRAD-UNFV,

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 092-2008-INDECOPI/COD Mediante Carta Nº 289-2008/GEG-INDECOPI, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 092-2008-INDECOPI/ COD, publicada en nuestra edicion del dia 9 de octubre de 2008. En el Articulo Segundo: DICE: Oficina Regional de MORDAZA (...) Sr. MORDAZA Galdos MORDAZA DEBE DECIR: (...) Sr. MORDAZA Galdos Gamero 265079-1

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